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NOTICIAS
Un
hombre denuncia a su empresa por expulsarle tras pedir la baja paternal (+)
Una
de cada cinco empresas españolas no tiene autonomía para fijar precios
(+) Madrid aplicará una rebaja del 2,7% en el tramo regional del IRPF (+) España
es el país del euro con mayor coste por el cierre de empresas (+) Los inmigrantes rebajan el salario medio (+) UGT reclama que el atraco tenga tratamiento de accidente de trabajo (+) El número de autónomos dependientes ha crecido un 50% en los últimos cinco años (+) Las insolvencias seguirán creciendo en España pese a la bondad económica (+) Cuatro de cada diez nuevos jubilados son menores de 65 años (+) El TC declara inconstitucional un artículo del IRPF vasco de 1991 sobre el valor de la vivienda (+) La
consejera de Hacienda de la Junta de Castilla y León critica que se pretenda
reducir las competencias de la AEAT (+) La reforma fiscal que entra en vigor en enero desincentiva el ahorro a largo plazo (+) |
ARTÍCULOS Reconocimiento,
valoración e información de los aspectos medioambientales en las
cuentas anuales (+) La
mayoria de los españoles cree que el trabajo para toda la vida es cosa
del pasado (+) Calendario
laboral de 2007 (+) COMENTARIOS JURISPRUDENCIA TRIBUNAL SUPREMO. La declaración de gastos reales, aunque no deducibles, no implica conducta defraudatoria. (+) TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID. La responsabilidad del incumplimiento de la obligación de retener e ingresar a cuenta por el arrendamiento del un local comercial, recae tanto en el arrendatario como en el arrendador. (+) CONSULTAS
TRIBUTARIAS La situación familiar del consultante a 11 de diciembre de 2005 es la de divorciado con la obligación de abonar, en enero de 2006, pensión compensatoria a favor del cónyuge y anualidades por alimentos a sus dos hijas. ¿Puede declarar en calidad de casado con hijos a cargo?, Aplicación del mínimo por descendientes. (+) |
NOVEDADES LEGISLATIVAS Resolución de 18 de octubre de 2006, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunitat Valenciana para el control de la incapacidad temporal. (+) RESOLUCIÓN de 2 de noviembre de 2006, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2007. (+) Resolución de 10 de octubre de 2006, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio colaboración celebrado con el Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos. (+) Resolución de 10 de octubre de 2006, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica el Convenio suscrito con la Comunidad Autónoma de Cataluña para la recaudación en vía ejecutiva de los ingresos de derecho público de dicha Comunidad Autónoma. (+) Resolución de 10 de octubre de 2006, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica el Convenio suscrito con la Comunidad Autónoma de La Rioja para la recaudación en vía ejecutiva de los ingresos de derecho público de dicha Comunidad Autónoma. (+) Resolución de 10 de octubre de 2006, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica el Convenio suscrito con la Comunitat Valenciana para la recaudación en vía ejecutiva de los ingresos de derecho público de dicha Comunidad Autónoma (+) REAL DECRETO-LEY 10/2006, de 10 de noviembre, por el que se modifican los tipos impositivos del Impuesto sobre las Labores del Tabaco. (+) | |
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| UN
HOMBRE DENUNCIA A SU EMPRESA POR EXPULSARLE TRAS PEDIR LA BAJA PATERNAL UN
DIRECTIVO TENDRÁ QUE COMPENSAR A SU EMPRESA POR VIOLAR UN ACUERDO El abogado de
la empresa demandante, Juan Antonio Linares, del bufete Cuatrecasas, destacó
la importancia esta sentencia pionera en la materia, porque la vulneración
de un pacto de no competencia es muy difícil de demostrar. UNA
DE CADA CINCO EMPRESAS ESPAÑOLAS NO TIENE AUTONOMÍA PARA FIJAR PRECIOS LA
BANCA ENDURECE SUS CRITERIOS PARA LA APROBACIÓN DE NUEVAS HIPOTECAS LA
REFORMA FISCAL MEJORA LAS PERSPECTIVAS DE REVALORIZACIÓN DE LAS EMPRESAS
UN 1,5% EL
GOBIERNO ELEVARÁ EN 2007 EL IMPUESTO QUE GRAVA EL GASÓLEO LOS
AUTÓNOMOS PAGARÁN 600 MILLONES MÁS AL AÑO PARA ACCEDER
A BAJAS LABORALES ESPAÑA,
UN LABERINTO FISCAL PARA LAS EMPRESAS SOLBES
RESPONDE A ALMUNIA QUE NO ESPERA UNA CAÍDA DEL PRECIO DE LA VIVIENDA EL
BANCO DE ESPAÑA ALERTA DE LA PÉRDIDA DE MERCADOS MADRID
APLICARÁ UNA REBAJA DEL 2,7% EN EL TRAMO REGIONAL DEL IRPF ESPAÑA
ES EL PAÍS DEL EURO CON MAYOR COSTE POR EL CIERRE DE EMPRESAS EL
SEGURO OBLIGATORIO PARA DAÑO AMBIENTAL CUBRIRÁ HASTA 20 MILLONES LOS
INMIGRANTES "REBAJAN" EL SALARIO MEDIO UGT
RECLAMA QUE EL ATRACO TENGA TRATAMIENTO DE ACCIDENTE DE TRABAJO EL
NÚMERO DE AUTÓNOMOS DEPENDIENTES HA CRECIDO UN 50% EN LOS ÚLTIMOS
CINCC AÑOS LAS
INSOLVENCIAS SEGUIRÁN CRECIENDO EN ESPAÑA PESE A LA BONDAD ECONÓMICA CUATRO
DE CADA DIEZ NUEVOS JUBILADOS SON MENORES DE 65 AÑOS Según datos del
Gobierno recogidos en una respuesta parlamentaria al portavoz de CiU en la Comisión
de Trabajo del Congreso, Carles Campuzano, el porcentaje de trabajadores que se
jubilan anticipadamente, esto es, antes de los 65 años, está evolucionando
al alza este año. La sentencia, fechada el pasado 11 de octubre, considera inconstitucional el artículo 34.b), que suponía que, en identidad de situación, unos contribuyentes tuviesen que declarar el 2 por 100 del valor de sus viviendas sobre el valor catastral y otros, en cambio, sobre el valor comprobado o declarado en la escritura de la misma, independientemente de que ambas viviendas fuesen iguales. Según informó hoy en un comunicado el alto Tribunal vasco, esta resolución judicial no permite la revisión de situaciones firmes al respecto. LA
CONSEJERA DE HACIENDA DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN CRITICA QUE SE PRETENDA
REDUCIR LAS COMPETENCIAS DE LA AEAT LOS
CONVENIOS COLECTIVOS FIRMADOS HASTA OCTUBRE CONTEMPLAN UN AUMENTO SALARIAL DEL
3,21% En los diez primeros
meses del año se suscribieron 3.984 convenios colectivos, un 7,8% más
que en el mismo periodo del ejercicio anterior, según el avance de datos
del Boletín de Estadísticas Laborales del Departamento que dirige
Jesús Caldera. | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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| Reconocimiento, valoración e información de los aspectos medioambientales en las cuentas anuales La Resolución de 25 de marzo de 2002 del ICAC desarrolla la normativa medioambiental en términos contables. para "el reconocimiento, valoración e información de las cuestiones medioambientales que sean necesarias para que las cuentas anuales individuales y, en su caso, consolidadas, ofrezcan la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados del sujeto contable".
Según la esta resolución tendrán la naturaleza de gastos
medioambientales los importes devengados, de las actividades medioambientales
realizadas o que deban realizarse, para la gestión de los efectos medioambientales
de las operaciones de la entidad, así como los derivados de los compromisos
medioambientales del sujeto contable. Entre ellos se sitúan los gastos
ocasionados por la prevención de la contaminación relacionada con
las actividades operativas actuales, el tratamiento de residuos y vertidos, la
descontaminación, la restauración, la gestión medioambiental
o la auditoría medioambiental. "El importe de los gastos medioambientales derivados de las citadas actividades, se consideran gastos de explotación del ejercicio en que se devenguen y se incorporarán a la cuenta de pérdidas y ganancias en la partida correspondiente; cuando su importe sea significativo, se creará una partida específica con la denominación "Gastos medioambientales" dentro de la agrupación "Otros gastos de explotación" del debe de los modelos de cuenta de pérdidas y ganancias, incorporados en la cuarta parte del Plan General de Contabilidad, aprobado por Real Decreto 1643/1990, de 20 de diciembre." "Motivarán el registro de una provisión de naturaleza medioambiental, los gastos originados en el mismo ejercicio o en otro anterior, claramente especificados en cuanto a su naturaleza medioambiental, pero que, en la fecha de cierre del ejercicio, sean probables o ciertos pero indeterminados en cuanto a su importe exacto o a la fecha en que se producirán. En función de la información disponible, el importe de dicha provisión será la mejor estimación posible del gasto necesario para hacer frente a la obligación en la fecha de cierre del balance. Dicha estimación se realizará teniendo en cuenta las siguientes circunstancias:" "Estas provisiones figurarán en la agrupación C) "Provisiones para riesgos y gastos", en concreto en la partida 3. "Otras provisiones", del pasivo del balance del modelo normal incorporado en la cuarta parte del Plan General de Contabilidad. Si el importe de dicha provisión fuera significativo, se creará una partida específica, en la agrupación indicada del pasivo, con la siguiente denominación: "Provisión para actuaciones medioambientales" . "Los gastos relativos a las actividades de descontaminación y restauración de lugares contaminados, eliminación de residuos acumulados y cierre o eliminación de activos inmovilizados, requerirán dotar la correspondiente provisión hasta el momento en que la entidad tenga que atender dicha obligación. " Cuentas a emplear para el registro de los efectos medioambientales
"622. Reparaciones y conservación.
Los de sostenimiento de los bienes comprendidos en el grupo 2, así como
los gastos para reducir o reparar los daños causados al medio ambiente,
incluidos en este último caso los derivados del Sistemas Integrados de
Gestión de Residuos (Ley 11/1997, de 24 de abril, y Ley 10/1998, de 21
de abril)." . Su desarrollo a nivel de cuatro dígitos será:
Una
empresa tiene un activo adquirido el 1/01/2000 por valor de 1.000.000 euros, con
una vida útil de 10 años y se amortiza linealmente. Preocupados ante tal situación solicitamos a una consultora externa que nos presente un informe sobre la repercusión que tendría para la sociedad semejante Reglamento. A 1 de mayo, la consultora, nos entrega el informe, con las siguientes conclusiones.
a) Imposibilidad de continuar utilizando la máquina desde la entrada en
vigor de la norma. El coste del presente informe es de 1.500 euros. A 1 de octubre se publica en el DOCE el Reglamento donde se confirma la necesidad de eliminar nuestra maquinaria, si bien concede un plazo de adaptación de 4 años a partir del 1 de enero de 2004, durante el cual podremos seguir usando nuestra máquina.
Solución.
Primero calculamos el valor contable de la máquina a 1/01/2003
Calculamos la amortización correspondiente al período 1/01/2003 - 1/10/2003
Calculamos el valor
de la nueva vida útil de la maquinaria, en aplicación de lo dispuesto
por el Reglamento. A 31 de diciembre amortizamos la maquinaria aplicando al valor neto su nueva vida útil (inferior a la anterior) para hacer poder amortizar la totalidad de su coste dentro del período de adaptación.
Se aprueban nuevos modelos 390 y 392 de declaración-resumen anual del IVA, debido al tiempo transcurrido desde la aprobación de los actuales modelos y a la necesidad de actualizar el contenido de la información suministrada en los mismos. En este sentido se ha eliminado del modelo 392 el apartado correspondiente al Régimen especial de determinación proporcional de bases imponibles, asimismo es necesario corregir determinadas deficiencias que se han puesto de manifiesto a través de su utilización, concretamente en el modelo 392 se ha introducido la posibilidad de presentación de declaración sustitutiva, y en ambos modelos se ha sistematizado la determinación del volumen de operaciones, incluyéndose de forma clara las casillas que recogen la totalidad de las entregas de bienes y prestaciones de servicios que forman parte del volumen de operaciones. La aprobación de una bonificación en el Impuesto sobre las Primas de Seguros de los servicios de transporte urbano y por carretera hace necesario incluir una nueva clave en el modelo 430 de declaración del Impuesto sobre las Primas de Seguros, motivo por el cual se procede a aprobar un nuevo modelo 430.
La mayoría de los españoles cree que el trabajo para toda la vida es cosa del pasado El 69% de los españoles opina que tener un único trabajo durante toda la vida es cosa del pasado, porcentaje que asciende al 76% entre los ciudadanos la UE, según un Eurobarómetro publicado el lunes 6 de noviembre. El sondeo sobre 'La política europea social y laboral', realizado entre mayo y junio, recoge las respuestas de 24.800 ciudadanos de los Estados miembros, Bulgaria, Rumanía, Hungría y Turquía. La encuesta pone de relieve, no obstante, el optimismo de los trabajadores ya que el 86% de estos confía en seguir en su actual puesto de trabajo en los próximos meses, porcentaje muy simular a la media europea (84%). Por otro lado, el 62% de los españoles es partidario de una mayor flexibilidad laboral para incentivar la creación de empleo, por debajo del 72% de la media europea. Además, la mitad de los españoles opina que mucha gente recurre demasiado pronto a la jubilación anticipada, frente al 45% del porcentaje en la UE. Otro de los datos que revela el sondeo es que el 54% de los españoles percibe de forma positiva las políticas laborales y sociales en la Unión, porcentaje similar al de los europeos (56%). A pesar de la importancia que los ciudadanos conceden a la formación, como instrumento para mejorar las posibilidades de encontrar trabajo, sólo el 16% de los encuestados en España había participado en un curso en el último año, frente al 24% de la media europea.
Seis meses de prisión para un acusado por "mobbing" El Juzgado de lo Penal número uno de Jaén ha condenado a seis meses de prisión por un delito contra la integridad moral tipificado en el Código Penal. al administrador de una empresa de fabricación y venta de muebles de Mancha Real (Jaén)
El condenado fue obligado a readmitir al trabajo a una empleada que fue despedida
con anterioridad y cuyo despido se consideró improcedente por el Juzgado
de lo Social número uno de Jaén. Esta situación se prolongó durante un mes, los cuales provocaron en la empleada un estado de depresión y ansiedad. Esta es la primera vez que un Juez se decide por una pena de cárcel ante un caso de mobbing. Anteriormente, estos casos eran considerados como una simple infracción laboral, de modo que las sanciones no pasaban de multas y de compensación de daños. Sin embargo, el aumento constante en el número de casos en los que se producen estos hechos, las graves secuelas que producen en las víctimas y la repercusión social que están generando, hace que los jueces se muestren más severos en sus sentencias. EL Boletín Oficial del Estado ha publicado el día 8, el calendario laboral para 2007. Incluye los días festivos comunes para toda España, así como los días festivos que cada comunidad establece como festivos para su territorio. Así, según se publica en el BOE. habrá en 2007 nueve dias festivos iguales para toda España, que serán; 1 de enero, 6 de abril, 12 de octubre, 1 de noviembre, 6, 8 y 25 de diciembre. Tambíén existen otras fechas que son fiesta nacional pero que pueden ser sustituídas por otras fechas según dicte cada Comunidad Autónoma.
La mayorias de Comunidades Autónomas tienen 12 días festivos en
2007, salvo Baleares, Cataluña, Valencia, Galicia y Murcia que tienen 13
y Canarias que sólo tiene 11.
Incremento de los tipos impositivos del Impuesto sobre las Labores del Tabaco
Con el pretexto de disminuir el consumo de cigarrillos para mayor bienestar de
los ciudadanos, especialmente referido al consumo de marcas baratas, el Gobierno
ha decidido aumentar, otra vez, el tipo impositivo único que gravan los
cigarrillos de 55 a 70 euros por cada 1.000 cigarrillos, modificando el epígrafe
5 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, por lo que las marcas baratas, con un
precio inferior a 2,17 euros, costarán un 8,2% más | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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| MINISTERIO
DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES (BOE 266 de 7/11/2006) MINISTERIO
DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES (BOE n. 267 de 8/11/2006) MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y HACIENDA (BOE 267 de 8/11/2006) Resolución
de 10 de octubre de 2006, del Departamento de Recaudación de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica el Convenio
suscrito con la Comunidad Autónoma de Cataluña para la recaudación
en vía ejecutiva de los ingresos de derecho público de dicha Comunidad
Autónoma. Resolución
de 10 de octubre de 2006, del Departamento de Recaudación de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica el Convenio
suscrito con la Comunidad Autónoma de La Rioja para la recaudación
en vía ejecutiva de los ingresos de derecho público de dicha Comunidad
Autónoma. Resolución
de 10 de octubre de 2006, del Departamento de Recaudación de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica el Convenio
suscrito con la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para la recaudación
en vía ejecutiva de los ingresos de derecho público de dicha Comunidad
Autónoma. Resolución
de 10 de octubre de 2006, del Departamento de Recaudación de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica el Convenio
suscrito con la Comunitat Valenciana para la recaudación en vía
ejecutiva de los ingresos de derecho público de dicha Comunidad Autónoma. MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y HACIENDA (BOE n. 268 de 9/11/2006) JEFATURA
DEL ESTADO (BOE n. 270 de 11/11/2006) MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y HACIENDA (BOE n. 270 de 11/11/2006) TRIBUNAL
SUPREMO (BOE n. 271 de 13/11/2006) | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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| CONSULTA
VINCULANTE 1º.- La integrada por los cónyuges no separados legalmente y los hijos en los que concurran las circunstancias que establece el mencionado precepto. El contribuyente que opte por la tributación conjunta queda obligado a acumular rentas no sólo con sus hijos sino también con el cónyuge. 2º.- En el caso de cónyuges separados legalmente y en el supuesto en el que no exista vínculo matrimonial, la integrada por el padre o la madre y los hijos que reúnan los citados requisitos. Por otra parte, se hace preciso indicar que a efectos de la aplicación del mínimo por descendiente, la normativa artículo 43 de la Ley del Impuesto- exige que este ha de convivir con el contribuyente. En los supuestos de separación matrimonial, el mínimo por descendiente corresponderá a quien tenga atribuida la guarda y custodia de los hijos a la fecha del devengo del Impuesto, al tratarse del progenitor que convive con aquellos, y ello tanto en el período impositivo en que se dicte la resolución judicial como en los sucesivos. No obstante, procederá el prorrateo por partes iguales cuando la guarda y custodia sea compartida, con independencia de quién sea el progenitor con el que convivan a la fecha del devengo. | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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| La declaración
de gastos reales, aunque no deducibles, no implica conducta defraudatoria El Tribunal Supremo, en el entorno de los delitos contra la Hacienda Pública, entiende que para que se produzca el delito de defraudación tributaria no basta el mero impago de las cuotas, sino que requiere además un elemento de mendacidad: La responsabilidad penal surge no tanto del impago como de la ocultación de bases tributarias o la ficción de beneficios fiscales o gastos deducibles inexistentes. Así, la introducción abierta de gastos reales como deducibles que luego no son tales no implica engaño ni supone, por tanto, conducta defraudatoria, sino que sólo es delictiva la elusión del pago de tributos alcanzada a través de medios engañosos.
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID La responsabilidad del incumplimiento de la obligación de retener e ingresar a cuenta por el arrendamiento del un local comercial, recae tanto en el arrendatario como en el arrendador. Sentencia 562/2006, de 6 de abril de 2006. Sala de lo Contencioso-Administrativo. En el supuesto de que el arrendatario de un bien inmueble urbano en el que se desarrolla una actividad económica por la que viene obligado a retener e ingresar en el Tesoro incumpla esta obligación, estando obligado el arrendador a expedir facturas para el pago de la renta que debían incluir entre otros datos, según el RD 2402/1985 (Deber de expedir y entregar factura), el tipo de retención aplicable y su importe, no cabrá imputar al arrendatario, al menos en exclusiva, el incumplimiento de la obligación de retener a cuenta del Impuesto, al ser también responsable de esa transgresión el arrendador, quien no tendrá derecho a deducir en su declaración tributaria la cantidad que debió ser retenida, ya que se beneficiaría de una transgresión legal de la que es partícipe. | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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| La
imagen de España, bajo la losa de la corrupción urbanística
Bastan unas cifras para hacerse una idea del calado de la corrupción urbanística
en la geografía española: el número de diligencias abiertas
por presuntos delitos contra la ordenación del territorio y el medio ambiente
aumentó en 2005 un 62,65%, de 2.016 a 3.279, según datos de la Fiscalía
General del Estado. Las consecuencias en la imagen de transparencia de la Administración
pública son inevitables. España ha caído de 7 a 6,8 puntos
en el Índice de Percepción de la Corrupción (cuantos más
puntos, menos corrupción), que elabora desde hace 12 años la ONG
Transparencia Internacional y que fue presentado ayer en rueda de prensa. Es la
peor nota de España desde 1999.
La
ilusión de trabajar
Mi situación no es extraña. Apostaría
que, en realidad, se parece increíblemente a la de muchas otras personas
que me igualan en el año de nacimiento, y los que me rondarán, morena.
Gente con sueños, ilusiones, ganas de hacer cosas
y hambre. Inclúyase
en hambre las facturas de la luz, del agua y calefacción, que puestos a
cocinar habrá que hacerlo bien. Y, ya que estamos, el alquiler del piso,
el saldo del móvil, la gasolina y la matrícula de los mil trescientos
cuarenta y siete cursos que debes realizar para que alguien se digne a fijarse
en ti. Etc. | ||||||||||||||||||||||||||||||||
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