Asiento de venta de valores representativos de deuda de empresas asociadas mantenidos para negociar

Asiento de venta de valores representativos de deuda de empresas asociadas mantenidos para negociar

DebeHaber
XXXBancos e instituciones de crédito c/c vista, euros (572)
Valores repesentativos de deuda a largo plazo de empresas asociadas (2414)XXX

Notas sobre la Valoración de Títulos a "Matenidos para Negociar".


    En primer lugar comentar, que de acuerdo con la Norma de Valoración 8ª del Pyme, se considera que un ACTIVO FINANCIERO se posee para negociar cuando:
  1. Se origine o adquiera con el propósito de venderlo en el corto plazo (por ejemplo, valores representativos de deuda, cualquiera que sea su plazo de vencimiento, o instrumentos de patrimonio, cotizados, que se adquieren para venderlos en el corto plazo).

  2. Forme parte de una cartera de instrumentos financieros identificados y gestionados conjuntamente de la que existan evidencias de actuaciones recientes para obtener ganancias en el corto plazo.

  3. Sea un instrumento financiero derivado, siempre que no sea un contrato de garantía financiera ni haya sido designado como instrumento de cobertura (la propia norma de valoración del PGCPymes establece lo que se entiende por contrato de garantía financiera).
    El importe a imputar en la cuenta de activos presentada vendrá dado, de acuerdo a la norma de valoración mencionada, por:
  1. VALORACIÓN INICIAL. Los activos financieros mantenidos para negociar se valorarán inicialmente por su valor razonable, que, salvo evidencia en contrario, será el precio de la transacción, que equivaldrá al valor razonable de la contraprestación entregada. Los costes de transacción que les sean directamente atribuibles se reconocerán en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio. Tratándose de instrumentos de patrimonio formará parte de la valoración inicial el importe de los derechos preferentes de suscripción y similares que, en su caso, se hubiesen adquirido.

  2. VALORACIONES POSTERIORES. Los activos financieros mantenidos para negociar se valorarán por su valor razonable, sin deducir los costes de transacción en que se pudiera incurrir en su enajenación.
    
Los cambios que se produzcan en el valor razonable se imputarán en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio.


    Estos Valores de renta fija son inversiones a largo plazo (con vencimiento superior a un año) en obligaciones, bonos y otros valores de renta fija, emitidos por empresas asociadas. Si bien el asiento de venta o amortización se desarrolla de acuerdo al presentado anteriormente, lo lógico es, una vez conocido que se va a realizar la amortización (o venta) de los valores, en el ejercicio precedente a aquel en el que se vaya a producir la misma (amortización o venta), reclasificar dichos valores y corto plazo y finalmente venderlos; de la forma:

XXXValores representativos de deuda C/P de empresas asociadas (5314)
Valores representativos de deuda L/P de empresas asociadas (2414) XXX

  • Una vez realizado la venta y el consecuente cobro (con pérdidas y beneficios)

XXXBancos c/c (572)
Valores representativos de deuda C/P de empresas asociadas (5314) XXX


ANEXOS
2414572

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