Boletín nº 44 del 2008.- 04/11/2008

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NOTICIAS

Gobierno ampliará plazo de cuentas ahorro-vivienda, pero desgravarán 4 años (+)

La inflación desciende hasta el 3,6%, la más baja en un año (+)

Trabajo exige cotizar más a empresas y empleados por parte de los salarios (+)

El Banco de España pide a la banca que no presuma de beneficios en plena crisis (+)

Los gestores creen que a final de año el euribor puede caer hasta el 4% (+)

El gasto por maternidad de enero a septiembre sumó 1.285 millones y el de paternidad, 156 (+)

El euríbor cierra octubre en el 5,258%, su cota más baja desde abril (+)

El miedo a la recesión subirá la tasa de ahorro familiar hasta el 14% del PIB (+)

Trabajo baraja impedir por ley las jubilaciones a los 48 años (+)

Horarios de trabajo a la carta (+)

Las empresas tendrán más ayuda si contratan a parados. (+)

'470.800 empresas ya han pedido aplazar su deuda tributaria' (+)

Los bancos se lanzan a la compra de inmuebles para evitar más mora (+)

Nueve de cada diez empresas en fase concursal morirán (+)

El Gobierno está dispuesto a que las empresas aplacen el pago de la Seguridad Social (+)

El Gobierno concederá a los parados una moratoria para el pago del 50% de su hipoteca (+)

 

 


COMENTARIOS

Nuevo PGC pymes. Ejemplo de contabilización de suvenciones de capital. Parte II: Inmovilizado deteriorado. (+)

Arrendamientos: El desahucio por falta de pago de la renta.(+)


JURISPRUDENCIA

Es delito contra la Hacienda Pública emitir facturas falsas para reducir el pago del Impuesto de Sociedades (+)

Condena a un Inspector de Trabajo por asesorar a empresas inspeccionadas. (+)


CONSULTAS TRIBUTARIAS

Calificación de un centro de enseñanza de contabilidad, análisis económico financiero, administración de empresas, etc. en el epígrafe 932.1 o bien 933.1. Diferencia entre un epígrafe y otro. (+)

Posibilidad de reducción del 40% de base imponible del IRPF por plan de pensiones recibido en forma de capital, cuando al mismo tiempo se realizan aportación compensatorias a cónyuge por sentencia judicial. (+)


ARTÍCULOS

Y ahora ¿dónde invierto mi dinero? (+)

7 expertos explican el actual infierno económico y bursátil (+)


NOVEDADES LEGISLATIVAS

Resolución de 20 de octubre de 2008, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, sobre obligaciones de información de las entidades aseguradoras que comercialicen Planes de Previsión Asegurados.
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Orden EHA/3064/2008, de 28 de octubre, por la que se modifican la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 26 de julio de 1989 por la que se desarrolla el ar-tículo 86 de la Ley del Mercado de Valores y la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 24 de septiembre de 1993, sobre fondos y sociedades de inversión inmobiliaria, al objeto de habilitar a la Comisión Nacional del Mercado de Valores para desarrollar determinados aspectos en el ámbito contable de entidades supervisadas y en el de cálculo de coeficientes y límites de las instituciones de inversión colectiva.
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Resolución de 6 de octubre de 2008, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se determina la estructura y contenido del resumen de las cuentas anuales de las Entidades Gestoras, Servicios Comunes y Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social y sus Centros Mancomunados, a efectos de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
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Corrección de errores y erratas del Real Decreto 1317/2008, de 24 de julio, por el que se aprueba el Plan de contabilidad de las entidades aseguradoras.
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Orden EHA/3118/2008, de 31 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto-ley 6/2008, de 10 de octubre, por el que se crea el Fondo para la Adquisición de Activos Financieros.
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Noticias

Gobierno ampliará plazo de cuentas ahorro-vivienda, pero desgravarán 4 años
invertia.com (28/10/2008)
El secretario de Estado de Hacienda, Carlos Ocaña, anunció hoy que el Gobierno ampliará el plazo de las cuentas ahorro-vivienda, pero mantendrá el derecho a deducción durante los primeros cuatro años, tal y como está ahora.
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La inflación desciende hasta el 3,6%, la más baja en un año
expansión.com (30/10/2008)
El fuerte descenso sel precio del crudo registrado en octubre ha provocado que la tasa de inflación interanual se reduzca un punto y se sitúe en el 3,6%, según el indicador adelantado del Índice de Precios de Consumo Armonizado (IPCA) difundido hoy por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Esta tasa del 3,6% es la más baja desde octubre de 2007, cuando el IPC armonizado alcanzó ese mismo valor.
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Trabajo exige cotizar más a empresas y empleados por parte de los salarios
expansion.com (30/10/2008)
Golpe a los complementos salariales en plena crisis económica. Mientras el paro y las quiebras se disparan y la recaudación del Estado empieza a caer, la Seguridad Social ha decidido reinterpretar la norma donde se recogen las exenciones de cotización de la empresa y de las cuantías que cobran los trabajadores como complemento de su sueldo.
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El Banco de España pide a la banca que no presuma de beneficios en plena crisis
elmundo.es (30/10/2008)
Recomienda a las entidades que presenten los resultados de forma realista. Reitera especialmente a las cajas que declaren menos ganacias.
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Los gestores creen que a final de año el euribor puede caer hasta el 4%
eleconomista.es (29/10/2008)
El euribor a doce meses volvió a dar un descanso ayer al mercado. El tipo al que se referencian tres de cada cuatro hipotecas se relajó hasta el 4,950%, dejando la media mensual en el 5,282%. Así, registra el mayor recorte continuado de su historia, tras caer en 14 sesiones consecutivas. Pero aún puede haber más, ya que los expertos creen que estos descensos continuarán hasta finales de año ante la previsible bajada de los tipos de interés oficiales.
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El gasto por maternidad de enero a septiembre sumó 1.285 millones y el de paternidad, 156
eleconomista.es EFE (30/10/2008)
La Seguridad Social dedicó más 1.285 millones de euros al pago de la prestación por maternidad de enero a septiembre pasado, lo que supone un 13,64 por ciento más que en el mismo periodo de 2007.
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El euríbor cierra octubre en el 5,258%, su cota más baja desde abril
cincodias.com (31/10/2008)
El euríbor, el indicador más utilizado para el cálculo de hipotecas, se situó hoy en el 4,865%, su nivel más bajo desde abril, con lo que rebajó la media mensual de octubre al 5,258%, una tasa que no se tocaba desde mayo pero que no impedirá que las hipotecas suscritas hace un año se encarezcan.
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El miedo a la recesión subirá la tasa de ahorro familiar hasta el 14% del PIB
expansion.com (31/10/2008)
Las familias reducirán su endeudamiento ante la crisis económica, lo que se traducirá en un incremento de la tasa de ahorro familiar en los próximos años. Éstas son algunas de las afirmaciones del último estudio de Funcas, titulado Ahorrar en tiempos de crisis.
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Trabajo baraja impedir por ley las jubilaciones a los 48 años
elpais.com (31/10/2008)
El ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho, anunció ayer que si el Gobierno no se puede oponer "legalmente" al expediente de regulación de empleo (ERE) presentado por Telefónica para los trabajadores mayores de 48 años, propondrá una reforma de la ley en la materia. Corbacho compareció ante la Comisión de Trabajo e Inmigración del Congreso de los Diputados para analizar los últimos datos de paro y afiliación a la Seguridad Social, y para informar de la evolución del diálogo social del Gobierno con los agentes sociales. Ante el rechazo del diputado de CiU Carles Campuzano al expediente de regulación diseñado por Telefónica, el ministro respondió que "no estoy de acuerdo en que a los 48 años se mande a la gente a la calle" en una empresa con "beneficios". "Si no podemos oponernos por la ley, este ministro propondrá una modificación de la ley" dijo.
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Horarios de trabajo a la carta
comfia.info (27/10/2008)
Casi un centenar de empresas ofrecen a sus trabajadores horarios laborales a elegir para que puedan conciliar su jornada laboral con las tareas familiares.
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Las empresas tendrán más ayuda si contratan a parados.
bosch-online.net (31/10/2008)
Los agentes sociales y el Gobierno comienzan a discutir este lunes un paquete de medidas concretas para atajar la sangría del desempleo. Se tiene la intención de anunciar estas iniciativas cuyo eje basculará en una reorganización de los incentivos a la contratación estable con el fin de que las empresas reciban más ayudas, incluso aportaciones directas, por cada parado que contraten, especialmente los más desprotegidos.
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'470.800 empresas ya han pedido aplazar su deuda tributaria'
cincodias.com (03/11/2008)
El máximo responsable de la Agencia Tributaria es consciente de que la actual crisis económica puede dificultar el pago de impuestos de las empresas y asegura que el fisco será sensible a los problemas de tesorería de las compañías.
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Los bancos se lanzan a la compra de inmuebles para evitar más mora
cincodias.com (03/11/2008)
Desde el principio de la crisis, la morosidad bancaria se ha triplicado. Para evitar que esta cifra se dispare aún más debido a los problemas de las empresas del ladrillo, las entidades se han lanzado a comprar activos inmobiliarios. Este año han gastado en inmuebles más de 3.500 millones de euros.
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Nueve de cada diez empresas en fase concursal morirán
expansion.com (03/11/2008)
Los 36 juzgados mercantiles se pelean ya con una avalancha de dos mil procesos concursales (las antiguas quiebras o suspensiones de pagos). La saturación condena a muerte a cerca del 95% de las empresas con problemas.
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El Gobierno está dispuesto a que las empresas aplacen el pago de la Seguridad Social
eleconomista.es (03/11/2008)
El ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho, ha afirmado que el Gobierno está "abierto" a que algunas empresas aplacen el pago de las cuotas de la Seguridad Social, si bien aclaró que "no un aplazamiento universal" ni "una moratoria, porque hay que garantizar el sistema de pensiones". El ministro ha adelantado que el dato de paro de mañana "no serán buenos"
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El Gobierno concederá a los parados una moratoria para el pago del 50% de su hipoteca
cincodias.com (03/11/2008)
El presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, anunció hoy que el Ejecutivo concederá una moratoria de hasta dos años para el pago del 50% de las cuotas hipotecarias en el caso de desempleados y autónomos inactivos con cargas familiares. Las medidas para reactivar el mercado laboral tendrán un coste aproximado de 170 millones de euros para 2009 y 2010.
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Artículos

Y ahora ¿dónde invierto mi dinero?

    La venta de cajas fuertes se ha disparado en EE UU en los últimos meses por la desconfianza de los inversores a los bancos. La misma reacción sucedió ya durante la Gran Depresión. Muchos ahorradores se preguntan qué hacer con su dinero. La respuesta no es sencilla. La crisis que viven los mercados tiene un hecho diferencial con otros momentos de turbulencias: casi ningún activo se salva de la quema. La renta variable acumula caídas del 45% en el año, los fondos de inversión y los planes de pensiones pierden de media un 4% y un 6%, respectivamente, el precio de los pisos cae, el mercado de renta fija está moribundo por la falta de liquidez y el temor a más suspensiones de pagos... Ante este panorama la única alternativa a la caja fuerte parece estar en la deuda pública, más por su seguridad que por su rentabilidad, y en los depósitos bancarios.

   DAVID FERNÁNDEZ (elpais.com)

Los asesores financieros consultados por EL PAÍS creen que a corto plazo la volatilidad seguirá siendo extrema por lo que aconsejan a aquellos inversores con un horizonte temporal no superior a los 12 meses y con un perfil conservador mantener la apuesta en los activos de bajo riesgo (Letras del Tesoro, fondos monetarios y depósitos). Si el ahorrador, sin embargo, no tiene una necesidad de liquidez inmediata y su sistema nervioso le permite diseñar una estrategia a largo plazo puede ser buen momento para confeccionar carteras con más riesgo.

"El pequeño inversor, antes de seleccionar un activo concreto, debe reflexionar sobre los motivos por los que acude al mercado", señala Enrique Borrajeros, director de Abante. En esta reflexión no conviene pensar en la rentabilidad que le gustaría obtener sino en la rentabilidad que necesita para cumplir sus objetivos vitales. "Si lo que necesita es un rendimiento que le compense la inflación no tiene por qué asumir riesgos y le basta con comprar deuda pública o un depósito. En cambio, si el inversor quiere que sus ahorros le renten por encima del 7% debe asumir mayor riesgo y ahí creemos que el momento actual ofrece una oportunidad histórica para comprar barato en Bolsa", añade Borrajeros.

En un momento de mercado tan complejo, con una recesión económica global a las puertas, la pregunta fundamental no es tanto dónde invertir sino cómo invertir. Fernando Luque, analista de Morningstar, da varios consejos a los inversores

. El primero de ellos es que actúen realmente a largo plazo. "Muchas personas dicen tener este propósito pero muy pocos lo cumplen". Diferentes estudios señalan que el tiempo medio de permanencia en renta variable es inferior a tres años. "Eso, por supuesto, no es largo plazo; para invertir en acciones hay que tener mínimo un horizonte de cinco años. Si no es así mejor olvidarse de la Bolsa", advierte Luque. Otro de sus consejos es que el inversor diversifique, que entre en distintos activos, tanto de renta variable como de renta fija. ¿Por qué? "Porque nadie sabe con certeza lo que ocurrirá mañana y porque es la mejor forma de protegerse de los vaivenes de los mercados". La tercera recomendación de Luque tiene que ver con la obligación de revisar la cartera de inversión de forma periódica. "Invertir a largo plazo no significa comprar y quedarse de brazos cruzados. Hay que adaptarse a las circunstancias del mercado y al paso del tiempo puesto que cuanto más se acerque el final del periodo de inversión que nos hemos marcado, menos riesgo habrá que asumir en las inversiones".

Partiendo de estas premisas generales las recomendaciones de inversión concretas para cada activo en función del contexto actual y, sobre todo, de las perspectivas para 2009, son las siguientes:

- RENTA VARIABLE

Si se mira de forma objetiva y con una perspectiva histórica es evidente que la Bolsa está barata. El problema es que el sentimiento del mercado se aproxima al pánico y no se puede descartar que las mismas acciones se puedan comprar más baratas dentro de unos meses. Una vez dicho esto, la opinión más extendida entre los analistas es que aunque la economía real empiece a sufrir las consecuencias de la crisis financiera en 2009, la Bolsa, como indicador adelantado, empezará a descontar un escenario si no de recuperación plena al menos de normalización financiera.

Desde este punto de vista, Alicia Jiménez, responsable del Departamento de Análisis de Self Trade, propone tres tipos de estrategias en renta variable.

La primera de ellas es a través de los fondos cotizados (ETF son sus siglas en inglés). Estos productos replican el comportamiento de un índice bursátil y al ser fondos de gestión pasiva sus comisiones son bajas. "Un ETF es el instrumento ideal para aquellos que vean oportunidades en Bolsa pero que todavía no se atrevan a comprar acciones de compañías concretas por temor a equivocarse", indica.

Otra alternativa es comprar títulos en aquellos sectores que han sido castigados excesivamente en los últimos meses. El problema aquí es que las estimaciones de beneficios de las empresas (el dato que se suele utilizar junto con la cotización para determinar si un valor está caro o barato) están desfasadas y tendrán que ser corregidas a la baja en muchos casos. "Conviene utilizar más el ratio que compara el precio con el valor teórico contable. De acuerdo con este indicador, aparte de la banca donde de momento quizás convenga mantenerse al margen, los sectores más atractivos son los medios de comunicación, consumo cíclico, telecomunicaciones y tecnología", apunta.

Otra estrategia de inversión que encaja en el contexto de incertidumbre actual es aquella que se basa en el dividendo de las empresas. El crash bursátil ha elevado la rentabilidad por dividendo de muchos valores. En el caso del Ibex hay 21 compañías cuyos títulos ofrecen un interés superior al 5%, según datos de la consultora Factset. Los valores más rentables son

Telecinco, BME, Criteria,

BBVA y Banco Santander (todos por encima del 8%).

El problema es que estas rentabilidades se basan en el supuesto de que las compañías mantengan su actual política de retribución en el futuro, lo que se antoja difícil en un contexto de recesión. "Cuando las compañías se tienen que apretar el cinturón el dividendo se resiente. Por lo tanto, aquellos inversores que busquen rentabilidades seguras deben valorar, además de las previsiones de dividendo, la fortaleza del balance de las compañías y su calificación crediticia", advierte Jiménez.

- RENTA FIJA

Los depósitos a plazo se mantienen como la alternativa más interesante para los ahorradores conservadores. Al atractivo interés de estos productos (las entidades siguen lanzando depósitos con réditos que superan en más de dos puntos el Euríbor) hay que añadir ahora su mayor seguridad.

El Gobierno español ha decidido elevar de 20.000 a 100.000 euros la garantía por cliente y entidad. Es decir, un ahorrador que disponga de varias cuentas en un único banco tendrá una protección de hasta 100.000 euros. Y en una cuenta con dos titulares, la cobertura de 100.000 euros será para cada uno de ellos. En el caso de las sucursales de entidades extranjeras que operan en España, se aplica la legislación del país de origen. El fondo de garantía holandés (del que dependen los clientes de ING) también ha elevado la protección hasta los 100.000 euros. Otros países como Irlanda, Alemania, Grecia, Dinamarca y Portugal han optado por garantizar el 100% de los depósitos.

En los últimos años la denominada guerra del pasivo se ha recrudecido para beneficio de los inversores. Las dificultades para captar financiación en el mercado interbancario y la necesidad de fortalecer sus balances han obligado a las entidades financieras a echar el resto en la oferta de depósitos para captar ahorro de sus clientes. Sin embargo, la subida de las rentabilidades de estos productos no es infinita. Los expertos aconsejan a aquellos inversores que quieran adquirir un depósito no demorarse mucho ya que el rédito que ofrecen podría empezar a perder atractivo en los próximos meses.

"En el corto plazo para un inversor con un perfil de riesgo medio el valor sigue estando en los depósitos. Sin embargo, en 2009 la situación podría cambiar. La tendencia en los tipos de interés es bajista. Además, las medidas adoptadas por los Gobiernos para inyectar liquidez al sistema han tenido como efecto una rápida caída del Euríbor. Si a medida que el indicador interbancario subía había que aumentar el interés de los depósitos, cuando el Euríbor cae lo lógico es esperar la misma tendencia en el interés que ofrecen los productos bancarios", comenta Daniel Suárez, de Analistas Financieros Internacionales (AFI).

Además de los depósitos, el otro claro ganador de la crisis ha sido la deuda pública, especialmente las Letras del Tesoro. El pésimo año que llevan la mayoría de los activos financieros y el miedo que surgió en torno a la seguridad de los depósitos han elevado la demanda de las emisiones del Estado. Los inversores están dispuestos a renunciar a la rentabilidad a cambio de preservar su capital. Este sentimiento de mercado ha sido aprovechado por el Gobierno que ha lanzado una campaña publicitaria para vender las excelencias de la deuda pública. El dinero que capta por esta vía le vendrá muy bien para, entre otras cosas, financiar el programa de ayuda a las entidades financieras aprobado recientemente.

En la última subasta de letras a 12 meses, celebrada el pasado 17 de octubre, se solicitaron 7.135 millones de euros y se adjudicaron 4.866 millones a un tipo de interés medio del 3,32% y a un marginal del 3,40%. La fuerte demanda ha hecho que la rentabilidad de las letras en la subasta inicial caiga de manera importante (en junio el marginal era del 4,67%) pero aun así al inversor le conviene acudir al mercado primario ya que en el secundario el interés de las letras a 12 meses es incluso inferior (por debajo del 3%).

El pequeño inversor que desee acudir a las subastas de deuda pública tiene varias alternativas. La primera es a través de Internet. El Tesoro permite suscribir valores y traspasarlos a través de su web. Otro canal es adquirir títulos a través de su intermediario financiero (banco, caja y sociedad o agencias de valores). Además, cualquier persona física o jurídica residente en España puede ser titular de una Cuenta Directa en el Banco de España. Bastará con adquirir una obligación, un bono o una letra. Cuando los particulares presenten sus peticiones de suscripción de deuda pública, deberán depositar con carácter previo como mínimo el 2% de su importe nominal en metálico o mediante cheque. Esta aportación servirá de garantía.

¿Y qué pasa con la deuda corporativa? La desconfianza que hay en el mercado a los balances de las compañías ha hecho que los bonos empresariales renten en muchos casos por encima del 10%. A pesar de este importante reclamo, los expertos recomiendan cautela. "En renta fija empresarial sólo aconsejaríamos comprar bonos de grupos de máxima solvencia. La deuda de alto rendimiento todavía presenta muchos riesgos en relación con el año que viene", argumenta Daniel Suárez.

FONDOS DE INVERSIÓN

El pésimo momento de la Bolsa y la competencia de los depósitos han hecho mella en la industria de la inversión colectiva. En lo que va de año los fondos españoles han sufrido reembolsos netos de 43.000 millones de euros y la pérdida de 1,5 millones de partícipes.

A pesar de estas cifras, los asesores financieros insisten en que los fondos constituyen uno de los instrumentos de inversión más adecuados para los minoritarios.

"Es el mejor vehículo tanto desde el punto de vista fiscal, ya que el traspaso de un fondo a otro no tributa, como de accesibilidad a los mercados porque la inversión en determinados activos sólo se puede realizar a través de fondos, así como de control de riesgo al ser productos diversificados", sostiene Fernando Luque.Entre las diferentes categorías de fondos de inversión los más conservadores son los monetarios por su liquidez y por su menor riesgo al invertir en deuda a muy corto plazo.

Eso sí, sus rentabilidades no son para tirar cohetes: en los últimos 12 meses la rentabilidad media de los fondos monetarios españoles se ha situado en el 2,79% frente a una inflación situada en el 4,5%.A la hora de contratar un fondo monetario (en España hay más de un centenar a la venta) los expertos aconsejan fijarse en dos aspectos. El dato más determinante es la comisión.

Estos fondos invierten en deuda a muy corto plazo (Letras del Tesoro y pagarés de empresas), que paga un cupón bajo pero a cambio el riesgo asumido por el inversor es menor. Ante esta combinación, una comisión de gestión elevada puede comerse buena parte de las ganancias del partícipe.

Por eso, los monetarios no suelen cobrar más allá del 1,5% del patrimonio.

"El inversor debe elegir fondos con bajas comisiones de gestión y depósito. A largo plazo estos gastos tienen un impacto importante sobre la rentabilidad de la inversión", señala el experto de Morningstar.Otro aspecto a tener en cuenta a la hora de contratar un monetario es su política de inversión.

Estos fondos tienen un riesgo bajo pero hay productos que asumen más riesgo que otros porque no sólo invierten en deuda pública sino también en emisiones corporativas. En este sentido, en las últimas semanas se han registrado en la CNMV, ante la fuerte demanda de los inversores, diferentes fondos monetarios y de renta fija a corto plazo que sólo invierten en deuda pública soberana con la más alta calificación crediticia.

Otra categoría de fondos que los expertos recomiendan en el contexto actual del mercado son los denominados fondepósitos. Éstos son fondos que invierten la mayor parte de su cartera en depósitos bancarios a corto plazo

. El resto se coloca en activos de renta fija o privada emitida en mercados autorizados.

Con objeto de reducir el riesgo, la exposición a los activos de la entidad emisora no puede exceder el 20% del total. Las rentabilidades de los fondepósitos no supera los intereses que dan los mejores depósitos a plazo del mercado.

A cambio tienen un mejor tratamiento fiscal (el traspaso de un fondo a otro no tributa) y sus comisiones son inferiores a la de los fondos monetarios. Desde que en 2005 la modificación del reglamento de instituciones de inversión colectiva dio luz verde a los fondos para invertir en una serie de productos hasta entonces vedados entre los que se encontraban los depósitos, la oferta de fondepósitos en el mercado ya supera la veintena.Por último, para aquellos inversores con menor aversión al riesgo, los expertos también aconsejan diversificar la cartera con fondos de rentabilidad absoluta. Estos productos intentan ganar con independencia de la evolución de los mercados. 

7 expertos explican el actual infierno económico y bursátil

Las bolsas siguen en desplome libre, las economías se resienten, los bancos acuden a los gobiernos para sortear sus problemas de liquidez y los estados aprueban nuevas medidas para sacar a sus ciudadanos de la debacle. ¿Cómo ha podido ocurrir un descalabro financiero de esta magnitud?, ¿por qué los bancos centrales no lo previnieron?, ¿cómo un problema “menor” como las hipotecas “subprime” pudo contaminar a todo el sistema?, ¿cómo se propagó?, ¿por qué siguen saliendo bancos con problemas si la crisis estalló en el verano del 2007?, ¿cómo y por qué se ha trasladado la crisis financiera a Europa?, ¿qué medidas que deberían acometerse para sanear el sistema y prevenir nuevas crisis de esta intensidad?, ¿son buenas las medidas del BCE, la Comisión Europea y los Estados para hacer frente a la crisis en Europa? y ¿con adecuadas las medidas de rescate del gobierno español?. Siete economistas de prestigio dan las claves que permiten entender lo esencial de este enredo, complejo y enrevesado.

  Fuente: Emprendedores (invertia.com)

Si alguien tenía dudas de que los mercados financieros se han hecho completamente globales, ahí está la actual crisis financiera para disiparlas. Que el impago de sus hipotecas por unos seis millones de inmigrantes y trabajadores temporales de EEUU haya podido llevar a escenas de pánico en el Reino Unido o Bélgica, con los depositantes haciendo cola en las oficinas de los bancos para sacar su dinero, resulta tan inédito que muchos aún no creen que pueda haber sucedido.

Ni siquiera los expertos más experimentados, que hace un año, cuando la crisis de las llamadas “subprime” estalló en los EEUU, aseguraban que el problema de esas hipotecas impagadas quedaría limitado aquel país, acertaron.

La debacle, que empezó recortando los beneficios de algunos bancos de inversión en EEUU y de otros tantos bancos comerciales en Europa, acabó por provocar un efecto dominó que arrastro a la quiebra, a la nacionalización y a la venta a precios de saldo a decenas de bancos de inversión, comerciales, hipotecarios así como mayoristas del mercado inmobiliario, gestoras de fondos y aseguradoras. Algunas de estas entidades tenían historias gloriosas, de más de un siglo. Habían resistido incluso a la Gran Depresión del 29.

La crisis ha destruido billones de euros en riqueza financiera e inmobiliaria y ha obligado a los dos bancos centrales más involucrados, la FED y el BCE, a inyectar en los mercados sumas superiores al billón de euros, con el fin de restablecer la confianza y el crédito, cuya falta amenaza con paralizar la economía real y la actividad de las empresas. Sin mayores resultados.

A finales de septiembre, una riada de quiebras, de los dos lados del Atlántico, provocaba el pánico y obligaba a los distintos gobiernos a sacar de sus bolsillos decenas de miles de millones de euros adicionales para salvar sus bancos, y aún más dinero (si fuera necesario) para garantizar los depósitos de particulares y empresas. Esto sin contar con el gigantesco plan de rescate de EEUU, que dedicará 700.000 millones. Los más optimistas creen que harán falta años para volver a la normalidad.

1. ¿Cómo pudo ocurrir un descalabro financiero de tal magnitud? ¿Por qué los bancos centrales no lo previnieron?

Roberto Tornabell Profesor de Finanzas / ESADE 

“El origen de todo está en la política de Alain Greenspan al frente de la FED (el Banco Central de EEUU). Este gobernador, puesto por Ronald Reagan, era partidario a ultranza del libre mercado y de regulaciones muy laxas. Entendía que había que quitarle trabas al sistema, para que pudiera funcionar ágilmente y financiar a la economía de forma rápida e ilimitada. De modo que ahí los bancos comerciales ni siquiera están obligados a hacer provisiones estrictas. También hizo una política monetaria muy expansiva, que forzó a la baja los tipos, lo que incentivo el endeudamiento y generó un exceso de liquidez.

En este ambiente de libertad total, las compañías hipotecarias (que no son bancos, pues no tienen depósitos sino que piden el dinero en los mercados) empezaron a conceder hipotecas a todo el mundo. No ya a gente con sueldos bajos, sino sin empleo, sin ahorros, y hasta con impagados. Lo hicieron porque los tipos estaban al 2%, los pagos eran bajos, la economía iba muy bien y la gente iba pagando. Era como una locura. Las daban en hoteles a gente de la que no sabían nada.

¿Por qué renunciaron a comprobar la solvencia de los compradores? Como sabían que todas esas hipotecas de baja calidad las iban a empaquetar (junto con otras miles), titulizar y vender como bonos a terceros, ¿Para que se iban a molestar? El problema, de venir, sería de los compradores; bancos, fondos…desde Salomón Brothers al Citi, UBS o el Crédit Suisse. Además, hubo como una explosión de codicia. A los ejecutivos de las compañías hipotecarias y bancos de inversión se les incentivaba a conceder hipotecas y vender bonos sobre ellas como fuera. Hasta les pagaban los incentivos sobre ganancias futuras con antelación.

El problema llegó cuando la economía de EEUU empezó a ir mal (a finales del 2006), los tipos a subir y el desempleo a aumentar. Los compradores fueron dejando de pagar la hipoteca. El tema se agravó con la caída del mercado inmobiliario, que provocó el hundimiento de los precios. En EEUU, a diferencia de España, los compradores no tienen que pagar toda la deuda hipotecaria. Si los precios bajan, van al banco y entregan las llaves de la vivienda. Según los precios iban cayendo, los compradores, por decenas de miles entregaban las llaves y dejaban de pagar. Era como una bola de nieve que se había convertido en un alud. De repente esos bonos no valían nada.

 

Todo esto porque el sistema era tan libre que la FED ni siquiera tenía supervisión sobre los bancos de inversión. Yo creo que esto se acaba. Pese a que a muchos allí no les gusta (le llaman socialismo financiero, con el Plan de Rescate aprobado por el Congreso se vuelve a una mayor regulación y a mayores controles. ¿Qué se podía haber hecho en Europa? Nada. Los bancos centrales europeos no sabían ni lo que estaba ocurriendo, ni la extensión del problema. Aún así, pienso que es incomprensible lo que le pasó a los bancos centrales de países como Suiza, Dinamarca o Alemania, que tienen bancos centrales muy estrictos y, sin embargo, no vieron el problema. Toleraron cosas que el Banco de España no permitió como las inversiones en CDO.

2. ¿Cómo un problema ‘menor’ como las ‘subprime’ pudo contaminar a todo el sistema? ¿Cómo se propagó? 

Natalia Aguirre Directora de Análisis / Renta4 

La propagación de la crisis de las “subprime” es fácil de entender. Todos esos millones de hipotecas empaquetadas y titulizadas, vendidas a los bancos y fondos, perdieron valor cuando se supo que la gente estaba dejando de pagarlas en masa, lo que ocurrió a finales del verano del 2007. Cuando se supo con certeza que esos paquetes eran altamente dudosos, los bancos que los habían adquirido no tuvieron más remedio que anunciar su exposición a esos productos y hacer las correspondientes provisiones por depreciación de activos. Esas depreciaciones van a pérdidas, y si son muy elevadas, se tragan los fondos propios del banco. Fue lo que ocurrió en la primera oleada de la crisis, en el otoño del año pasado, cuando varios bancos de inversión de EEUU y algunos bancos europeos anunciaron elevados números rojos por ese motivo.

Esas pérdidas empezaron a generar consecuencias inmediatas sobre la salud de los bancos afectados, principalmente los de inversión, que no tienen depósitos sino que dependen de los mercados mayoristas de crédito. Estas entidades se encontraron súbitamente descapitalizadas y ante la necesidad de recomponer sus balance. El problema es que los mercados de crédito, ante el aluvión de malas noticias empezaron a sospechar que podría haber más productos “tóxicos” en el seno de estas entidades. Y, lo que es peor, de las demás. Así empezó a cerrarse el mercado de crédito internacional (bonos, interbancario…) no solo a las entidades afectadas sino a todas.

El cierre del grifo empezó a dañar el funcionamiento diario de los bancos de inversión y de muchas otras entidades que necesitan ir a los mercados a financiarse. Fue el caso de las compañías hipotecarias británicas, lo que llevó a la temprana intervención del gobierno del Reino Unido en el Northern Rock, a principios de este año, debido a una corrida de los clientes a las sucursales del banco. Esta entidad no tenía exposición a las ‘subprime’ sino que se quedó sin liquidez para refinanciar su deuda.

Poco a poco, el tema se fue trasladando a otras entidades. Fue el caso de Fannie Mae y Freddie Mac, las dos grandes compradoras de hipotecas al por mayor (5,5 billones de dólares), que titulizaban y vendían y se vieron golpeadas, primero por la morosidad y la bajada de precios (que afectó sus resultados y activos) y luego por la falta de liquidez en el sistema, que les impedía financiarse. O de AIG, la mayor aseguradora del mundo, con centenares de miles de millones de hipotecas o bonos sobre hipotecas asegurados, aseguramiento que dejó de poder pagar debido al volumen de la catástrofe.

A resultas de esta escalada de sucesos, la desconfianza se instaló de tal modo que hizo imposible el funcionamiento de los mercados de crédito. Por eso a mi me parece bien el plan de rescate de EEUU. Si no se compran (se limpian) esos activos, que ahora son ilíquidos – porque siguen cayendo debido a que el precio de las casas sigue bajando, y la morosidad sigue aumentando –, el mercado de crédito seguirá cerrando y los precios de las casas, condición ‘sine cua non’ para resolver la crisis seguirán bajando. Para que suban es fundamental que se empiecen a conceder hipotecas otra vez. Y para eso tiene que reabrirse el crédito.  

3. ¿Por qué siguen saliendo bancos con problemas si la crisis estalló en el verano del 2007? 

Ángel Laborda Director de Coyuntura / Funcas

El que haya bancos que estén revelando ahora problemas – que aparentemente no tenían hace un año – no quiere decir que los hayan ocultado. Sino que la situación del mercado se ha degradado a tal punto que entidades que hace meses estaban en buena situación, ahora se han visto golpeadas. De seguir el tema sin solucionarse, es muy posible que bancos que ahora estén bien, puedan entrar en problemas graves en unos meses. Primero, porque no es fácil conocer exactamente el volumen de activos dudosos en tu balance. Muchas entidades compraron títulos – CDOs, Conduits.. -, que llevan dentro decenas o centenares de diferentes tipos de activos, hipotecas, pero también otras cosas, con niveles de riesgos muy diferentes. Al contrario de un banco que puede ir midiendo al día su morosidad y fallidos, en el caso de los productos empaquetados y titulizados, no hay un seguimiento diario de la evolución de los títulos que componen esos paquetes.

Pero, lo más importante es que, según la crisis ha ido avanzando, la morosidad ha ido subiendo, los precios de los activos han ido bajando (las casas, por ejemplo) y esos títulos han ido perdiendo valor. De modo que un titulo hace un año podía valer equis, ahora vale equis menos zeta. Y no sabemos cuanto exactamente porque, como muchas de estas emisiones han dejado de cotizarse, no hay forma de valorarlas.

¿Por qué ha pasado tanto tiempo, más de un año sin ponerle fin a todo esto? Pues, porque mucha gente pensaba que había que esperar a ver si el mercado se recuperaba. Pero la madeja no solo no se desenredó sino que se ha ido enredando más. Y el problema es que esta incertidumbre ha llevado a que todo el mundo perdiera la confianza. No olvidemos que el negocio financiero y bancario se basa en la confianza. Los bancos no solo perdieron la confianza en esos títulos sino, lo que es peor, han perdido la confianza en sus colegas. No saben cual es su exposición y si pueden quebrar. Y prefieren no prestarles ni un euro.

Lo cierto es que ahora hay más activos tóxicos que hace un año. Y esto porque se han deteriorado, cada vez valen menos. Además de los títulos inmobiliarios o hipotecarios, hay muchas emisiones de bonos realizadas por bancos de inversión. En cuanto Lehman Brothers se fue a pique, también sus bonos se fueron a pique. Es como un efecto dominó. Los mercados se quedan bloqueados.

La única solución, si es que hay alguna, para recuperar la confianza una de ellas es sin duda el plan de rescate aprobado por el Congreso de EEUU. Lo hecho hasta ahora, esas inyecciones de dinero, intervenciones, nacionalizaciones de bancos, está claro que no han aportado confianza. Al menos este plan es un intento serio de limpiar el sistema para que el mecanismo empiece de nuevo a funcionar. Además porque liquidez si hay. Lo único que está agazapada. En cuanto se restablezca la confianza, los mercados de crédito empezarán lenta y paulatinamente a funcionar. 

4. ¿Cómo y por qué se ha trasladado la crisis financiera a Europa?

Juan Carlos Martínez Lázaro Profesor de Economía Internacional /Instituto de Empresa  

La crisis financiera ha llegado a Europa en dos oleadas. Una primera, por exposición a las “subprime”, y una segunda por la falta de liquidez provocada por aquellas. Sobre el 2003 o 2004 los bancos y otras instituciones europeas como los fondos de pensiones o de inversiones empezaron a buscar oportunidades de inversión en EEUU. La economía europea estaba estancada, las bolsas estaban flojas y ahí se estaban ofreciendo vehículos financieros con rentabilidades muy superiores a las europeas. Y los adquirieron, además, porque esos activos tenían buenas calificaciones de ‘rating’.

Entonces los bancos e instituciones europeas empezaron a comprar activos subprime, pero también muchos otros que eran buenos, incluidas hipotecas “prime”. El problema es que los paquetes de activos titulizados preparados y vendidos por los bancos de inversión de EEUU llevaban mezclados activos buenos y malos. Los propios fondos ni se enteraban de lo que compraban. Como llevaban la calificación triple A los daban por buenos. Algunos bancos europeos que compraron buena parte de esos activos, entre ellos el francés BNP Paribas, el alemán Sachsen LB, o el suizo UBS, fueron las víctimas de la primera oleada, a lo largo del 2007, cuando se disparó la morosidad de las subprimes y se convirtieron en valores basura.

La segunda oleada de crisis bancarias se desató en Europa una vez que la crisis de las “subprime” generó la sequía de los mercados de crédito y se cortó la liquidez. El primero en verse golpeado por los problemas de liquidez fue el británico Northern Rock, a principios de año, que no tenía exposición a las subprime. Necesitaba refinanciar su deuda y fue pillado por sorpresa por la falta de crédito en el sistema. Hay que subrayar que los bancos hipotecarios británicos estaban especialmente expuestos a este tipo de problemas: no tienen depósitos y conceden crédito a largo plazo – 20 o 30 años -, dinero que luego tienen que financiar a corto. El agravamiento de la sequía en los mercados de crédito es lo que ha provocado la actual ola de problemas en la banca europea; Fortis, HBOS, Hypo…bancos que tampoco tienen exposición significativa a las “subprime”. Por lo que respecta a los bancos españoles, que no han tenido exposición a las “subprime”, si pueden tener problemas durante esta segunda oleada de la crisis, la provocada por la falta de liquidez.

5. ¿Puede la banca española verse afectada por la crisis, pese a que no tuvo exposición a las ‘subprime’? 

Gregorio Izquierdo Analista / Instituto de Estudios Económicos 

Lo primero que yo subrayaría es que a España, la crisis financiera le ha afectado menos. Al menos hasta ahora. Primero porque nuestras entidades apenas tuvieron exposición a las “subprime”. Además de que el Banco de España les impuso reglas muy estrictas, que hizo poco interesante invertir en ese tipo de productos o crear instrumentos como los CDO, los bancos tenían tanto negocio hipotecario en España que no les hizo falta salir fuera a invertir. Al contrario, su problema no era colocar el dinero que les sobraba, sino buscar dinero para financiar el mercado hipotecario.

Y esto es justamente lo que les puede provocar problemas, ante las actuales restricciones de los mercados de crédito. La banca española tiene una exposición excesiva al riesgo inmobiliario. Es la banca del mundo con más crédito al ladrillo, al menos proporcionalmente a sus activos. Debido al enorme crecimiento del mercado inmobiliario, nuestras entidades, al no tener un volumen de depósitos suficiente para ese volumen de crédito, tuvieron que pedir prestado en los mercados internacionales. Por eso tienen un gran desfase entre créditos y depósitos lo que incrementa sus necesidades de liquidez y su dependencia del mercado crediticio. Es una banca con un endeudamiento muy elevado y a plazos no muy largos, lo que la hace vulnerable a las actuales restricciones de crédito. Ello explica que los bancos españoles estén utilizando la liquidez que consiguen no tanto para conceder más crédito como para consolidar los que ya tienen, mejorar su balance en previsión de dificultades, tener mejores coberturas de riesgo. Además, porque la morosidad está aumentando.

¿Ventajas? Básicamente que nuestra banca sigue un modelo comercial que la ha alejado de las “aventuras” de la banca de inversión o con más propensión a invertir en activos financieros. No solo no tiene mucho negocio en banca de inversión sino que se dedican básicamente a captar depósitos a través de una red muy extensa. Esto le está permitiendo aliviar la crisis ya que ha aprovechado justamente la red para lanzar una campaña masiva de captación de depósitos y solventar así sus necesidades de liquidez, a lo que habría que añadir sus ventas de negocios y filiales o el recursos a la ventanilla de crédito del BCE. Por último, no está de más recordar otra ventaja de nuestra banca; el que tenga un ratio de solvencia elevado. En la fase alcista hicieron muchas provisiones. Además de las provisiones normales por fallidos, se han hecho provisiones preventivas – por lo que pudiera ocurrir – llamadas también anticíclicas. 

6. ¿Qué medidas deberían acometerse para sanear el sistema y prevenir nuevas crisis de esta intensidad?

Francisco Cabrillo Profesor de Economía y presidente del Consejo Económico y Social de Madrid  

Creo que las medidas que se han estado adoptando en Europa son menos contundentes que las que hay planteadas en EEUU. Y si no se toman medidas más serias podremos tener más problemas como los de Fortis o Hypo. Lo que está claro es que la línea de inyección de dinero del BCE no es suficiente para resolver un problema tan gordo. Además porque el problema es que la liquidez que está suministrando el BCE no llega a los mercados, el dinero no circula. Los bancos se lo guardan.

Un problema importante en la UE, a diferencia de EEUU, es que aquí la emisión y la supervisión están separadas. En EEUU, la FED tiene las competencias de emisión pero también las de supervisión e intervención en los bancos. En Europa no; el BCE solo tiene competencias de emisión y de política monetaria. Son los bancos centrales de cada estado los encargados de la supervisión y posible intervención en el sistema.¿Que significa esta diferencia? Que cualquier medida del tipo de las adoptadas en EEUU – a escala europea, como proponía Nicolas Sarkozy - resulta mucho más difícil de poner en marcha en Europa, como se está viendo. Son medidas que acaba pagando el contribuyente y si en EEUU hay un contribuyente nacional, ese espécimen no existe en Europa. De ahí las dificultades para consensuar un plan de rescate a escala europea, con el dinero de todos.

Si en Bélgica quiebra un banco, ¿Como se explica a un contribuyente alemán que debe poner su dinero para salvarlo? O viceversa. Esto, además de que los sistemas de regulación son diferentes. Unos bancos centrales han sido más cuidadosos que otros. Y saltan las recriminaciones. Esto sin contar con que, ahora mismo, con la Ley en la mano, si un Estado ayuda a un banco podría incluso incurrir en un problema de ayudas publicas irregulares. Muchos bancos europeos compiten ahora en toda la zona. Otro tema a solucionar es el de las agencias de “rating”: han hecho un papel lamentable. Hay que resolverlo porque son la base de la confianza de los inversores. Los tipos dependen del riesgo y la calidad de los activos y ello obliga a las agencias de “rating” a calificar adecuadamente. Si no, nadie puede fiarse. Ahora mismo, las sociedades de “rating” están muertas. No se puede explicar que estuvieran calificando las emisiones de Lehman Brothers hasta hace unos días antes a la quiebra con triple A. No veo como pueden volver a ganar credibilidad. No sirven para nada. Pero, sin “ratings” el mercado no puede levantarse.

También me parece bien una mayor disciplina y control sobre los bancos de inversión. De no ser por sus excesos es posible que el tema de las ‘subprime’ no se hubiese propagado de esta forma. Pienso que el hecho de que dos de estos bancos

- Goldman Sachs y Morgan Stanley – hayan decidido someterse a la disciplina de banca comercial de la FED – más estricta - , y que Lehman Brothers se haya vendido a Barclays y Merril Lynch a Bank of America aportará más disciplina a este tipo de entidades. Al menos, eso espero. - Goldman Sachs y Morgan Stanley – hayan decidido someterse a la disciplina de banca comercial de la FED – más estricta - , y que Lehman Brothers se haya vendido a Barclays y Merril Lynch a Bank of America aportará más disciplina a este tipo de entidades. Al menos, eso espero.  

7. ¿Qué opina de las medidas del BCE, la Comisión Europea y los Estados para hacer frente a la crisis en Europa? 

Xavier Freixas Catedrático de Economía Financiera / Universidad Pompeu Fabra  

En mi opinión las medidas puestas en marcha por el BCE son las únicas posibles. El BCE se ha adelantado a los acontecimientos, ya antes de la crisis había previsto un mecanismo de subastas de dinero (préstamos a los bancos) adicionales y la ampliación de los plazos de esos prestamos. Esas iniciativas han sido muy oportunas porque han limitado el impacto obre las entidades europeas.

De no haberlo hecho, hubiéramos tenidos problemas más graves en Europa Sobre las posibles políticas que puedan poner en marcha los Estados tengo más dudas. Por ejemplo, sobre las decisiones nacionalizadoras, como la del Northern Rock, ocurre que no tenemos en Europa un proceso rápido mediante el cual una entidad pueda ser vendida a otro grupo. El Northern Rock tuvo que ser intervenido por el Estado pese a que Richard Branson lo quería comprar. No lo pudo hacer porque los accionistas se opusieron a la operación.

En mi opinión, las nacionalizaciones en curso en Europa indican que hay una falla en los mecanismos de quiebra. Nos falta un mecanismo ágil, que permita hacer una operación acordeón, llevar el capital a cero en pocas horas y volver a sacarlo bajo otra propiedad al día siguiente. Esto aquí resulta muy complicado. Puede llevar años de procesos legales. No hay nada parecido, como se está viendo a la facilidad con que se vendió, por ejemplo, Merrill Lynch al Bank of America, en cuestión de horas.

De todos modos, yo diría que el BCE ha demostrado estar mejor preparado que la FED para abordar estas crisis. Los procedimientos de intervención del BCE estaban diseñados hace años y se pusieron en marcha de forma ordenada. Creo que la FED actuó de un modo más desordenado.  

¿Son adecuadas las medidas de rescate del gobierno español? 

Las medidas anunciadas por el gobierno español el 13 de octubre, tras la reunión del Eurogrupo el día anterior, están en sintonía con las aplicadas por el resto de los países europeos. Básicamente porque fueron consesuadas en esa magna reunión celebrada en París, que vino a poner punto final a semanas de descoordinación entre los distintos países de la UE, que venían aplicando las recetas más diversas.

En Alemania, la canciller Angela Merkel se decantaba por salvar sus bancos en dificultades, igual que lo hicieron los gobierno de Bélgica y Holanda con Fortis. Y en España, Zapatero se había limitado a presentar un plan de compra de activos por valor de 50.000 millones dedicado, decía, a alentar la concesión de crédito a empresas y familias. Un plan muy similar al de Henry Paulson en EEUU, por valor de 700.000 millones de dólares, con la diferencia de que aquel anunciaba su intención de adquirir ‘activos tóxicos’ mientras que en España – donde teóricamente no existen activos de este tipo – Zapatero afirmaba que se aplicaría solo a la compra de activos ‘buenos’.

Estas soluciones no recuperaron la confianza de los mercados de crédito ni evitaron la debacle de las bolsas. De modo que los miembros del Eurogrupo decidieron imitar la fórmula puesta en marcha por el primer ministro británico Gordon Brown, que estaba teniendo éxito en el Reino Unido. Una fórmula basada en tres puntos, destinados a recuperar la confianza: el aval del Estado a todas las nuevas operaciones de deuda que los bancos tienen que poner en marcha para sustituir a la deuda vencida; la nacionalización parcial de los bancos en problemas y la compra de activos con el fin de intensificar la concesión de crédito a la economía.

Sobre estos principios se diseñó el segundo paquete de medidas del gobierno español – en línea con todos los demás socios europeos – de avalar la nueva deuda de los bancos españoles y entrar en su capital, si ello fuera necesario. Tanto éxito ha tenido la fórmula – las bolsas iniciaron una espiral de subidas – que incluso EEUU anunció su intención de copiarlas y poner en segundo lugar su anterior plan de compra de activos tóxicos.  

Cronología de la debacle financiera  

14.03.07: La Asociación de Bancos Hipotecarios de EEUU anuncia que el número de impagados en el sector alcanza los seis millones por un valor de 600.000 millones de dólares.

18.04.07: Citigroup reconoce pérdidas de más de 5.000 millones de dólares en el 1º trimestre.

3.08.07: American Home Mortgage, décimo banco hipotecario de EEUU, suspende pagos.

14.09.07: El Northern Rock se desploma en Bolsa.

12.12.07: La FED, el BCE y los bancos centrales de Inglaterra, Suiza y Canadá acuerdan un plan para afrontar la crisis de liquidez.

17.01.08: Merrill Lynch anuncia pérdidas de 9.830 millones de dólares en el cuarto trimestre.

17.02.08: El gobierno británico nacionaliza el Northern Rock.

17.03.08: J.P. Morgan compra Bear Sterns.

1.04.08: UBS anuncia pérdidas de 7.740 millones de euros.

8.04.08: El FMI calcula que las pérdidas de la crisis ascienden a 600.000 millones de euros.

5.8.08: Société Générale anuncia una caída de beneficios del 63% 7.09.08: El gobierno de EEUU interviene Fannie Mae y Freddie Mac.

15.09.08: Lehman Brothers quiebra.

28.09.08: Fortis es intervenido por los gobiernos del Benelux.

29.09.08: La crisis lleva a la quiebra, intervención o venta de cuatro bancos; Bradford & Bingley, Hypo Real Estate, Wachovia y Dexia.  

Novedades Legislativas

MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA (BOE nº 260 de 28/10/2008)
Resolución de 20 de octubre de 2008, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, sobre obligaciones de información de las entidades aseguradoras que comercialicen Planes de Previsión Asegurados.
PDF (3 Págs. - 42 Kb)

MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA (BOE nº 262 de 30/10/2008)
Orden EHA/3064/2008, de 28 de octubre, por la que se modifican la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 26 de julio de 1989 por la que se desarrolla el ar-tículo 86 de la Ley del Mercado de Valores y la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda de 24 de septiembre de 1993, sobre fondos y sociedades de inversión inmobiliaria, al objeto de habilitar a la Comisión Nacional del Mercado de Valores para desarrollar determinados aspectos en el ámbito contable de entidades supervisadas y en el de cálculo de coeficientes y límites de las instituciones de inversión colectiva.
PDF (2 Pág. - 27 Kb)

MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA (BOE Nº 264 01/11/2008)
Resolución de 6 de octubre de 2008, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se determina la estructura y contenido del resumen de las cuentas anuales de las Entidades Gestoras, Servicios Comunes y Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social y sus Centros Mancomunados, a efectos de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
PDF (21 Págs. - 160 Kb)

MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA (BOE nº 265 03/11/2008)
Corrección de errores y erratas del Real Decreto 1317/2008, de 24 de julio, por el que se aprueba el Plan de contabilidad de las entidades aseguradoras.
PDF (3 Pág. - 68 Kb)

MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA (BOE nº 265 03/11/2008)
Orden EHA/3118/2008, de 31 de octubre, por la que se desarrolla el Real Decreto-ley 6/2008, de 10 de octubre, por el que se crea el Fondo para la Adquisición de Activos Financieros.
PDF (3 Pág. - 43 Kb)

Consultas tributarias

CONSULTA VINCULANTE

FECHA-SALIDA 28-07-2008 (V1594-08)

DESCRIPCION-HECHOS

Enseñanza de contabilidad, cuadro de mandos, análisis económico financiero, administración de empresas e informática.

CUESTION-PLANTEADA

Se desea saber el criterio para dar de alta, o bien en el epígrafe 932.1 o bien en el epígrafe 933.1 de la sección primera, a determinadas actividades de enseñanza.

CONTESTACION-COMPLETA

1º.) En primer lugar, hay que señalar que la regla 4ª.1 de la Instrucción para la aplicación de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas, aprobadas ambas por Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, dispone que “Con carácter general el pago de la cuota correspondiente a una actividad faculta, exclusivamente, para el ejercicio de esa actividad, salvo que en la Ley reguladora de este Impuesto, en las Tarifas o en la presente Instrucción se disponga otra cosa”.

Por otro lado, la regla 8ª de la citada Instrucción establece en su primer párrafo que “Las actividades empresariales, profesionales y artísticas, no especificadas en las Tarifas, se clasificarán provisionalmente, en el grupo o epígrafe dedicado a las actividades no clasificadas en otras partes (n.c.o.p.) a las que por su naturaleza se asemejen y tributarán por la cuota correspondiente al referido grupo o epígrafe de que se trate”.

2º.) El epígrafe 933.9 de la sección primera de las tarifas clasifica “Otras actividades de enseñanza, tales como idiomas, corte y confección, mecanografía, taquigrafía, preparación de exámenes y oposiciones y similares, n.c.o.p.”.

Y el epígrafe 932.1 de la sección primera, clasifica la “Enseñanza de formación y perfeccionamiento profesional no superior”.

3º.) En consecuencia y en el caso planteado en la presente consulta, a cerca de la diferencia de los dos epígrafes anteriores le comunicamos:

Que el epígrafe 932.1 “enseñanza de formación y perfeccionamiento profesional no superior” está pensado para cuando la finalidad de las clases o cursos impartidos sea de formación y perfeccionamiento profesional, cuando no sea esta su finalidad específica y los cursos sean de carácter más amplio y general se clasificarán los mismos en el epígrafe 933.9 “otras actividades de enseñanza, tales como idiomas, corte y confección, mecanografía, taquigrafía, preparación de exámenes y oposiciones y similares n.c.o.p.”.

Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

CONSULTA VINCULANTE

FECHA-SALIDA 08-07-2008 (V1440-08 )

DESCRIPCION-HECHOS

   El consultante, alcanzada la edad de 65 años, está tramitando su jubilación. Señala por otra parte, que está separado legalmente y que de acuerdo a sentencia de divorcio al respecto tiene que abonar una pensión compensatoria a su ex-mujer, que será revisada en el momento de su jubilación y se ajustará al 40% del importe total neto que perciba. Indica asimismo que en el futuro va a percibir unos rendimientos del trabajo procedentes de un plan de pensiones que contrató con una entidad bancaria.

CUESTION-PLANTEADA

¿El importe que perciba del plan de pensiones debe incluirlo conjuntamente con lo que corresponda de su pensión de jubilación de la Seguridad Social en el concepto de pensión compensatoria y consecuentemente reducir su base imponible?

- ¿Si el plan de pensiones se percibe en forma de capital, puede aplicar la reducción en la base imponible del 40%?

CONTESTACION-COMPLETA

1º El artículo 55 –reducciones por pensiones compensatorias– de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, dispone que “las pensiones compensatorias a favor del cónyuge y las anualidades por alimentos, con excepción de las fijadas en favor de los hijos del contribuyente, satisfechas ambas por decisión judicial, podrán ser objeto de reducción en la base imponible”.

Conforme a los términos del precepto señalado, la pensión compensatoria que habrá de tenerse en cuenta a efectos de la reducción en la base imponible, será exclusivamente la establecida en la resolución judicial (sentencia 6/03 del Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Alicante), es decir, la fijada en el apartado quinto del convenio regulador incluido en dicha sentencia, que concretamente, en su párrafo tercero, dispone que “la pensión compensatoria será revisada en el momento que se produzca la jubilación del Sr. XXX, y se ajustara al 40% del importe total neto que perciba el Sr.XXX. La cuantía resultante seguirá siendo objeto de revisión anual, incrementándose en el mismo porcentaje que anualmente se incremente la pensión por disposición legal”.

2º Las prestaciones provenientes de un plan de pensiones que se perciban en forma de capital, podrán ser objeto de reducción en la base imponible del porcentaje del 40%, en la parte de dichas prestaciones que corresponda a aportaciones realizadas hasta la fecha de 31 de diciembre de 2006, según lo previsto en la disposición transitoria duodécima de la Ley del Impuesto (Ley 35/2006, de 28 de noviembre).

Lo que comunico a Vd. con efectos vinculantes, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 89 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

 
Jurisprudencia

Sentencia del Tribunal Supremo.
Fecha: 15/07/2008
Tipo de resolución: Sentencia.

   Es delito contra la Hacienda Pública emitir facturas falsas para reducir el pago del Impuesto de Sociedades

Analiza la sentencia el recurso de casación interpuesto por los administradores de una sociedad contra la sentencia que les condenaba como autores de un delito contra la Hacienda Pública.

Sin embargo, para el TS queda demostrado que los condenados acordaron presentar una declaración tributaria inexacta correspondiente al Impuesto de Sociedades de 1994 en la que, y para reducir la base imponible, simularon la adquisición de servicios mediante la emisión de facturas falsas.

Por ello el TS confirma que esta conducta supone un delito contra la Hacienda Pública y no un simple delito de falsedad, como pretendían los acusados.  

Sentencia del Tribunal Supremo.
Fecha 11/07/2008
Tipo de resolución: Sentencia.

  Condena a un Inspector de Trabajo por asesorar a empresas inspeccionadas.

La Audiencia Provincial de Barcelona condenó a un Inspector de Trabajo como responsable de un delito continuado de cohecho y otro de negociaciones prohibidas a los funcionarios públicos por haber exigido determinadas compensaciones económicas a dos empresas a las que había inspeccionado y por haber asesorado a otra empresa que estaba siendo inspeccionada por otros Inspectores de Trabajo.

El recurrente alega que su recurso que el artículo 3 de la Ley Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social atribuye al Inspector la función de facilitar información técnica a empresas y trabajadores, en lo que se conoce como "funciones de asesoramiento”.

La acusación pública matiza que la función de asesoramiento la llevan a cabo los Inspectores de Trabajo pero con ocasión de la actuación inspectora y no, como pretende el acusado, para contrarrestar lo que se le pedía a la empresa por la inspección, haciendo, por tanto, ineficaz la labor que encomienda la Ley a la propia inspección.

El Tribunal Supremo acoge la postura del Ministerio Fiscal, declara que el acusado ha actuado fuera del ejercicio de su función inspectora y sin posible apoyo legal y ratifica la condena.

Comentarios

NUEVO PGC PARA PYMES. EJEMPLO DE CONTABILIZACIÓN DE SUBVENCIONES DE CAPITAL. PARTE II: INMOVILIZADO DETERIORADO.

  En el Boletín 43 de 2008, el inmediatamente anterior al aquí presentado, mostramos un ejemplo de registro y valoración de la concesión de un subvención oficial de capital. Pues bien, en este boletín, y concretamente en este comentario vamos a ampliar la problemática del tratamiento de las subvenciones para las Pymes, cuando el inmovilizado subvencionado se deteriora.
 

En este sentido, volvemos les emplazamos a una revisión del ejemplo práctico planteado en el boletín precedente, si bien les recordamos el texto del ejemplo: 

La Sociedad RCRCR compra al contado con fecha 1 de enero de 2008 una máquina valorada en 100.000 euros (sin incluir impuestos), con una vida útil de 10 años y sin valor residual. Se aplica el método de amortización constante. Al mismo tiempo, se concede una subvención por parte de la administración, pendiente de cobro, por el 50% del importe de la máquina. El tipo impositivo del impuesto sobre sociedades es del 25%. 

(CONTINUACIÓN) … Ahora suponemos que al finalizar el ejercicio 2010 se sabe que el valor razonable de la maquinaria es de 84.000 euros, con unos costes de venta asociados de 8.000 euros, y que su valor de uso es de 72.000 euros. 

* REGISTRO Y VALORACIÓN:

Pues bien, la norma 2ª de Registro y Valoración del PGCPymes establece que se producirá una pérdida por deterioro de valor de un elemento de inmovilizado material cuando “su valor contable supere a su importe recuperable, entendido éste como el mayor importe entre su valor razonable menos los gastos de venta y su valor en uso”.

 

 Así, en este caso tendremos:

  • Valor en Libros (Contable) = 100.000 – 20.000 (A.Acumulada) = 80.000 Euros.
  • Valor en uso = 72.000 Euros.
  • Valor razonable – Costes de Venta = 84.000 – 8.000 = 76.000 Euros. 

Como podemos comprobar su valor su valor contable (80.000 Euros) supera al mayor de su valor en uso y su valor razonable menos los gastos de su venta (76.000 Euros); luego procede registrar una pérdida por deterioro.

Pérdida por deterioro = 80.000 – 76.000 = 4.000 Euros. 

 

Para realizar el registro contable de este deterioro hemos e tener en cuenta lo relacionado en la norma de valoración nº 18 del PGC Pymes. Así habremos de considerar 2 aspectos significativos:

  1. Norma de Valoración y Registro nº 18 PGCPyme.- “Se considerarán en todo caso de naturaleza irreversible las correcciones valorativas por deterioro de elementos en la parte en que éstos hayan sido financiados gratuitamente”.
  2. Como se considera irreversible el valor del elemento que ha sido subvencionado , ha de llevarse a resultado del ejercicio el importe que corresponda a la subvención.

Así:

Con fecha 31 de Diciembre de 2010

. Reconocimiento del Deterioro sufrido por la máquina:

a) Por la parte financiada y considerada irreversible (50%):

2.000 (671) Pérdidas procedentes del Inmovilizado Material

 

 

a

 

 

(213) Maquinaria 4.000

---

x

---

b) Por la parte no financiada y considerada reversible del deterioro (50%):

2.000 (691) Pérdidas por deterioro del Inmovilizado Material

 

 

a

 

 

(291) Deterioro de valor del Inmovilizado Material 2.000

---

x

---

 

. Por el traslado a resultados de la subvención en la parte que el activo se ha deteriorado:

2.000 (130) Subvenciones oficiales de capital

 

 

a

 

 

(746) Subvenciones de capital transferidas a rdos del ejercicio 2.000

---

x

---

. Y consecuentemente por la parte irreversible habremos de realizar la reducción de efecto impositivo previamente registrado (de acuerdo al comentario del boletín 43), en la proporción que corresponda al traslado a resultados de la subvención:
(2.000 * 25%)

500 (479) Pasivos por diferencias temporarias imponibles



a



(130) Subvenciones oficiales de capital 500

- - -

x

- - -

 

 

Departamento Contabilidad de RCR, Proyectos de Software.
La información utilizada en la redacción de este artículo es una cortesía del Programa Asesor Contable.

ARRENDAMIENTOS: EL DESAHUCIO POR FALTA DE PAGO DE LA RENTA.   

Es fácil convenir que una situación de crisis económica como la que atravesamos tiene múltiples consecuencias jurídicas y de muy diversos aspectos. Así, no son pocas las referencias que escuchamos o leemos sobre el aumento de la morosidad bancaria y el impago de los préstamos y las hipotecas. También está a la orden del día la situación de concurso de acreedores, antes conocida como quiebra y suspensión de pagos) a la que se ven avocadas muchas empresas.

Y otra consecuencia importante, y de indudable repercusión económica y social, es, sin lugar a dudas, el aumento de la morosidad en las relaciones arrendaticias, o dicho de otro modo, el incremento en el número de inquilinos que dejan de pagar el alquiler de las viviendas o locales que ocupan.

¿Y que puede hacer el propietario/a de la finca alquilada en este caso?

Para dar respuesta a esta pregunta lo primero que tenemos que tener en cuenta es que la Ley 29/1994, de Arrendamiento Urbanos, considera, en su artículo 27.2, la falta de pago de la renta como causa de resolución del contrato de arrendamiento, al señalar que el arrendador podrá resolver de pleno derecho el contrato por “La falta de pago de la renta o, en su caso, de cualquiera de las cantidades cuyo pago haya asumido o corresponda al arrendatario.”

En la misma línea, el artículo 35 de la LAU, que se refiere a los arrendamientos para uso distinto a vivienda, se remite al artículo 27.2 para establecer como causa de resolución del contrato la falta de pago de la renta o, en su caso, de cualquiera de las cantidades cuyo pago haya asumido o corresponda al arrendatario.

Ya tenemos claro que la falta de pago de la renta permite resolver el contrato de arrendamiento, pero ¿cómo se realiza de forma práctica esta resolución?. O dicho de otro modo, ¿qué tiene que hacer el arrendador para recuperar la posesión de su finca y, en su caso, cobrar las cantidades que le adeudan?.

El propietario/a de una finca alquilada, para poder resolver efectivamente el contrato y recuperar la posesión tiene que interponer una demanda de juicio verbal de desahucio, en la que solicitará que el Juez declare resuelto el contrato y ordene el desalojo de la finca, pudiendo reclamar también, en el mismo procedimiento, el abono de las rentas arrendaticias pendientes de pago y las que se vayan acumulando hasta el efectivo desalojo de la finca.

Resulta conveniente, antes de presentar una demanda de desahucio, que se requiera al inquilino para que pague las rentas pendientes y desaloje la finca, lo cual puede hacerse mediante telegrama, correo certificado con acuse de recibo o burofax, que es más barato y tiene el mismo valor legal que un requerimiento mediante Notario.

El Juicio Verbal de desahucio, aunque quizás próximamente sufra modificaciones, es un procedimiento diseñado por la LEC 1/2000, de 7 de Enero,  para resolver los contratos de arrendamiento por falta de pago y devolver al propietario la posesión de la finca alquilada de una manera más o menos rápida, obteniendo una sentencia que condenará al inquilino a desalojar la finca y a abonar las rentas adeudadas y las costas judiciales (gastos de abogado y procurador); ya que su intervención en ese procedimiento es obligatoria.

Una vez presentada la demanda de desahucio, el Juzgado la notificará al inquilino y lo citará para comparecer a juicio, señalándole ya en la propia citación la fecha en la que se procederá al desalojo de la vivienda, si finalmente resulta condenado; que es lo que se conoce como el lanzamiento.

Asimismo, y en relación con la notificación de la demanda al inquilino, resulta conveniente señalar que la Ley de Enjuiciamiento Civil permite al arrendatario demandado continuar ocupando la finca si, una vez se le notifica la demanda, paga o consigna judicialmente el importe de las rentas que debe, tanto las que se le reclaman en la demanda como las que adeude hasta el momento efectivo del pago. Pero es conveniente saber que ello sólo tendrá efecto si el pago o consignación se realiza antes del día señalado para el juicio.

Esta posibilidad de continuar con el arrendamiento y paralizar el desahucio se denomina enervación de la acción de desahucio; y sólo podrá realizarse una vez por cada contrato de arrendamiento

Asimismo, sólo podrá llevarse a cabo la enervación del desahucio si el propietario no ha requerido fehacientemente al arrendatario el pago de las rentas debidas con al menos dos meses de antelación a la interposición de la demanda. Si el arrendador ha efectuado dicho requerimiento y el inquilino no ha pagado la deuda antes de la presentación de la demanda, el desahucio ya no se podrá enervar. Por ello insistíamos antes, desde el punto de vista del propietario, de la conveniencia de realizar un requerimiento previo de pago, porque con ello evitaremos que, una vez que hemos iniciado el procedimiento judicial y hemos incurrido en los gastos de abogado y procurador, pueda venir el inquilino y enervar la acción de desahucio, dejando sin efecto nuestra demanda.

Si el inquilino no hace uso de la posibilidad de enervar el desahucio, se celebrará el juicio. Respecto del juicio, es importante tener presente que en los juicios de desahucio sólo se permitirá al inquilino demandado alegar y probar el pago o las circunstancias relativas a la procedencia de la enervación, pero no realizar cualquier otro tipo de alegaciones.

Una vez se haya celebrado el juicio, se notificará a las dos partes la sentencia y, si resulta condenatoria, el propietario podrá solicitar que se lleve a cabo el desalojo de la finca, que, como hemos dicho, se denomina lanzamiento, y que ya tiene una fecha señalada.

El lanzamiento es el procedimiento previsto para llevar a cabo el desalojo de la finca y ésta quede libre y sea devuelta a su propietario, si el inquilino no quiere marcharse voluntariamente.

El lanzamiento lo lleva a cabo la Comisión Judicial (los funcionarios judiciales enviados por el Juez para dicha labor), acompañada del Procurador que representa al propietario de la finca y, en su caso, también del Abogado que lo defiende.

Será necesario que el propietario garantice, el día y hora señalados para el lanzamiento, la presencia de un cerrajero; que será quien se ocupe de abrir la puerta de la finca y de cambiar la cerradura, una vez haya sido desalojada la vivienda.

El día y hora señalados por el Juzgado para llevar a cabo el lanzamiento, las personas anteriormente señaladas acudirán a la finca a desalojar y comprobarán, llamando a la puerta, si la vivienda o local están ocupados.

Si la finca estuviese ocupada, el funcionario judicial comunicará a los ocupantes que se va a proceder al lanzamiento por haberlo ordenado el Juzgado, y les requerirá para que abandonen el inmueble de forma inmediata. Si los ocupantes se negasen a abandonar la finca, la Comisión Judicial solicitará la intervención de los cuerpos de seguridad - la Policía -; que procederán al desalojo forzoso de los ocupantes del inmueble.

Si el inmueble está desocupado, la Comisión Judicial autorizará al cerrajero contratado por el propietario a abrir la puerta y cambiar la cerradura.

Una vez abierto el inmueble, la Comisión Judicial, acompañada por el propietario y su Procurador, revisará el mismo para comprobar si falta algún elemento de mobiliario o si el inquilino ha causado desperfectos en la finca. Si se diesen estas circunstancias, se hará constar en el acta de lanzamiento que redactará la Comisión Judicial.

El acta será firmada por el funcionario judicial que la redacta, el Procurador del propietario y el cerrajero que haya intervenido en el lanzamiento. Con la firma del acta se da por finalizada la diligencia de lanzamiento, haciendo se entrega de las nuevas llaves al propietario, que queda así restituido en su posesión del inmueble.

Asimismo, si al entrar al inmueble se encontrasen allí bienes del inquilino porque no han sido retirados por éste, es importante saber que dichos bienes se consideran por ley, a todos los efectos, como bienes abandonados; pudiendo el propietario hacer lo que estime conveniente con ellos.

Por último, señalar que el hecho de que se realice el lanzamiento o desalojo de la vivienda no impide que el propietario pueda también, si la sentencia así lo establece, intentar cobrar al inquilino demandado las cantidades que le adeude en concepto de rentas, lo que tendrá que hacer ejecutando la sentencia y solicitando las medidas de embargo que resulten oportunas.

 

Fdo.- Antonio Millán Callado.
Abogado ejerciente y Master en práctica jurídica.

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