Boletín nº 35.- 16/10/2006


NOTICIAS

El Supremo confirma las competencias de los subinspectores de Hacienda (+)

Las comisiones por tarjetas al comercio se abaratan un 22% (+)

El ahorro de las familias cae al nivel más bajo desde 1999 (+)

El nuevo IRPF permite traspasos entre planes de pensiones, seguros y mutuas (+)

Ahorre en intereses eligiendo el sistema de cálculo (+)

Las empresas cotizarán menos por accidentes de trabajo (+)

Las remesas de inmigrantes en España alcanzan los 5.000 millones (+)

Barreda exige el 1% del PIB para inversiones en Castilla-La Mancha (+)

La inflación cae dos décimas en septiembre y la tasa interanual se reduce hasta el 2,9% (+)

Castilla-La Mancha. Trabajadores y autónomos podrán formarse en tributación y fiscalidad (+)

El Congreso aprueba la Ley contra en redondeo (+)

Hacienda podrá bloquear sin recurrir al juez los bienes de un defraudador... (+)

Continuan las reivindicaciones laborales del cuerpo Técnico de Hacienda (+)

El "Guantánamo Tributario" de la AEAT (+)

Revisión de los valores catastrales para adecuarlos al valor de mercado (+)

Remisión al Congreso del Proyecto de Ley de Reforma Fiscal en el IRPF y del IS (+)

Hacienda destinará 200 efectivos más a la lucha contra el fraude en 2007 (+)

La Seguridad Social incrementará los controles para evitar fraudes en bajas por enfermedad (+)

La expansión comercial trastoca el mapa de las cajas (+)

El TSJ del País Vasco mantiene la suspensión del Impuesto de Sociedades (+)

La banca se vuelca en los créditos dirigidos al consumo (+)

Hacienda se quedará con 42 de cada cien euros que se den en dividendos (+)

El deficit por cuenta corriente aumentó un 32,3% en los siete primeros meses, hasta 52.504,7 millones (+)


ARTÍCULOS

La aportación de pruebas en vía de recurso (+)


Comentario al Proyecto de Ley de medidas contra el fraude fiscal (+)


Aumentan el número de efectos impagados en agosto
(+)

 


COMENTARIOS

A mayor libertad, más bienestar económico (+)




JURISPRUDENCIA

Tribunal Supremo. Técnica del "levantamiento del velo" y responsabilidad empresarial solidaria (+)

Tribunal Supremo. La pérdida de su trabajo por cuenta ajena para una empresa en régimen de dedicación plena, supone que puede percibir las prestaciones por desempleo, de forma proporcional con el descuento del tiempo empleado en el Instituto Catalán de Salud. (+)



CONSULTAS TRIBUTARIAS


Si la consultante podría considerar la diferencia positiva existente entre el precio de adquisición de las acciones propias y el valor de los fondos propios correspondientes a las mismas como mayor coste de adquisición de los bienes inmuebles de la compañía y con derecho de amortización fiscal y contable.. O bien, si debería considerarse dicha diferencia como un fondo de comercio. En este caso, si sería amortizable fiscalmente. (+)


NOVEDADES LEGISLATIVAS

ORDEN EHA/3082/2006, de 14 de septiembre, por la que se modifica la Orden PRE/3662/2003, de 29 de diciembre, que regula un nuevo procedimiento de recaudación de los ingresos no tributarios recaudados por las Delegaciones de Economía y Hacienda y de los ingresos en efectivo en la Caja General de Depósitos y sus sucursales. (+)


CONVENIO entre el Reino de España y el Gobierno de Nueva Zelanda para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y Protocolo, hecho en Wellington el 28 de julio de 2005. (+)


Orden de 22 de septiembre de 2006, de la Consejería de Trabajo, por la que se convoca la realización de pruebas para la obtención de los certificados de profesionalidad en determinadas ocupaciones (+)


Resolución de 25 de septiembre de 2006, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dispone la publicación del Convenio suscrito entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Comunidad Autónoma de Cantabria para la recaudación en vía ejecutiva de los ingresos de derecho público de dicha Comunidad Autónoma. (+)


Resolución de 27 de septiembre de 2006, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica el Convenio suscrito con la Comunidad Autónoma de Galicia para la recaudación en vía ejecutiva de los ingresos de derecho público de dicha Comunidad Autónoma. (+)

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Noticias

EL SUPREMO CONFIRMA LAS COMPETENCIAS DE LOS SUBINSPECTORES DE HACIENDA
Vlex 05/10/2006
El Tribunal Supremo ha avalado las normas que determinan las competencias y funciones de la inspección de tributos. En consecuencia, el Alto Tribunal ha rechazado el recurso presentado por la Asociación de Profesionales de Subinspectores de Tributos contra una resolución de la AEAT. El Supremo ha señalado que la dirección efectiva de las unidades corresponderá a un inspector adjunto que dictará los actos de liquidación e impondrá las sanciones necesarias. Por su parte, los subinspectores han alegado que el fallo no cumple algunos preceptos sobre atribución de competencias. No obstante el Alto Tribunal estima que el titular de Economía puede habilitar al presidente de la AEAT para estructurar y atribuir las competencias.
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LAS COMISIONES POR TARJETAS AL COMERCIO SE ABARATAN UN 22%

Cinco Días 10-10-2006
Las tasas que desembolsan los comerciantes a las entidades financieras por las compras con tarjeta que realizan sus clientes han bajado un 22% en seis meses. Éste es el primer dictamen que realiza el Observatorio de Medios de Pago, el organismo consultivo que constituyó el Gobierno en junio.
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EL AHORRO DE LAS FAMILLIAS CAE AL NIVEL MÁS BAJO DESDE 1999
Cinco Días 10-10-2006
La capacidad de ahorro de las familias españolas continúa cayendo. Según los datos del INE, de cada 100 euros de renta disponible, sólo pueden guardar 9,4 euros, lo que supone dos menos que hace un año.
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EL NUEVO IRPF PERMITE TRASPASOS ENTRE PLANES DE PENSIONES, SEGUROS Y MUTUAS.
Expansión 10/10/2006
La futura Ley del Impuesto sobre la Renta IRPF permitirá los traspasos de patrimonio entre los diferentes productos de ahorro-jubilación: planes de pensiones, seguros de vida, entidades de previsión social voluntaria (EPSV) del País Vasco y mutualidades. Esta novedad afecta a más de diecisiete millones de ahorradores que tienen contratado alguno de estos productos, que en total gestionan 184.000 millones. Para las gestoras, aseguradoras y demás entidades que trabajan en este negocio “las nuevas reglas del juego introducirán una mayor competencia, lo que beneficiará a los ahorradores”, señalan en el Ministerio de Economía.
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PLAN CONTABLE PARA LOS ADMINISTRADORES DE FINCAS
09/10/06
Los administradores de fincas han pedido a la Administración la aplicación de un plan contable a las comunidades de propietarios para evitar fraudes en las Comunidades de Propietarios. La aplicación del Plan General Contable, en su adaptación a este tipo de Comunidades, llevaría consigo la obligación de presentar trimestralmente la relación de ingresos y gastos evitando así cualquier tipo de fraude fiscal.

AHORRE EN INTERESES ELIGIENDO EL SISTEMA DE CÁLCULO
09/11/06
Préstamo americano. 100.000 euros al 4% durante 30 años por le sistema americano es de 327 euros, mientras que la misma hipoteca por el sistema francés sale por 473 €.

LAS EMPRESAS COTIZARÁN MENOS POR ACCIDENTES DE TRABAJO
Vlex 09/10/06
El proyecto de presupuestos de la Seguridad Social recoge que los empresarios con accidentes laborales tendrán una cotización más reducida. Por otro lado, el director general de Ordenación de la Seguridad Social, Miguel Ángel Peña, ha informado que se pretende implantar el sistema bonus malus que grava a las empresas más inseguras. De acuerdo con el nuevo sistema, el tipo medio bajará del actual 2,88% al 2,75%. Este descenso supondrá un ahorro de cerca de 285 millones de euros a las empresas. Por otro lado, un análisis llevado a cabo por CCOO concluye que los accidentes laborales cuestan un total de 13.085 millones al Estado. La nueva tarifa de accidentes de trabajo se basará en la actividad económica de las empresas y en la siniestralidad que éstas poseen, y no en la profesión de los trabajadores como hasta ahora.
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LAS REMESAS DE INMIGRANTES EN ESPAÑA ALCANZAN LOS 5.000 MILLONES
Cinco Días 11/10/06
Según el Banco de España, las remesas crecieron hasta septiembre un 20% sobre el mismo periodo de 2005. Ese año se cerró con 4.614 millones de euros remitidos por los inmigrantes desde España, de forma que, a poco que siga la tendencia, es más que probable que el total de 2006 supere ampliamente los 5.000 millones, según manifestó ayer Íñigo Moré, fundador de la ONG remesas.org.
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BARREDA EXIGE EL 1% DEL PIB PARA INVERSIONES EN CASTILLA-LA MANCHA
Cinco Días 11-10-2006
El presidente de Castilla-La Mancha, José María Barreda, aseguró ayer que en la reforma del estatuto de autonomía de la comunidad se incluirán dos disposiciones para fijar una 'regla' que determine las inversiones del Estado en Castilla-La Mancha. Así lo indicó en su discurso en el debate sobre el estado de la región, en el que planteó la necesidad de incluir esas disposiciones. En la primera se pedirá el 1% del PIB para inversiones en Castilla-La Mancha mientras que la renta de la región no se iguale a la media nacional. En la segunda, reclamará la 'extinción definitiva' del trasvase Tajo-Segura, algo que para él es 'irrenunciable'.
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LA INFLACIÓN CAE DOS DÉCIMAS EN SEPTIEMBRE Y LA TASA INTERANUAL SE REDUCE HASTA EL 2.9 %
Europa Press 11/10/06

El Indice de Precios de Consumo (IPC) cayó dos décimas en septiembre y la tasa interanual (últimos doces meses) se redujo hasta el 2,9%, ocho décimas menos que en el mes anterior, según los datos hechos públicos hoy por el Instituto Nacional de Estadística (INE). La inflación subyacente (que no incluye los precios de los productos energéticos ni de los alimentos no elaborados) disminuyó una décima en tasa interanual, hasta el 2,9%.

LA ORGANIZACIÓN DE INSPECTORES DE HACIENDA CELEBRA LOS DÍAS 19 Y 20 DE OCTUBRE SU XVI CONGRESO ANUAL EN SANTIAGO
Europa Press 11/10/06
La Organización de Inspectores de Hacienda del Estado celebrará los próximos días 19 y 20 de octubre en Santiago de Compostela su XVI Congreso Anual, en un encuentro en el que se reunirán más de 400 inspectores de toda España y que en esta ocasión tratará sobre "Los Modelos de Agencias Tributarias, Autonómicas y Consorcios".
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CASTILLA-LA MANCHA. TRABAJADORES Y AUTÓNOMOS PODRÁN FORMARSE EN TRIBUTACIÓN Y FISCALIDAD
La Verdad 11/10/2006
Los trabajadores en activo y autónomos tendrán, a partir de este curso 2006-2007, la oportunidad de formarse y reciclarse en materia de tributación y fiscalidad, gracias al convenio de colaboración que ayer firmaron el presidente de la Confederación de Empresarios (Feda), Artemio Pérez, y el vicerrector del Campus universitario de Albacete, Antonio Roncero.
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EL CONGRESO APRUEBA LA LEY CONTRA EL REDONDEO
Vlex 09/10/2006
La Comisión de Sanidad y Consumo del Congreso ha aprobado la nueva Ley que protegerá a los consumidores de prácticas abusivas como el redondeo en aparcamientos, la telefonía o los billetes de avión. La normativa también protegerá al consumidor en cuanto a los impedimentos que ponen las empresas para dar de baja un servicio.
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HACIENDA PODRÁ BLOQUEAR SIN RECURRIR AL JUEZ LOS BIENES DE UN DEFRAUDADOR AUNQUE USE TESTAFERROS
El Mundo 10/10/2006
La AEAT podrá evitar a los testaferros y bloquear directamente los bienes del propietario último de una sociedad con deudas fiscales sin tener que pedir autorización a un juez como hasta ahora. Se trata de una de las medidas más relevantes de la Ley de Prevención del Fraude Fiscal que acaba de aprobar el Senado y que, según fuentes del organismo, ha pasado hasa ahora inadvertida.
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CONTINUAN LAS REINVINDICACIONES LABORALES DEL CUERPO TÉCNICO DE HACIENDA
11/10/06
Finaliza el primer asalto en el conflicto laboral que mantiene desde hace años, dentro de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) y del Ministerio de Economía y Hacienda, sus dos grandes cuerpos, el Cuerpo Técnico y el Cuerpo Superior de Inspectores e Interventores (APIFE). Este asalto ha favorecido a APIFE: como ya hemos contado en anteriores noticias, el cuerpo técnico reclama el reconocimiento legal de las funciones que en la práctica realizan, lo que significa el reconocimiento de dicho cuerpo como un Cuerpo Técnico Superior, (que no su reconocimiento como Cuerpo Superior de Inspectores de Finanzas e Interventores), ello llevaría consigo una mejora retributiva para dicho cuerpo técnico.
Nos cuenta, algunos de sus interlocutores, miembros de su sindicato representativo, GESTHA, que el “combate” no ha terminado, que si bien APIFE ha tenido mas peso especifico entre los dos grandes partidos políticos de nuestro País, PSOE y PP, los cuales no han querido entrar ni siquiera en analizar dicho conflicto, la realidad es la que es , en la practica la AEAT funciona por el trabajo callado y no retribuido de un colectivo de casi mas de 8.OOO funcionarios, repartidos en varias áreas (Recaudación, Gestión, Inspección e Intervención y Auditoria).

El "GUANTÁNAMO TRIBUTARIO" DE LA AEAT
11/10/06
Un magistrado del Supremo ha formulado un voto particular en el que considera ilegales las normas de atribución de competencias y funciones en la AEAT. El voto discrepante se ha formulado en el recurso de casación interpuesto por la Asociación de subinspectores contra la resolución de 24 de marzo de 1998 de la AEAT, sobre organización y atribución de funciones a la Inspección. El magistrado del Alto Tribunal, Manuel Vicente Garzón Herrero, denuncia la falta de cobertura legal que tiene la AEAT para dictar normas internas a la hora de efectuar liquidaciones e imponer sanciones, al estimar que la defensa de la unidad del ordenamiento jurídico, sin lagunas y del principio de legalidad en el ejercicio de la potestad reglamentaria sin excepciones, son valores irrenunciables. El magistrado razona que si las leyes organizativas administrativas no fueran aplicables a la AEAT, ésta se configuraría como un “Guantánamo Tributario”, regida por su ley de creación. Además disiente de la opinión mayoritaria del Tribunal por considerar que se olvida de que la unidad del ordenamiento jurídico impide la existencia de “limbos jurídicos”.

REVISIÓN DE LOS VALORES CATASTRALES PARA ADECUARLOS AL VALOR DE MERCADO
11/10/06
El Catastro a través de su Dirección General procederá en el ejercicio 2007  a la revisión de los valores catastrales para adecuarlos a su valor de mercado, lo que llevará implícita una subida del Impuesto sobre bienes Inmuebles (IBI) impuesto conocido tradicionalmente como contribución urbana. Ahora bien, uno de los aspectos fundamentales en la fiscalidad inmobiliaria es la necesidad de que la Administración Tributaria  junto con la Dirección General del Catastro fijen un valor único de los inmuebles válido para todos los impuestos (estatales, autonómicos y locales), garantizando así una mayor seguridad jurídica del contribuyente. En la actualidad se puede consignar hasta siete valores diferentes de un mismo inmueble en función de la administración de que se trate.

REMISIÓN AL CONGRESO DEL PROYECTO DE LEY DE REFORMA FISCAL EN EL IRPF Y DEL IMPUESTO DE SOCIEDADES
11/10/06
Recientemente el Pleno del Senado aprobó la remisión al Congreso de los Diputados, para su aprobación definitiva del proyecto de Ley de Reforma Fiscal en el IRPF y en el Impuesto de Sociedades. Al hilo de la tramitación de esta Ley, muchas Comunidades Autónomas, ante la llegada de las próximas elecciones municipales y autonómicas, han anunciado rebajas en el IRPF en el tramo autonómico del IRPF así como la creación de determinadas deducciones autonómicas, mas preocupadas por captar votos que por recaudar impuestos.


HACIENDA DESTINARÁ 200 EFECTIVOS MÁS A LA LUCHA CONTRA EL FRAUDE
Europa Press 12/10/06
El director de la Agencia Tributaria, Luis Pedroche, anunció hoy que la lucha contra el fraude contará a partir del próximo año con 200 efectivos más, que hasta ahora prestaban sus servicios en los departamentos de asistencia e información al contribuyente.
Durante su comparecencia en la Comisión de Presupuestos del Congreso, Pedroche indicó que la Agencia Tributaria llevará a cabo el próximo año una "redistribución" de sus efectivos, de tal manera, que parte de los funcionarios que ahora están adscritos en los servicios de asistencia pasen a formar parte de la lucha contra el fraude.


LA SEGURIDAD SOCIAL INCREMENTARÁ LOS CONTROLES PARA EVITAR FRAUDES EN BAJAS POR ENFERMEDAD
Región Digital 13/10/2006
Según Granado, en los últimos tiempos, han cobrado importancia en las bajas por incapacidad temporal las patologías relacionadas con los "riesgos psicosociales", es decir, las depresiones, los cuadros de ansiedad y de angustia, donde "es más fácil fingir el diagnóstico".
Ante esta situación, la Seguridad Social quiere conocer cuáles son los entornos de trabajo donde aparecen este tipo de patologías con mayor frecuencia "para prevenirlas y también para evitar el fraude, la picaresca y la simulación".
Además, el responsable estatal ha recalcado que "el objetivo es llegar a acuerdos con las comunidades autónomas para que se pongan en marcha programas de detección de riesgos, de prevención de riesgos laborales y de detección de situaciones de fraude y picaresca".

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LA EXPANSIÓN COMERCIAL TRASTOCA EL MAPA DE LAS CAJAS
Expansión 13/10/06
Las cajas de ahorros españolas gozan de perfecta salud, como demuestran sus planes de expansión territorial, además de las constantes iniciativas comerciales para crecer en clientes. En 2005, las 46 cajas que participan en la Confederación Española de Cajas de Ahorros (Ceca) arañaron otros 34 puntos básicos de cuota de mercado en créditos, hasta situar su porcentaje sobre el total del sector en el 48,31%, mientras que redujeron en 54 puntos básicos su cuota en depósitos, que aún así se mantiene en el 56,42%, según datos de Funcas.
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EL TSJ DEL PAÍS VASCO MANTIENE LA SUSPENSIÓN DEL IMPUESTO DE SOCIEDADES
Vlex 11/10/2006
La patronal, la Cámara de Comercio y las diputaciones vascas han visto denegada su petición para que el Tribunal Superior de Justicia vasco tuviera en cuenta el criterio del Tribunal de la UE al admitir la posibilidad de diferentes regímenes fiscales en un país, según establecía en la sentencia del caso sobre las Islas Azores.
La suspensión cautelar en la aplicación del Impuesto de Sociedades, establecida por el TSJ, afecta al tipo de gravamen del 32,5% vigente a finales del pasado año. Otra de las suspensiones hace referencia al gravamen del 32,6% que los ejecutivos forales aprobaron a finales del pasado año para ser aplicado en este ejercicio.
El Tribunal vasco se ha amparado en cuestiones procesales para denegar la solicitud de las haciendas vascas. El caso está ya en manos del Supremo que deberán examinar los recursos presentado.
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LA BANCA SE VUELCA EN LOS CRÉDITOS DIRIGIDOS AL CONSUMO
Cinco Días 16/10/06
El negocio de préstamos al consumo, junto al de pymes, se han convertido en la principal apuesta de las entidades financieras para este nuevo curso. La desaceleración en la demanda de hipotecas, provocada por la saturación del mercado inmobiliario y las últimas subidas de los tipos de interés oficiales, ha animado a la banca a explorar otras vías para aumentar sus ingresos. En este nuevo campo de batalla, la banca ha elegido los créditos preconcedidos (préstamos que se otorgan en el acto al grupo de clientes seleccionado por cada entidad en función de su reducido perfil de riesgo) como el buque insignia de esta campaña. La mayoría de las entidades, como el BBVA, Santander, La Caixa, Caja Madrid, Caja España, Bancaja o Caja Duero, ofrecen este producto a través de canales diferentes a las oficinas -teléfono, internet y cajeros automáticos- con el propósito de acortar al máximo el tiempo de respuesta.
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HACIENDA SE QUEDARÁ CON 42 DE CADA CIEN EUROS QUE SE DEN EN DIVIDENDOS
Expansión 16/10/2006
El IRPF que entrará en vigor a partir del 1 de enero revolucionará el coste real del pago de dividendos. Si para las rentas altas el nuevo régimen será uno de los mejores de la UE, para las rentas bajas el cambio puede ser a peor. Sin embargo, los pagos que perciban, en concepto de dividendo, las rentas bajas pueden llevar escondido un sensible aumento de la carga fiscal.En concreto, hasta 42 euros de cada 100 que dispongan las empresas para el pago de los dividendos acabarán en manos de Hacienda, según los cálculos elaborados por los fiscalistas del despacho Durán-Sindreu. Un pago que será el resultado del abono del Impuesto sobre Sociedades –con un tipo general del 30% con la nueva ley, que ahora está en el 35%– y que deberá descontar la empresa del importe bruto del dividendo antes de pagárselo al accionista, y del pago posterior del propio accionista en concepto de IRPF –que se situará en un tipo fijo del 18%–.
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EL DÉFICIT POR CUENTA CORRIENTE AUMENTÓ UN 32.3% EN LOS SIETE PRIMEROS MESES, HASTA 52.504,7 MILLONES
Europa Press 16/10/06
El déficit acumulado de la balanza por cuenta corriente, que refleja los ingresos y pagos por operaciones comerciales, servicos, rentas y transferencias, ascendió a 52.504,7 millones de euros entre enero y julio de este año, lo que supone un aumento del 32,3% respecto a 39.683,4 millones registrados en el mismo período de 2005, informó hoy el Banco de España. La ampliación del déficit corriente se debió, principalmente, al aumento del déficit comercial y a la disminución del superavit de servicios y, en menor medida, al avance de los déficit de las balanzas de rentas y de transferencias corrientes. Por su parte, el déficit acumulado de la balanza comercial se elevó en los siete primeros meses del año hasta 45.042 millones de euros, un 20% más respecto al mismo período del año anterior.

Artículos

La aportación de pruebas en vía de recurso

    En cualquier comprobación tributaria, sea en cualquiera de los procedimientos de comprobación propios de Gestión Tributaria o en el procedimiento de Inspección existe "un momento temporal oportuno" para la aportación por parte del contribuyente de los elementos de prueba necesarios para justificar sus alegaciones. Dicho momento temporal,  una vez iniciado el correspondiente procedimiento, lo es durante toda la fase de su instrucción y una vez notificada la propuesta de resolución en el trámite de audiencia. Es decir, el contribuyente objeto de una comprobación tributaria puede efectuar alegaciones y aportar pruebas:

    1. Durante toda la fase de Instrucción antes del trámite de audiencia.
    2. Una vez notificada la propuesta en el plazo concedido en el trámite de audiencia.

    Así el artículo 21 de la Ley de Derechos y Garantías del Contribuyente.

    "los contribuyentes podrán, en cualquier momento del procedimiento de gestión tributaria anterior al trámite de audiencia o, en su caso, a la redacción de la propuesta de resolución, aducir alegaciones y aportar documentos u otros elementos de juicio, que serán tenidos en cuenta por los órganos competentes al redactar la correspondiente propuesta de resolución".

   Así el artículo 33 Ter del Reglamento General de Inspección de Tributos.

    "1. En cualquier momento anterior al trámite de audiencia, el interesado podrá aducir alegaciones y aportar documentos u otros elementos de juicio que serán tenidos en cuenta por el órgano competente, al redactar la correspondiente propuesta de resolución.

    2. En todo caso , y con carácter previo a la formalización de las actas, se dará audiencia al interesado para que pueda alegar lo que convenga a su derecho en relación con la propuesta que se vaya a formular.... Los interesados en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, podrán alegar y presentar los documentos y justificantes que estimen pertinentes".

    Ahora bien, cual es la posibilidad del contribuyente que recurre una liquidación tributaria en  Recurso de Reposición o Reclamación económico administrativa y pretende en vía de cualquiera de los recursos anteriores aportar pruebas no aportadas con anterioridad en el procedimiento tributario que dicto  el acto administrativo tributario que ahora se recurre. 

    En relación a la apreciación de los elementos de prueba con posterioridad al Trámite de Audiencia no hay una regulación expresa en las normas propias de Recurso de Reposición. En cambio, el art. 94 del RD 391/1996 por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento en las reclamaciones económico-administrativas establece: (aplicable también al recurso de reposición):

    "1. Los hechos relevantes para la decisión de un procedimiento podrán acreditarse por cualquier medio de prueba.

    2. El interesado podrá completar o ampliar lo que resulte del expediente de gestión acompañando al escrito de alegaciones todos los documentos públicos o privados que puedan convenir a su derecho. A este efecto será admisible la aportación de dictámenes técnicos, actas de constatación de hechos o declaraciones de terceros y, en general, de documentos de todas clases cuya fuerza de convicción será apreciada por el Tribunal al dictar resolución.

    3. En el escrito de alegaciones podrá además proponer el interesado cualquier medio de prueba admisible en derecho. Los vocales del tribunal dispondrán lo necesario para la evacuación de  las pruebas propuestas o en su caso denegarán su práctica mediante providencia".

    Por su parte y en relación con el artículo citado la Resolución del TEAC de 11 de Octubre del 2001, se ha pronunciado sobre la aportación de pruebas en fase de REVISION, señalando en su fundamento de derecho sexto: (Resumen al fundamento, no se transcribe literal)

    Las  cuestiones de prueba deben plantearse en el ámbito  de los procedimientos de comprobación o incluso en la fase de alegaciones a la propuesta pero  no en vía de revisión. Es aquí en la fase de instrucción o de alegaciones donde deben aportarse las pruebas, para que así los órganos encargados de efectuar la comprobación analicen desde la óptica tributaria dichas pruebas. Trasladar la comprobación de esas pruebas  a los órganos revisores (es decir a los Tribunales) a quienes no compete la práctica de comprobaciones no es admisible,  salvo circunstancias excepcionales,  por los siguientes motivos:

    1. Altera el orden normal de un procedimiento de comprobación legalmente establecido, al atribuir a los órganos revisores la practica de actuaciones que son propias de los órganos de comprobación.

    2. Admitir ello, sería  permitir al Administrado manipular a su arbitrio las  competencias de los diversos órganos de la Administración Tributaria disponiendo sobre el contenido y desarrollo  de cada procedimiento sustrayendo a  los órgano de comprobación las  tareas  que le son propias para atribuirlas a los órganos revisores. 

    3. Existe "un momento temporal oportuno" para aportar pruebas y para su valoración que es la instrucción y la fase de alegaciones, en aplicación del principio de seguridad jurídica y para una mejor defensa de los propios derechos e intereses del administrado.

    La admisión de pruebas no aportadas previamente en fase de comprobación sólo sería admisible por aplicación analógica del artículo 158 de la LGT : "... cuando el obligado tributario demuestre que los datos, documentos o pruebas presentados con posterioridad a la propuesta de regularización fueron de imposible aportación en el procedimiento. En este caso, se ordenará la retroacción de las actuaciones al momento en que se apreciaron las mencionadas circunstancias", pero siempre "JUSTIFICANDO" la imposibilidad de su aportación en el procedimiento de comprobación.

CONCLUSION.

    De la normativa vista y la resolución del TEAC, cabe concluir que las pruebas deben ser aportadas en fase de Instrucción o de trámite de audiencia, y sólo excepcionalmente en fase de revisión probando que en la fase de comprobación no pudieron ser aportadas la citadas pruebas en cuyo caso el Tribunal acordará la retroacción de las actuaciones al momento en que se apreciaron las mencionadas circunstancias.



Comentario al Proyecto de Ley de medidas contra el fraude fiscal

    Con el nuevo curso político se reabre el debate sobre el Proyecto de Ley de medidas contra el fraude fiscal. Los Técnicos Financieros del Ministerio de Economía y Hacienda (GESTHA) siguen insistiendo que con la creación de un Cuerpo Superior Técnico con mayores competencias vendría a ayudar mucho en la lucha contra el fraude fiscal: los actuales recursos humanos de la AEAT (Cuerpo de Inspectores de Finanzas) son insuficientes, que no ineficaces,  para luchar contra el fraude fiscal existente: 

    1. Hay en España mas de 51.000 millones de euros en cajas de seguridad en billetes de 500€, una cuarta parte de los billetes de 500€ de la zona euro circulan sin control  fiscal por España.

    2.  La economía sumergida representa el 23% del Producto Interior Bruto - casi 10 puntos por encima de la media de la Unión Europea-.

    3. Un buen porcentaje de las promotoras inmobiliarias exigen dinero negro a la hora de la compra de la vivienda.

    4 Casos como el de Marbella...

    5. "Facturas falsas y modeluros" constituyen un mercado muy apreciado a la hora de pagar al fisco.

    6. Fraude carrusel en el IVA - devoluciones de IVA sin  derecho a ello minoran cada vez mas las arcas del Estado-   ... (¿Hay o no fraude en España?

    Y  paralelamente a ello, los trabajadores con nómina a los que se nos descuentan las retenciones todos los meses, no entendemos como hay empresas y empresarios personas físicas y profesionales ( a los que conocemos con nombre y apellidos),  de todo tipo  y no sólo inmobiliarias, cuyos ingresos tributarios son mínimos o incluso negativos, no entendemos  porque en estos sectores sabiendo que tanto dinero negro circula no se diseñan otros sistemas de control o de tributación, ya está bien que nosotros los trabajadores  de nómina seamos siempre los mismos haciendo cola en la Agencia Tributaria para justificar si la deducción de vivienda está bien o mal practicada, mientras que las comprobaciones fiscales de la AEAT sean siempre  sobre los mismos no puedo entender la frase de "Hacienda somos Todos". No, ¡Hacienda somos todos pero sólo pagamos algunos!.  


Aumenta el número de efectos impagados en agosto

    Las familias y empresas que realizan actividades profesionales en España, tuvieron impagos en agosto por una cantidad de 663 millones de euros, lo que supone un 1.6% más respecto al mes de agosto del 2005, según un estudio realizado por el Instituto Nacional de Estadística (INE).

    En este importe se encuentran más de 383.000 efectos de comercio devueltos (letras y pagarés) por impago en agosto, lo que supone una disminución del 2,2% respecto del mismo mes del año anterior.

    El importe medio de impagados se sitúa en los 1.731 euros, casi un 4 más que en el mismo mes del año 2005.

    Según esta estadística, el 3.8% de los efectos vencidos resultaron impagados, un porcentaje superior al 3.2% del registrado hace un año.

Novedades Legislativas

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA (BOE n. 242 de 10/10/2006)
ORDEN EHA/3082/2006, de 14 de septiembre, por la que se modifica la Orden PRE/3662/2003, de 29 de diciembre, que regula un nuevo procedimiento de recaudación de los ingresos no tributarios recaudados por las Delegaciones de Economía y Hacienda y de los ingresos en efectivo en la Caja General de Depósitos y sus sucursales.
PDF (2 págs. - 44 KB.)

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN (BOE n. 243 de 11/10/2006)

CONVENIO entre el Reino de España y el Gobierno de Nueva Zelanda para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y Protocolo, hecho en Wellington el 28 de julio de 2005.
PDF (8 págs. - 224 KB.)

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA (BOE 243 de 11/10/2006)
Orden de 22 de septiembre de 2006, de la Consejería de Trabajo, por la que se convoca la realización de pruebas para la obtención de los certificados de profesionalidad en determinadas ocupaciones.
PDF (7 págs. - 317 KB.)

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA (BOE 247 de 16/10/2006)
Resolución de 25 de septiembre de 2006, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dispone la publicación del Convenio suscrito entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Comunidad Autónoma de Cantabria para la recaudación en vía ejecutiva de los ingresos de derecho público de dicha Comunidad Autónoma.
PDF (20 págs. - 843 KB.)

Resolución de 27 de septiembre de 2006, del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica el Convenio suscrito con la Comunidad Autónoma de Galicia para la recaudación en vía ejecutiva de los ingresos de derecho público de dicha Comunidad Autónoma.
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Consultas tributarias

CONSULTA VINCULANTE

FECHA-SALIDA
28/07/2006 (V1632-05)

DESCRIPCION-HECHOS
    La sociedad consultante va a adquirir las acciones de uno de los socios, equivalente a un 50 por cien del capital social, a valor de mercado y por una cuantía que resultaría muy superior al capital y reservas, dando lugar dicha diferencia a una cuantía que no estaría cubierta con fondos propios. Posteriormente se amortizarían las acciones adquiridas.

CUESTION-PLANTEADA
    1. Si la consultante podría considerar la diferencia positiva existente entre el precio de adquisición de las acciones propias y el valor de los fondos propios correspondientes a las mismas como mayor coste de adquisición de los bienes inmuebles de la compañía y con derecho de amortización fiscal y contable.
    2. O bien, si debería considerarse dicha diferencia como un fondo de comercio. En este caso, si sería amortizable fiscalmente.

CONTESTACION (resumen)

    La adquisición de acciones propias no puede generar rentas positivas o negativas. Estas se valorarán según se establece en la norma de valoración 8º del PGC.

    La amortización de acciones propias dará lugar a la reducción de capital por el importe nominal de dichas acciones. La diferencia positiva o negativa, entre el precio de adquisición y el nominal de las acciones deberá cargarse o abonarse, respectivamente, en cuentas de reservas.

    Así. la amortización de acciones propias no genera renta alguna en el Impuesto de Sociedades.

    En el caso de que procediera a contabilizar por el exceso en el precio pagado sobre el valor nominal de las acciones, un mayor valor del inmovilizado o un fondo de comercio, la amortización de estos no sería gasto deducible a efectos del Impuesto de Sociedades.

Jurisprudencia

TRIBUNAL SUPREMO

    Desestima el TS el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la empresa demandada contra sentencia dictada en proceso sobre cantidad. Explica la Sala que pese a que los pronunciamientos de las sentencias comparadas son diferentes, no es de apreciar la contradicción a efectos del recurso de casación para la unificación de doctrina desde que los supuestos de que parte cada una de ellas son sensiblemente desiguales, pues mientras que la recurrida estimó que concurrían circunstancias que aconsejaban la técnica del “levantamiento del velo” y declarar la responsabilidad solidaria de las empresas implicadas, en la de contraste las particularidades del caso eran diferentes hasta el punto de considerar que los integrantes del grupo gozaban de autonomía suficiente para calificarlas de empresas diferenciadas, sin extensión de la responsabilidad entre ellas.

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Sala Cuarta del Tribunal Supremo.
    Desempleo. Se considera a efectos del percibo de las prestaciones que el tiempo de ocupación de una médico especialista en análisis clínicos (estatutario de plantilla) de dos horas y media en un ambulatorio, equivale a ocupación o actividad a tiempo parcial, por lo que la pérdida de su trabajo por cuenta ajena para una empresa en régimen de dedicación plena, supone que puede percibir las prestaciones por desempleo, de forma proporcional con el descuento del tiempo empleado en el Instituto Catalán de Salud.
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Comentarios

A mayor libertad, más bienestar económico
Expansión 13/10/06

    Diversos estudios corroboran la tesis de que los países más prósperos son aquellos que presentan un mayor grado de libertad económica, mientras que los menos desarrollados son los más reprimidos por sus gobiernos. La ayuda externa no logra fomentar el crecimiento.

    La riqueza de un país es directamente proporcional a su grado de libertad económica. Esto, que en principio puede parecer una mera hipótesis, viene siendo corroborado año tras año a través de diversos estudios. “Los países con mayor libertad económica crecieron de forma más rápida y alcanzaron niveles de renta per cápita más elevados”, según el informe Economic Freedom of the World 2006, elaborado anualmente por el Cato Institute de EEUU y el Fraser Institute de Canadá –centros privados de investigación de políticas públicas–.
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