Normativa
Ley 9/1998, de 22 de diciembre, de cooperativas de Aragón
Artículo 92. Principios generales.

Redacción válida hasta 30-08-14, según Ley 2/2014.
Para la defensa y promoción de sus intereses propios, las cooperativas podrán asociarse libre y voluntariamente en uniones, federaciones y confederaciones de cooperativas, sin perjuicio de poder acogerse a cualquier otra fórmula asociativa, de acuerdo con la legislación general reguladora del derecho de asociación.
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