Dinámica de la obligación de cotizar en el Régimen General de la Seguridad Social

DINÁMICA DE LA OBLIGACIÓN DE COTIZAR EN REGIMEN GENERAL.


Nacimiento.


    De acuerdo con el artículo 12 del Real Decreto 2064/1995, de 22 de Diciembre, por el que se aprueba el reglamento general sobre cotización y liquidación de otros derechos de la seguridad social, la obligación de cotizar nace desde el mismo momento en que comienza la prestación del trabajo, incluido el período de prueba.

    La mera solicitud de afiliación o alta ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social surte idéntico efecto; ahora bien, la no presentación de la solicitud de afiliación/alta no impedirá el nacimiento de la obligación de cotizar desde el momento en que concurran los requisitos que determinen su inclusión en el Régimen que corresponda.

Duración.


    También regulada en el artículo 144 del TRLGSS, la obligación de cotizar se mantendrá por todo el período en que el trabajador esté en alta en el Régimen General o preste sus servicios, aunque estos revistan carácter discontinuo.

    La obligación de cotizar continuará en las situaciones de:

  1. Incapacidad Temporal.

  2. Riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural.

  3. Descanso por maternidad y paternidad.

  4. Cumplimiento de deberes de carácter público.

  5. Desempeño de cargos de representación sindical (siempre que no den lugar a excedencia en el trabajo o al cese en la actividad).

  6. Permisos y licencias que no den lugar a excedencias en el trabajo.

  7. Convenios Especiales.

  8. Desempleo contributivo.

  9. Desempleo asistencial, en su caso.

  10. En los supuestos establecidos en las normas reguladoras de cada Régimen.


    Es de reseñar que en las bajas fuera de plazo, la obligación de cotizar se mantiene hasta el día en que la Tesorería tenga conocimiento del cese efectivo en el trabajo, salvo que los interesados prueben que dicho cese se produjo con anterioridad.

Suspensión.


     La obligación de cotizar se suspende durante las siguientes situaciones:

  1. Huelga legal o cierre patronal.

  2. Privación de libertad.

  3. Servicio militar.

  4. Invalidez provisional.

  5. Excedencia.

  6. Suspensión de empleo y sueldo por motivos disciplinarios.

  7. Suspensión del contrato por fuerza mayor.

Extinción.


    La obligación de cotizar únicamente se extingue por la finalización de la relación laboral y la comunicación de la baja a la Tesorería. Estableciéndose para ello un plazo de tres días naturales desde el momento en que se produce el cese en la prestación de servicios.

    Si se extingue la relación laboral pero no se comunica a la Tesorería, la obligación de cotizar permanece. Y corresponderá a los interesados probar, por cualquiera de los medios establecidos en derecho, el momento en que se produjo el cese de la actividad.

    Si el trabajador continúa prestando sus servicios, la mera comunicación de la baja no exime de la obligación de cotizar.

    La obligación de cotizar también se extingue por prescripción, transcurrido un plazo de 4 años contados a partir desde el momento en que debieron ser ingresadas las cuotas, y se interrumpe, además de por las causas ordinarias, por cualquier actuación administrativa realizada con conocimiento formal del responsable del pago conducente a la liquidación o recaudación de la cuota, o por cualquier actuación del obligado al pago en este sentido.

Legislación



Art. 16 RDL. 8/2015 TRLGSS. Afiliación, Altas, Bajas, Variaciones.
Art. 18 RDL. 8/2015 TRLGSS. Obligatoriedad.
Art. 24 RDL. 8/2015 TRLGSS. Prescripción.
Art. 144 RDL. 8/2015 TRLGSS. Duración.
Art. 148 RDL. 8/2015 TRLGSS. Topes máximo y mínimo de la base de cotización.
Art. 9 RD 2064/1995 RGCL. Límites absolutos y relativos base de cotización.Pluriempleo y pluriactividad
Art. 12 RD 2064/1995 RGCL. Nacimiento.
Art. 13 RD 2064/1995 RGCL. Duración de la obligación de cotizar.
Art. 69 RD 2064/1995 RGCL. Permanencia en alta sin retribución, cumplimiento de deberes públicos, etc.
Orden Cotización

Jurisprudencia



Cotización

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