Asiento de suscripción o formalización de créditos a largo plazo con empresas del grupo

Asiento de suscripción o formalización de créditos a largo plazo con empresas del grupo

DebeHaber
XXXCréditos a largo plazo a empresas del grupo (2423)
Bancos e instituciones de crédito c/c vista, euros (572)XXX

Notas sobre la Valoración de Créditos Mantenidos para Negociar.


    En primer lugar comentar, que de acuerdo con la Norma de Valoración 8ª del Pyme, se considera que un ACTIVO FINANCIERO (préstamo o crédito comercial o no, valor representativo de deuda, instrumento de patrimonio o derivado) se posee para negociar cuando:
  1. Se origine o adquiera con el propósito de venderlo en el corto plazo.

  2. Sea un instrumento financiero derivado, siempre que no sea un contrato de garantía financiera ni haya sido designado como instrumento de cobertura.
    La propia norma de valoración del PGCPyme establece lo que se entiende por contrato de garantía financiera.

    El importe a imputar en la cuenta de activos presentada vendrá dado, de acuerdo a la norma de valoración mencionada, por:
  1. VALORACIÓN INICIAL. Los activos financieros mantenidos para negociar se valorarán inicialmente por el coste, que equivaldrá al valor razonable de la contraprestación entregada. Los costes de transacción que les sean directamente atribuibles se reconocerán en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio.

  2. VALORACIONES POSTERIORES. Los activos financieros mantenidos para negociar se valorarán por su valor razonable, sin deducir los costes de transacción en que se pudiera incurrir en su enajenación. Los cambios que se produzcan en el valor razonable se imputarán en la cuenta de pérdidas y ganancias del ejercicio.
    También puede visionar otro ejemplo relacionado con la concesión de un crédito en el cual el deudor es declarado en concurso de acreedores. En estos casos, la Consulta nº 1 del BOICAC nº 90 expresa que "la empresa continuará reconociendo los intereses, hasta que se llegue a una solución de convenio o se declare la apertura de la fase de liquidación, y en su caso, contabilizará el oportuno deterioro".

    También le resultará muy interesante conocer que información habremos de incluir obligatoriamente en la memoria al respecto de este tipo de activos financieros.


Notas sobre la Formalización de Créditos. Empresas Asociadas.


    El asiento presentado nos muestra la formalización de un contrato de préstamo de nuestra empresa a otra empresa de nuestro mismo grupo empresarial. Concretamente, la cuenta Créditos a largo plazo a empresas grupo (2423) recoge el importe de las inversiones a largo plazo en préstamos y otros créditos no comerciales, incluidos los derivados de enajenaciones de inmovilizado, estén o no formalizados mediante efectos de giro, concedidos a empresas del grupo, con vencimiento superior a un año. Esta cuenta figurará en el Activo del Balance de Situación.
  • Si recibimos unos intereses explícitos con un vencimiento inferior al año, contabilizaremos:

XXXIntereses C/P de créditos a empresas del grupo (5343)
XXXHacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta (473)
Ingresos de créditos a L/P a empresas del grupo (7620) XXX


    Estos intereses se encuentran sometidos a una retención en origen del 19 % ya que no proceden de títulos de Deuda Pública (la cual no se encuentra sujeta a retención). La obligación de retener nacerá en el momento en que los rendimientos sujetos a retención resulten exigibles por el perceptor.
  • Cuando definitivamente nos paguen contabilizaremos:

XXXBancos (572)
Intereses C/P de créditos a empresas del grupo (5343) XXX


ANEXOS
5722423

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