Normativa
Ley 4/1993, de 24 de junio, de cooperativas del País Vasco
Artículo 120. Cooperativas de seguros.
Redacción valida hasta la entrada en vigor de la Ley 11/2019, del 20 de Diciembre, de Cooperativas de Euskadi.
1. Son Cooperativas de seguros las que tienen por objeto el ejercicio de la actividad aseguradora en cualquiera de sus ramas, pudiendo organizarse y funcionar como entidades a prima fija, a prima variable o de trabajo asociado.
2. Estas Cooperativas, en cuanto entidades aseguradoras, se regirán por la normativa ordenadora del seguro privado que tenga carácter básico, y por la regulación de desarrollo que apruebe la Comunidad Autónoma del País Vasco, teniendo la presente Ley carácter supletorio.
Equivalencia Normativa
Art. 101 Ley 27/1999 LGC. De las cooperativas de seguros. Normativa aplicable.
Art. 124 Ley 11/2019 Cooperativas de Euskadi.
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