Normativa
Ley 9/1998, de 22 de diciembre, de cooperativas de Aragón
Artículo 26. Concepto.

Redacción válida hasta 30-08-14, según Ley 2/2014.
La Asamblea general, constituida por los socios debidamente reunidos, es el órgano supremo deliberante y de expresión de la voluntad social. Sus acuerdos, siempre que se hayan adoptado con arreglo a lo establecido en las leyes y en los Estatutos, serán obligatorios para la totalidad de los socios, incluso los disidentes y los que no hayan participado en ella.
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