Artículo 32. Forma de la convocatoria.
1. La convocatoria de la Asamblea general tendrá que hacerse mediante un anuncio destacado en el domicilio social y en cada uno de los centros de trabajo, así como mediante carta enviada al domicilio del socio o por otro medio que garantice su recepción, con una antelación mínima de quince días y máxima de sesenta a la fecha de celebración. Los Estatutos sociales podrán prever que la convocatoria se difunda, además, por otros medios de comunicación. 2. La convocatoria ha de expresar con claridad el orden del día con los asuntos a tratar, el lugar, el día y la hora de la reunión, en primera y segunda convocatorias, entre las cuales deberá transcurrir como mínimo media hora. Además, la convocatoria deberá hacer constar la relación completa de información o documentación que se acompaña, de acuerdo con esta Ley. En el supuesto en que la documentación se encuentre depositada en el domicilio social, se indicará el régimen de consultas de la misma, que comprenderá el período desde la publicación de la convocatoria hasta la celebración de la Asamblea. 3. El orden del día será fijado por el Consejo Rector, pero éste quedará obligado a incluir los temas solicitados por el 10 por 100 o por 50 socios, en escrito dirigido al Consejo Rector previamente a la convocatoria o dentro de los cuatro días siguientes a su publicación. En el segundo caso, el Consejo Rector tendrá que hacer público el nuevo orden del día con una antelación mínima de siete días a la celebración de la Asamblea, en la misma forma exigida para la convocatoria y sin modificar las demás circunstancias de ésta. 4. En el orden del día se incluirá necesariamente un punto que permita a los socios hacer sugerencias y preguntas al Consejo Rector. 5. Cuando se anuncie la modificación de los Estatutos sociales, la convocatoria cumplirá lo previsto para ese supuesto especial por esta Ley.Equivalencia Normativa
Art. 24 Ley 27/1999 LGC. Forma y contenido de la convocatoria.Siguiente: Artículo 33. Ley 4/1999, de 30 de marzo, de Cooperativas de Madrid
Queda terminantemente prohibida la reproducción total o parcial de los contenidos ofrecidos a través de este medio, salvo autorización expresa de RCR. Así mismo, queda prohibida toda reproducción a los efectos del artículo 32.1, párrafo segundo, Ley 23/2006 de la Propiedad intelectual.