| PÉRDIDA
DE CONFIANZA EN LA BANCA POR INTERNET Hemos conocido a través
de la Asociación Española de Banca (AEB) que la banca que opera
tradicionalmente por Internet sufrió la retirada de cerca de 2.300 millones
de euros en depósitos como consecuencia del escándalo causado por
la estafa de los sellos de Afinsa y Fórum Filatélico. ING
Direct y Bankinter fueron los más perjudicados por la confusión
entre los pequeños ahorradores, al identificar la gestión de los
inversores filatélicos con la de las entidades financieras. Fruto de ello
hemos visto a lo largo del verano una fuerte y costosa campaña publicitaria
en televisión por parte de los entidades financieras mencionadas para tratar
de recuperar los depósitos perdidos. CONSULTA
DE LA DGT RESPECTO A PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS A SOCIEDADES COOPERATIVAS
La ampliación de un préstamo hipotecario a favor de una sociedad
cooperativa protegida que cumpla los requisitos de la ley 20/1990 sobre Régimen
Fiscal de las Cooperativas, estará exenta en los mismo términos
que la constitución del préstamo según consulta de la DGT.
La novación o modificación podrá consistir en
la modificación del plazo y del tipo de interés. LOS
EXTRANJEROS Y NO RESIDENTES COMPRARON EL 13% DE LAS VIVIENDAS
Finanzas 28/08/06
Los extranjeros y los no residentes compraron 31.342 viviendas en el primer trimestre
del año, cifra que equivale al 13,41% del total viviendas que se vendieron
en España en dicho periodo, según datos del Ministerio de Vivienda
recogidos por Europa Press. En concreto,
entre enero y marzo se vendieron en España un total de 233.669 viviendas,
cifra que representa un aumento del 18,9% respecto a la registrada en igual periodo
de 2005 y un descenso del 5,5% en relación al cuarto trimestre del año
pasado, cuando se vendieron 247.405 viviendas. Continuar
LAS
EMPRESAS FAMILIARRES DEBERÁN CAMBIAR SU RÉGIMEN FISCAL DEBIDO A
LA REFORMA DE IMPUESTOS Consumer.es 29/08/2006
Las medidas de reforma fiscal que aprobó el Congreso de los Diputados el
pasado 22 de junio y que en septiembre empezarán a debatirse en el Senado,
para su entrada en vigor el próximo 1 de enero, obligarán a muchas
empresas familiares a emprender sustanciales modificaciones en sus regímenes.
La desaparición de las sociedades patrimoniales -un régimen al que
se han acogido generalmente este tipo de entidades- podría afectarles de
forma negativa, ya que, hasta el momento, esta figura contaba con ciertos beneficios
fiscales que ahora van a desaparecer. Continuar
EL
BCE PINCHA EN HUESO: LA SUBIDA DE LOS TIPOS DE INTERÉS NO IMPIDE QUE LOS
PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS SIGAN DESBOCADOS. El Cofidencial.com
29/08/06 El Banco Central Europeo (BCE) ha pinchado en hueso. Las cuatro subidas
de los tipos de interés aplicados desde el pasado seis de diciembre -hasta
situar el tipo de intervención en el 3%- apenas han servido para contener
la evolución alcista de los precios (fundamentalmente a causa de la subida
del petróleo). Pero lo que es peor. El endurecimiento de la política
monetaria tampoco ha sido capaz de reconducir la senda alcista registrada desde
hace muchos trimestres en cuanto a concesión de préstamos, sin lugar
a dudas la principal amenaza que hoy pende sobre la estabilidad de precios.
Continuar
EL
PIB CRECIÓ UN 3,7% EN EL SEGUNDO TRIMESTRE Y EL EMPLEO, UN 3.1%
30/08/06 El Producto Interior Bruto (PIB) registró un crecimiento
interanual del 3,7 por ciento en el segundo trimestre, una décima más
que entre enero y marzo, y el empleo lo hizo el 3,1 por ciento, según datos
del Instituto Nacional de Estadística (INE). El INE, que ha revisado
una décima al alza el crecimiento del primer trimestre -hasta el 3,6 por
ciento- y el del segundo, entre abril y junio se desaceleró la demanda
interna, que creció el 4,8 por ciento, mientras que la aportación
negativa al crecimiento del sector exterior bajó tres décimas, hasta
1,1 puntos. El avance intertrimestral de la economía española
fue del 0,9 por ciento, igual que el periodo precedente, señala el INE,
que calcula que el aumento del empleo del 3,1 por ciento equivale a la creación
neta de 555.000 puestos de trabajo a tiempo completo en un año.
LA MISMA INMIGRACIÓN
QUE FAVORECE EL CRECIMIENTO ECONÓMICO AFECTA NEGATIVAMENTE
A LOS NIVELES SALARIALES Minuto Digital 30/08/07
Este crecimiento económico, que ha supuesto un aumento en los beneficios
empresariales, sin embargo no se ha traducido en una mejora de las condiciones
laborales de los trabajadores españoles. En el año 2005 la remuneración
real de los asalariados se redujo en casi un 1% y en lo que va de año un
1,4% (en términos interanuales). Es decir, a pesar de que la economía
crece, los asalariados están cada vez peor pagados. Un decrecimiento en
los incrementos salariales que ha coincidido con las regularizaciones masivas
de inmigrantes realizadas por el departamento de Caldera. Continuar LA
MODERACIÓN EN LA CREACIÓN DE EMPLEO AFECTA A LOS SALARIOS
RRHHdigital.es 31/08/2006 La moderación en el
crecimiento del empleo, que en el segundo trimestre del año fue del 3,1%,
una décima menos que de enero a marzo, hizo que también se desacelerase
la remuneración salarial, que de abril a junio aumentó el 6,4%,
una décima menos que en el trimestre anterior. Continuar EL
BCE MANTIENE LOS TIPOS DE INTERÉS EN EL 3% Elpais.es31/08/2006
El Consejo de Gobierno del Banco Central Europeo (BCE) ha mantenido
hoy los tipos de interés en el 3%, después de aplicar a comienzos
de mes una subida de un cuarto de punto que situó el precio del dinero
en el nivel más alto desde noviembre de 2002. Continuar
LAS
HIPOTECAS VARIABLES REGISTRARAN EL MAYOR ENCARECIMIENTO DE LOS ÚLTIMOS
SEIS AÑOS Diarioadn.com 31/08/06
Los hogares que revisen en los próximos días el precio de su hipoteca
tendrán que asumir el mayor encarecimiento de su préstamo de los
últimos seis años, después de que el Euribor registrase en
agosto su undécima subida consecutiva y se situase en el 3,615%. Continuar
LOS
DESPIDOS COLECTIVOS EN LA AUTOMOCIÓN SE REDUCEN UN 76% EN EL PRIMER TRIMESTRE
RRHH Digital 01/09/06 Los despidos colectivos en la
industria del automóvil se redujeron un 75,8% en los tres primeros meses
del año en relación con el mismo período del año anterior,
según datos del último Boletín de Estadísticas Laborales
del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales que recoge Europa Press. En concreto,
un total de 111 trabajadores de las plantas de automóviles se vieron afectados
por expedientes de regulación de empleo con medidas de extinción
de contratos (despidos colectivos) en el primer trimestre de 2006, frente a los
460 empleados contabilizados en el mismo período del año anterior.
Continuar
LA
REFORMA LABORAL TRANSFORMÓ EN INDEFINIDOS 124.000 CONTRATOS
La Voz de Galicia 1/09/06 Desde la entrada en vigor
de la reforma laboral el pasado 1 de julio, 124.259 empleos temporales se han
convertido en indefinidos. La vinculación fija representa ahora el 11%
del total, al registrarse en julio y agosto 253.637 contratos a tiempo completo.
En agosto del año pasado, este porcentaje era del 7%. El ministro de Trabajo
calificó de «espectacular» el alza, ya que la conversión
de contratos temporales a fijos entre julio y agosto creció casi un 200%
respecto al mismo período del 2005. Caldera afirmó que estos datos,
que, a su juicio, «son consecuencia de un plan extraordinario de incentivos»,
indican que se superará el objetivo de hacer medio millón de conversiones
en los seis primeros meses de la reforma. EL
CONCIERTO VASCO DEPENDE DE LA SENTENCIA DE LA UE SOBRE MADEIRA
Cinco Días 4/09/06 El futuro del Concierto vasco
y del convenio navarro pasa por las Azores. En concreto, por el conflicto entre
Bruselas y Lisboa sobre el régimen fiscal de ese archipiélago atlántico.
El Tribunal de Justicia de la UE tiene previsto dictaminar el próximo 6
de septiembre si la reducción del tipo de imposición en las islas
portuguesas constituye, como asegura la Comisión Europea, una ayuda de
estado. De ser así, los regímenes fiscales peculiares pueden tener
sus días contados. Continuar
AFILIACIÓN
A LA SEGURIDAD SOCIAL BAJÓ EN 187.615 PERSONAS EN AGOSTO
EFE 4/09/06. El número de afiliados a la Seguridad
Social bajó en 187.615 personas en agosto y situó el total de trabajadores
inscritos en 18.583.552 personas, informó hoy el Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales. Del total de afiliados, 14.167.817 pertenecían
al Régimen General de la Seguridad Social (167.540 menos que en julio),
y 3.029.533 al Régimen Especial de Autónomos (RETA), 3.297 menos
que un mes antes. En agosto, el número medio de afiliados al sistema descendió
en 167.964 personas respecto a julio.EFE mtd-lbm/mdo EL
PARO REGISTRADO SUBE EN 28.693 PERSONAS EN AGOSTO Reuters
04/09/06 El número de desempleados registrados en las Oficinas
de los Servicios Públicos de Empleo subió en 28.693 personas en
agosto frente al mes anterior a un total de 1.983.677, dijo el lunes el Ministerio
de Trabajo y Asuntos Sociales. En el mismo mes del año pasado, el paro
registrado subió en 29.693 personas. En valores relativos supone un incremento
del desempleo del 1,4 por ciento respecto a julio. Desde agosto de 2005, el paro
se ha reducido un 1,7 por ciento, un total de 35.433 personas
PIDEN
MEJORAR EL TRATO FISCAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Y SUS FAMILIAS
Canal Solidario.org 04/09/2006 El Comité Catalán
de Representantes de Minusválidos (COCARMI) advierte que hacerse cargo
de un familiar con discapacidad supone un elevado coste social y económico
y un nulo reconocimiento social y fiscal. Para el COCARMI, se trata
de un agravio económico, ya que según datos gubernamentales
una persona con discapacidad tiene que gastar 27.000 euros más cada año
para poder vivir como el resto de la población. Además, suele pasar
que un miembro de la familia, generalmente la mujer, tenga que renunciar
a su puesto de trabajo para cuidar de la persona dependiente. Continuar |
| Regularización
de deducciones de bienes de inversión (Art. 107 LIVA)
Artículos
objeto de comentario. Art. 107 Regularización
de deducciones por bienes de inversión.
Art. 108 Concepto de bienes de inversión.
Art. 109 Procedimiento para regularizar la deducciones por Bienes de Inversión.
Art. 110 Entregas de Bienes de Inversión
durante el período de Regularización.
Regularización de deducciones por bienes de inversión. Concepto
de bienes de Inversión. El sistema de deducción diseñado
en la Ley de IVA ley 37/1992 para los bienes de inversión, es un sistema
de deducción directo e inmediato siempre y cuando se cumplan los
requisitos exigidos por la LEY y el Reglamento : requisitos subjetivos,
objetivos, temporales y formales el sujeto pasivo podrá deducir la cuota
soporta en la adquisición de bienes de Inversión de forma
directa e inmediata. Es directa e inmediata la deducción en
el siguiente sentido: a diferencia de lo que ocurre con el coste de adquisición
de un inmovilizado que se amortiza sistemáticamente en función de
la vida útil, la deducibilidad de las cuotas soportadas no se practica
sistemáticamente en función de la vida útil de elemento (
período de regularización - 5 años o 10 para terrenos y edificaciones- )
sino que la cuota soportada se deduce directamente (previo cumplimento de
los requisitos ) en el período impositivo que se cumplan los requisitos
antedichos. Ahora bien la Ley no olvida que estas cuotas así deducidas
deberán regularizarse (es decir aumentar o disminuir la deducción
practicada) si se dan determinadas circunstancias que alteren el cumplimiento
de los requisitos iniciales. A modo de ejemplo pensemos en un agente comercial
que adquiere un vehículo para su trabajo deduciendo por ello el 100% de
la cuota soportada. Posteriormente cesa en su trabajo y el vehículo lo
destina a su uso personal. Veamos cuales son las circunstancias que
determinan la regularización de los bienes de inversión, entendiendo
por bienes de inversión (art. 108 LIVA) los bienes corporales, muebles,
semovientes o inmuebles que por su naturaleza y función están normalmente
destinados a ser utilizados como instrumentos de trabajo por un período
de tiempo superior al año. Ahora bien con objeto de simplificar el procedimiento
de regularización de bienes de inversión se excluyen de dicho concepto
todos aquellos bienes que, no obstante siendo bienes duraderos, tiene
un valor de adquisición individualizado inferior a 3.005,06 euros
excluido la cuota de IVA soportada. El período
de regularización con carácter general es de 4 años
naturales siguientes a aquel en que el sujeto pasivo realice la adquisición.
Tratándose de terrenos o edificaciones durante los 9 años siguientes
a aquel en que se realice la adquisición. Ahora bien si la utilización
efectiva o entrada en funcionamiento se inicia con posterioridad a su adquisición,
la regularización se efectúa el año en que se produzcan dichas
circunstancias y los 4 o 9 años naturales siguientes ,respectivamente ,
según la clase de bien de que se trate. Tener en cuenta que habla
de años, nunca la regularización se hará por meses
o días, sino por años naturales. (Año en que se producen
las circunstancias y los siguientes). Tal y como establece el artículo
107 1 y 2 de la Ley de IVA procede la regularización de bienes de
inversión en los siguientes casos: a)
Art. 107.1 Cuando las prorratas definitivas de cada uno de los años del
período de regularización y la que prevaleció en el año
en que se soportó las repercusión del impuesto difieran en más
de diez puntos porcentuales. (Si el sujeto pasivo no está sujeto a prorrata
no procederá la regularización de bienes de inversión por
esta circunstancia, salvo en el caso de entregas de bienes de inversión).
b) Art. 107.2 Cuando en el año de adquisición
del bien de inversión, el sujeto pasivo realice exclusivamente operaciones
que originen derecho a deducción o exclusivamente operaciones que no originen
tal derecho y, posteriormente durante los años siguientes se modificase
esta situación. (con ello se evita cualquier distorsión en
el mecanismo de la deducción). Procedimiento de regularización.
Resumidamente consiste en determinar cual hubiera
sido la cuota soportada deducible en el año en que se considera, dicha
cuota se minora por la que se soportó en el año de adquisición,
la diferencia se divide por 5 o 10 según el tipo de bien y el resultado será
el ingreso o deducción complementaria a realizar en la declaración-liquidación
del último período de liquidación del año natural
que se considera. Entrega de bienes de inversión durante el período
de regularización. La regularización
única que diseña este artículo procede en dos supuestos:
a) Si un bien de inversión es transmitido
antes de que finalice el período de regularización deberá
efectuarse una única regularización por todo el tiempo que reste
para finalizar dicho período y ello aunque no procediera en los años
anteriores la aplicación de la regla de prorrata.
b) Procederá asimismo la regularización única cuando el sujeto
pasivo destinase bienes de inversión a fines que con arreglo a lo establecido
en los artículos 95 y 96 de la LIVA determinen la aplicación de
limitaciones, exclusiones o restricciones del derecho a deducir, durante todo
el año en que se produjesen dichas circunstancias y los restantes hasta
la terminación del período de regularización. (así
el art. 95 Tres 3ª establece que "Las deducciones a que se refieren
las reglas anteriores deberán regularizarse cuando se acredite que el grado
efectivo de utilización de los bienes en el desarrollo de la actividad
empresarial o profesional es diferente del que se haya aplicado inicialmente".
El procedimiento a seguir en la regularización
única por la entrega de bienes de inversión es:
- Si la entrega de los bienes está sujeta y no exenta la prorrata aplicable
es del 100% por todo el año en que se realice la entrega y los años
que resten del período de regularización.(Exportaciones o entregas
intracomunitarias prorrata del 100%). - Si la entrega
esta no sujeta o exenta , la prorrata es del 0% tanto en ese año como en
los restantes del período. Como límite
a la posible deducción adicional se establece la cuota repercutida al adquirente
del bien revendido. Dicha regularización no
procede en el caso de transmisión del patrimonio empresarial o profesional
o de ramas de actividad no sujetas al impuesto en cuyo caso el adquirente de los
bienes debe practicar la regularización de las deducciones al subrogarse
en la posición del transmitente. El
ejercicio de la opción de compra en el Lease back. Un caso práctico
II. En
el anterior
número del Boletín Supercontable, se desarrolló un caso
práctico de un contrato de leasing. En él se detalló todo
el proceso de la firma del contrato y de amortización del derecho.
Ahora vamos a exponer la última fase del proceso
que consiste en el ejercicio de la opción de compra.
A 1 de diciembre de 2020 se ejerce la opción de compra. Antes de eso hay
que registrar la amortización del ejercicio que le corresponde al derecho.
| 45.833,33 | Amortización
del inmovilizado inmaterial |
Amortización acumulada del inmovilizado inmaterial |
45.833,33
|
| -------------------- | ----------------------- | |
Por la opción del derecho, que
en este caso corresponde con el pago de la última cuota.
| 89.941.10
14.390,57
| Acreedores
por arrendamiento financiero a corto plazo (528) H.P IVA soportado (472) |
a Banco c/c |
104.331,67
| | | -------------------- | ----------------------- | |
| 1.104.167 | Elementos
de trasporte (228) |
a Derechos sobre bienes en régimen de arrendamiento financiero (217)
|
1.104.167
| | | -------------------- | ----------------------- | |
Por los intereses devengados en la
última cuota de leasing
| 3.171 | Intereses
de leasing (62x) (3.459,27 x 11/12) |
a Gastos por intereses diferidos (272) |
3.171
|
| | -------------------- | ----------------------- | |
Por la reclasificación de la
amortización acumulada
| 750.000 | Amortización
acumulada del inmovilizado inmaterial (1.500.000 /30 x 15) |
a Amortización acumulada del inmovilizado material |
750.000
|
| | -------------------- | ----------------------- | |
A partir de este
momento el buque vuelve a ser de nuestra propiedad. En el balance vendrá
reflejado, a 1 de diciembre de 2020, de este modo. Elementos
de transporte 1.104.167
Amortización acumulada 750.000
Valor neto 354.167
Vida útil pendiente, 7 años y un mes La
Creación de Empresas en España
El Consejo Superior de Cámaras de Comercio ha realizado un estudio sobre
la empresa en España, analizando el proceso de creación, desarrollo
y destrucción, aportando datos útiles para la planificación
de políticas dirigidas al fomento y consolidación de empresas.
Del estudio caben destacar varios aspectos:
En España hay 65 empresas por cada 1.000 habitantes. Por regiones están
por encima de la media Baleares, Cataluña y Madrid y por debajo Extremadura
y Andalucía. Por sectores los servicios concentra el 79.5 % de las empresas.
Por tamaño, el número de trabajadores medio de las empresas es de
4 generando un valor añadido bruto de 148.450 euros por empresa.
Respecto a la evolución y suerte de las empresas, la mitad de las empresas
no sobrevive más de cuatro años después de su creación.
El estudio precisa
que, en el primer año de existencia, el 80% de los negocios sigue activo,
porcentaje que se reduce al 70% en el segundo año.
De este modo queda claro que las empresas españolas encuentran las mayores
dificultades para seguir en activo los primeros años de actividad. De las
empresas que se crearon en 1996 sólo permanecieron en activo en el 2000
el 53% como media en España, sin embargo en Andalucía el porcentaje
se reduce al 47.7%.
Las empresas industriales logran mayores tasas de supervivencia, sin embargo la
empresas de pequeña dimensión son las más vulnerables a la
desaparción durante sus primeros años. Sólo el 49.2% de estas
empresas sin asalariados permanecieron en activo tras cuatro años de actividad.
En el caso de estas empresas que cuentan entre 2 y 5 asalariados el porcentaje
de supervivencia se elevó hasta el 62%. La empresas con 6 o más
asalariados son las que más consiguen consolidarse con un 75% de éxito.
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