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ANDORRA
FIJA EN TORNO AL 13% EL TIPO DEL IMPUESTO DE SOCIEDADES
Cinco Días 01/08/07
El Gobierno andorrano ha iniciado este año una profunda reforma
para abrir el país a la inversión extranjera, sobre todo,
en el sector de la industria, de los servicios y de las nuevas tecnologías.
Para equiparse a la legislación europea y sacarse la etiqueta de
paraíso fiscal, el Ejecutivo creará un impuesto de sociedades
-hasta ahora no tenía- cuyo tipo de gravamen rondará el
13%, uno de los más bajos de Europa.
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EL
EURIBOR SIGUE SU ASCENSO Y SE SITÚA EN EL 3.546%
Expansión 31/07/06
El Euribor, el indicador más utilizado para fijar el tipo de interés
de las hipotecas, subió en julio por décimo mes consecutivo
hasta el 3,546%, el nivel más alto desde agosto de 2002, con lo
que las cuotas de este tipo de préstamos siguen encareciéndose.
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EL
BBVA DICE QUE EL PIB SERÁ ESTE AÑO DEL 3.6%, PERO CAERÁ
AL 3% EL PRÓXIMO AÑO.
La Razón 1/08/06
La economía española registrará un crecimiento del
PIB del 3,6% durante este año, dos décimas por encima del
año pasado (3,4%), motivada por la tímida recuperación
europea y por el aumento de la inversión, según un informe
del Servicio de Estudios de BBVA presentado ayer.
El estudio de la entidad presidida por Francisco González rebaja
en dos décimas el crecimiento que pronosticó el Ejecutivo
el pasado viernes, de un 3,2%, para el próximo año. Según
BBVA, en 2007, la economía española registrará una
desaceleración de seis décimas con respecto a este año,
y crecerá a un ritmo del 3%.
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LAS
FAMILIAS DESTINAN YA EL 40,9% DE SUS INGRESOS A LA COMPRA DE VIVIENDA
ABC 2/08/07
A pesar de que las tasas de morosidad de los bancos continúan bajando
y se sitúan en mínimos históricos, no deja de ser
preocupante que las familias españolas tengan que dedicar ya una
media del 40,9% de sus ingresos brutos a la compra de la vivienda, según
los datos que maneja el Banco de España respecto al segundo trimestre
de este año.
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EL
ENDEUDAMIENTO DE LAS EMPRESAS CRECE UN 25%, EL MAYOR RITMO EN 10 AÑOS
El País 02/07/06
Las familias no son las únicas que se endeudan para financiar sus
compras. Las empresas españolas recurren cada vez más a
los créditos de bancos y cajas para hacer frente a sus proyectos
y planes de expansión. Por primera vez en los últimos 10
años, el ritmo al que crecen sus deudas ha alcanzado la tasa del
25%, según los últimos datos disponibles del Banco de España
correspondientes al pasado mayo.
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LAS
VENTAS DE COCHES CAYERON UN 5% EN JULIO Y CIERRAN EN NEGATIVO EL PRIMER
SEMESTRE
La Razón 02/08/06
Nuevo descenso en las cifras de matriculaciones. Julio ha continuado la
tendencia de los últimos meses con un saldo negativo de las matriculaciones
de automóviles de turismo del orden de un 5% respecto a las ventas
registradas en el mismo mes del pasado año. Las dos asociaciones
de fabricantes no se ponen de acuerdo. Los nacionales estiman la caída
en un 5,1% y los importadores creen que ha sido del 4,9. Las diferencias
son debidas a criterios contables y a las matriculaciones ficticias que
los concesionarios de las marcas llevan a cabo habitualmente para cerrar
el semestre de la mejor manera posible.
LOS
TRABAJADORES AFECTADOS POR ERE's DESCENDIERON UN 31% HASTA ABRIL PERO
HUBO MÁS DESPIDOS COLECTIVOS.
El Economista.es 02/07/06
El número de trabajadores afectados por expedientes de regulación
de empleo (ERE"s) autorizados por el Ministerio de Trabajo y Asuntos
Sociales ascendió a 15.393 en los primeros cuatro meses del año,
lo que supone un descenso del 31,1% respecto al mismo periodo de 2005,
según datos del Boletín de Estadísticas Laborales
(BEL).
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ALARMA
POR LA PROLIFERACIÓN DE USUREROS EN LA REFINANCIACIÓN DE
HIPOTECAS, CON INTERESES DE HASTA EL 60%
El Confidencial.com 02/07/06
Intereses abusivos que en ocasiones alcanzan el 60% y honorarios de más
de 20.000 euros por operación intermediada. Estas son las cifras
que se manejan en algunas modalidades de refinanciaciones hipotecarias
y, más concretamente, en las denominadas de alto riesgo.
A saber: aquellas en las que las familias tienen que acudir a prestamistas
(usureros) y supuestos asesores financieros para conseguir
el dinero que les permita unificar todos sus préstamos.
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EL
ALZA DE TIPOS DEL ÚLTIMO AÑO COSTARÁ 13.000 MILLONES
A EMPRESAS Y FAMILIAS
Cinco Días 04/08/06
La nueva subida de tipos de interés hasta el 3% le va a salir cara
a la economía española. Con el alza de 0,25 puntos acordada
ayer, el precio del dinero se ha encarecido un punto porcentual desde
diciembre pasado y eso le va a costar a las familias y las empresas españolas
cerca de 13.000 millones de euros al año como mínimo, según
distintos cálculos. Esta cantidad se repartirá entre lo
que pagarán las familias -que oscilará entre 6.300 y 7.300
millones- y el coste para las empresas que podría situarse en torno
a los 6.500 millones de euros.
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EL
BCE SUBE LOS TIPOS AL 3% Y ABRE LA PUERTA A NUEVAS ALZAS
La Gaceta de los Negocios 04/08/06
Como se esperaba, el Banco Central Europeo (BCE) se fue ayer de vacaciones
subiendo los tipos de interés un cuarto de punto, desde el 2,75%
al 3%, la cuarta alza desde diciembre que sitúa el precio del dinero
en el nivel más alto desde noviembre de 2002. La novedad es que
por primera vez lo hace a los dos meses de la última subida y no
a los tres, como era habitual desde que en diciembre de 2005 se decidió
a poner punto y final a la política de tipos bajos.
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LOS ESPAÑOLES
TRABAJAN DOS HORAS MÁS A LA SEMANA QUE LOS EUROPEOS
ABC 07/08/06
Los asalariados españoles tienen menos vacaciones pagadas y trabajan
más que los europeos, según datos de Eurostat difundidos
ayer por UGT. En concreto, los españoles trabajan 38,2 horas semanales,
cifra que rebasa en casi dos horas la media de la UE-25 (36,3 horas semanales)
y que sólo superan los países del Este y Grecia.
De esta forma, los asalariados españoles se sitúan entre
los que más horas efectivas trabajan en toda la UE. En el resto
de países, los asalariados trabajan menos horas a la semana que
los españoles. Las cifras más bajas corresponden a Países
Bajos, Dinamarca, Suecia, Bélgica, Reino Unido, Irlanda, Francia,
Alemania y Finlandia.
Teniendo en cuenta sólo a los asalariados a tiempo completo, también
España es uno de los países con mayor número de horas
trabajadas a la semana, un total de 41, frente a las 40 de la media de
la UE-25.
LAS CENAS DE EMPRESA
DE NAVIDAD SE RESERVAN COMO LAS BODAS
El Semanal Digital 07/08/06
Muchas empresas organizan una fiesta de Navidad para sus empleados que
suele consistir en una comida o cena en un restaurante. Aunque parezca
mentira, gran parte de las empresas comienzan a preparar sus comidas o
cenas de Navidad con muchos meses de antelación
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EL GOBIERNO ULTIMA
UNA NORMA PARA FRENAR LOS ABUSOS EN LA VENTA DE PISOS
La Verdad 07/08/06
El Ministerio de Vivienda ha acelerado sus trabajos para cerrar antes
de final de año una norma con la que luchar contra la especulación
y las prácticas abusivas en la intermediación inmobiliaria.
Un texto, cuya fórmula legal está aún por definir,
mediante el que se obligará a los intermediarios a inscribirse
en un registro público y a contratar un elevado seguro de responsabilidad
civil. El objetivo de María Antonia Trujillo, que trabaja en colaboración
con los agentes de la propiedad y el resto del sector, es multiplicar
la seguridad jurídica de los ciudadanos y evitar muchos de los
problemas que sufren hoy quienes caen en manos de mediadores sin escrúpulos.
En caso de incumplimiento reiterado, las sanciones podrían llegar
a los 30.000 euros, según fuentes del sector.
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EL
GOBIERNO APROBARÁ EL ESTATUTO DEL TRABAJADOR AUTÓNOMO EL
8 DE SEPTIEMBRE
V lex 03/08/06
El presidente de la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos,
Lorenzo Amor, ha anunciado que el Consejo de Ministros dará luz
verde al Estatuto el próximo 8 de septiembre. El texto, que supone
un gran logro para los autónomos, cuenta con el apoyo de los diferentes
asociaciones del sector.
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IVA.
Deducciones. Ley 37/1992: Arts. 94, 95 y 97
Para que una factura sea considerada deducible, no
es suficiente con que reúna los requisitos formales, sino que también
es preciso acreditar que los servicios se han prestado por otro sujeto
pasivo del impuesto, que es el que debe expedir la factura.
Del examen de la normativa que regula el IVA se desprende
que para que unas cuotas sean consideradas deducibles no es suficiente
con la aportación de una factura que reúna los requisitos
formales exigidos por la normativa, sino que también se debe acreditar
por el sujeto pasivo que efectivamente se han realizado "las entregas
de bienes y prestaciones de servicios" y que las mismas lo han sido
por otro sujeto pasivo del impuesto que debe ser el que expide la factura
acreditativa, según lo establecido en el art. 97 de la Ley de IVA,
así como que los bienes y servicios adquiridos se han utilizado
en las realización de las operaciones a que se refiere el art.
94 de la citada ley y que se afecten directa y exclusivamente a la actividad
empresarial según lo establecido en el art. 95.
Así en un procedimiento de comprobación
por parte de Gestión o Inspección el obligado tributario
debe demostrar que se dan los requisitos no sólo formales sino
también aquellos que permitan verificar que las operaciones que
dan derecho a deducir y por las que se ha deducido el obligado tributario
se han materializado efectivamente. No bastan las meras declaraciones
del obligado tributario es necesario la prueba de la realidad efectiva.
En ocasiones resulta patente que el emisor de la factura carece de los
medios materiales y humanos para la realización de la entrega de
bienes o prestación de servicios por los que se ha deducido el
obligado tributario, este es el caso de los contribuyentes en estimación
objetiva (en módulos) que se dedican a emitir facturas "falsas",
es decir facturas que no van seguidas de una entrega de bienes o
prestación de servicio y que constituyen un elemento fundamental
en el ámbito del fraude fiscal.
Contratos
de venta en firme. Imputación de costes. Un caso práctico.
Una empresa se dedica
a servios de consultoría. Se le encarga el 1 de septiembre un estudio,
por el que cobrará 60.000 euros, el 20% al comenzar el el resto
a su finalización en un plazo de 10 meses.
Los gastos del estudio se estiman en un 70% del precio
de venta. A 31 de diciembre el coste efecutado es de 12.000 euros quedando
pendiente de ejecución el 80% del proyecto. Además se sabe
que por diferentes circunstancias el coste total de producto subirá
unos 15.000 euros aproximadamente.
Por la firma del contrato y la obtención del
anticipo en septiembre hacemos lo siguiente:
| 12.000 |
Banco |
a Anticipos de clientes
|
12.000
|
| |
------------------- |
--------------------- |
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Por los costes realizados
hasta 31 de diciembre:
| 12.000 |
Gastos del estudio (62_) |
Banco |
12.000
|
| |
------------------- |
--------------------- |
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Hacemos una tabla para
la comparación de los costes realizados y de los pendientes de
realizar para comprobar la evolución del pedido.
| Precio de venta |
60.000
|
| Coste estimado (70%) |
42.000
|
| Coste efectivo al 20% |
12.000
|
| Coste pendiente (80%) |
33.600
|
| Incremento extraordinario
de coste |
15.000
|
| Desviación en la
estimación (provisión) |
600
|
Así los gastos
se han elevado por encima de lo previsto, ya que éste se situaba
al 20% en 8.400 euros y ha resultado de 12.000, por lo que hay que dotar
una provisión para reflejar este resultado. Sin embargo, antes
hay que activar los productos en curso.
Según señala la Resolución de
9 de mayo de 2000, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de
Cuentas, por la que se establecen criterios para la determinación
del coste de producción.
"El coste de producción de los bienes fabricados
o construidos por la propia empresa se obtiene añadiendo al precio
de adquisición de las materias primas y otras materias consumibles
los demás costes directamente imputables a dichos bienes. Deberá
añadirse la parte que razonablemente corresponda de los costes
indirectamente imputables a los bienes de que se trata, en la medida en
que tales costes correspondan al período de fabricación
o construcción. Se permite la inclusión de los gastos financieros
en el coste de producción, siempre que tales gastos se hayan devengado
antes de la puesta en condiciones de funcionamiento del activo y hayan
sido girados por el proveedor o correspondan a préstamos u otro
tipo de financiación ajena, destinada a financiar la fabricación
o construcción. En este caso, su inscripción en el activo
deberá señalarse en la Memoria."
Así pues, activamos los servicios en curso por
el coste incurrido
| 12.000 |
Servicios en curso |
a Variación de existencias de productos en curso |
12.000
|
| |
------------------- |
--------------------- |
|
La norma antes citada, también incluye lo siguiente
respecto de los productos en curso
Si los bienes que hubieren sido objeto de un contrato
de venta en firme cuyo cumplimiento deba tener lugar posteriormente no
serán objeto de la corrección valorativa indicada en el
párrafo precedente, a condición de que el precio de venta
estipulado en dicho contrato cubra, como mínimo, el precio de adquisición
o el coste de producción de tales bienes, más todos los
costes pendientes de realizar que sean necesarios para la ejecución
del contrato.
De este modo.
| 600 |
Dotación a la provisión
de productos curso |
Provisión por depreciación de productos en curso |
600
|
| |
------------------- |
--------------------- |
|
Al año siguiente entregaremos el servicio y
cobraremos su importe. (hacemos omisión de impuestos). También
sabemos que el costo total del servicio ascendió a 48.000 euros.
Por la entrega y cobro del servicio
12.000
42.000 |
Banco
Anticipos de clientes |
Prestación de
servicios
|
60.000
|
| |
------------------- |
--------------------- |
|
Por la baja de la provisión
| 3.600 |
Provisión
por depreciación de productos en curso |
Provisión de existencias aplicada |
3.600
|
| |
------------------- |
--------------------- |
|
Por la baja del producto
en curso
| 12.000 |
Variación
de existencias de productos en curso |
Servicios en curso |
12.000
|
| |
------------------- |
--------------------- |
|
El resultado del servicio,
teniendo en cuenta su coste y el ingreso obtenido sería el siguiente.
| Precio de venta |
60.000
|
| Coste estimado (70%) |
42.000
|
| Coste efectivo |
48.000
|
| Desviación en la
estimación |
6.000
|
| Resultado |
+ 12.000
|
Límites previstos para la presentación
de cuentas anuales abreviadas.
El Proyecto de Ley de
Reforma y Adaptación de la legislación mercantil en materia
contable para su armonización internacional con base en la Normativa
de la UE, pretende modificar los límites establecidos para la presentación
de cuentas anuales abreviadas, así como, consecuentemente, la ampliación
de los límites para someter las cuentas a auditoría.
A este respecto cabe
destacar lo siguiente:
1. El artículo
203.2 de la LSA dispone que se exceptúa de la obligación
de verificación de las cuentas anuales, por auditores de cuentas,
a las sociedades que puedan presentar balance abreviado.
2. El artículo
43.1 del Código de Comercio no están obligados a efectuar
la consolidación el conjunto de sociedades que no sobrepase dos
de los límites señalados por la Ley de Sociedades Anónimas
para la formulación de la cuenta de pérdidas y ganancias
abreviada.
Así, el incremento
de límites respecto de al práctica de auditoria de cuentas,
en caso de que el Proyecto de Ley se aprobado en los mismos términos
en los que está redactado, debe calcularse sobre las siguientes
magnitudes.
Cuentas individuales,
sobre las cifras del balance abreviado.
Cuentas
consolidadas, sobre las cifras de la cuenta de pérdidas y ganancias
abreviada.
Importes calculados sobre balance y memorias abreviados
( Según el artículo
181.1. de LSA.)
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Ahora
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Proyecto
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| Total Activo |
2.373.997,81
|
3.080.000
|
| Importe neto cifra negocios |
4.747.995,63
|
6.160.000
|
| Nº de trabajadores |
50
|
50
|
Importes calculados sobre la cuenta de
pérdidas y ganancias abreviada, art. 190 de LSA
|
Ahora
|
Proyecto
|
| Total Activo |
9.495.991,25
|
12.320.000
|
| Importe neto cifra negocios |
18.991.982,50
|
6.160.000
|
| Nº de trabajadores |
250
|
250
|
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MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y HACIENDA (BOE n. 183 de 2/8/2006)
RESOLUCIÓN de 21 de julio de 2006, de la Dirección General
de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que
se establece el procedimiento para la recepción por el Estado español
de los ingresos procedentes de otros Estados y territorios dependientes
o asociados, por aplicación de la Directiva 2003/48/CE, del Consejo
de la Unión Europea, de 3 de junio de 2003.
PDF
(3 págs. - 108 KB.)
COMUNIDAD
AUTÓNOMA DE CANTABRIA (BOE n. 184 de 3/8/2006)
LEY 5/2006, de 25 de mayo, de medidas urgentes de carácter fiscal.
PDF
(2 págs. - 66 KB.)
COMUNIDAD AUTÓNOMA
DE ANDALUCÍA (BOE n. 185 de 4/8/2006)
LEY 4/2006, de 23 de junio, de Asociaciones de Andalucía.
PDF
(7 págs. - 206 KB.)
MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y HACIENDA (BOE 185 de 4/8/2006)
Resolución de 26 de julio de 2006, de la Dirección General
de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que
se delega la competencia en materia de ordenación de pagos de devoluciones.
PDF
(1 págs. - 48 KB.)
MINISTERIO DE
INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO (BOE n. 186 de 5/8/2006)
Real Decreto 846/2006, de 7 de julio, por el que se derogan diferentes
disposiciones en materia de normalización y homologación
de productos industriales.
PDF
(2 págs. - 62 KB.)
COMUNIDAD
AUTÓNOMA DE CANTABRIA
(BOE n. 186 de 5/8/2006)
LEY 8/2006, de 27 de junio, de Estructuras Comerciales de Cantabria.
PDF
(9 págs. - 273 KB.)
COMUNITAT VALENCIANA
(BOE n. 186 de 5/8/2006)
LEY 7/2006, de 9 de junio, de modificación de la Ley 6/1998, de
22 de junio, de ordenación farmacéutica de la Comunitat
Valenciana.
Más...
PDF (3 págs. - 86 KB.)
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CONSULTA
VINCULANTE
FECHA-SALIDA 30/05/2006 (V1018-06)
NORMATIVA Ley 58/2003, art. 35.4; R.D. 338/1990
DESCRIPCION-HECHOS
Se formaliza la constitución de una comunidad de bienes.
CUESTION-PLANTEADA
Obtención del Número de Identificación Fiscal por
parte de la comunidad de bienes
CONTESTACION (resumen)
Las comunidades
de bienes tendrán un Número de Identificación Fiscal
para sus relaciones de naturaleza o con trascendencia tributaria. Además,
según establece el artículo 2 del Real Decreto 338/1990,
el Número de Identificación Fiscal será el Código
de Identificación que se le asigne, de acuerdo con el Decreto 2423/1975,
de 25 de septiembre, por el que se regula el Código de Identificación
de las personas jurídicas y Entidades en general.
Además, según el artículo 10 del
Real Decreto 338/1990, "cuando se trate de personas jurídicas
y entidades sin personalidad jurídica que vayan a realizar actividades
empresariales o profesionales, deberán solicitar su Número
de Identificación Fiscal antes de la realización de cualesquiera
entregas, prestaciones o adquisiciones de bienes o servicios, de la percepción
de cobros o el abono de pagos, o de la contratación de personal
laboral, efectuados para el desarrollo de su actividad. En todo caso,
la solicitud se formulará dentro del mes siguiente a la fecha de
su constitución o de su establecimiento en territorio español.
La solicitud se efectuará
mediante la presentación de la oportuna declaración censal
de alta regulada en el artículo 7 del Reglamento por el que se
regulan determinados censos tributarios, en la que se harán constar
las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del mencionado artículo
en la medida en que se produzcan o sean conocidas en el momento de la
presentación de la declaración."
Ver
documento
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Ampliación
del plazo para el delito fiscal
Crónica Virtual de Economía 01/08/06
El Gobierno tiene el propósito de ampliar el
período de prescripción de los delitos fiscales hasta diez
años, frente a los cinco de la actualidad. Con ello se ahondará
aún más la diferencia entre la prescripción para
la sanción administrativa que es de cuatro años. Los problemas
serán aún mayores por esta disociación entre una
y otra prescripción.
"Con la excusa
de que puede haber delito fiscal ¿podrá la Inspección
iniciar actuaciones por lo que ocurrió diez años atrás?.
Nos tememos que sí"
Inicialmente, el período de prescripción
de ambas infracciones coincidía en cinco años pero, al reducirse
el plazo para la prescripción fiscal por la Ley de Derechos y Garantías
del Contribuyente, en 1998, no se adaptó el Código Penal
a la nueva situación con lo que se producen paradojas que, todavía,
no han llegado a sus últimas consecuencias, al ser la diferencia
de un año tan solo, entendiendo se harán insostenibles en
el futuro.
Comenzamos advirtiendo
que el delito fiscal se investiga por la Inspección de Hacienda,
a su iniciativa. El Ministerio Fiscal puede también tomarla pero
es una excepción. Su actuación se refiere al período
no prescrito para ella. Así, si hoy inicia una inspección,
solicitará la documentación referida a los años 2002
y siguientes porque el ejercicio 2001 estará prescrito, a efectos
del Impuesto sobre Sociedades e IRPF. No va más atrás. En
función de lo que compruebe, puede bien acabar ella el expediente,
porque solo exista una infracción administrativa o, bien, puede
remitir lo ya hecho por ella al Ministerio Fiscal para que presente la
correspondiente querella.
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La
nueva arquitectura de los entornos de trabajo
Cinco
Días 02/08/06
La espiral de ahorro de costes y la ambiciosa búsqueda de la eficiencia
en los modelos de gestión están teniendo su reflejo en un
nuevo planteamiento del espacio en las oficinas. El ahorro no es incompatible
con la estética. Los lazos entre arquitectos y diseñadores
se estrechan y hace tiempo que profesionales de renombre colaboran con
empresas de mobiliario de oficinas para crear entornos de trabajo más
flexibles y adaptados a las nuevas necesidades de los usuarios. Arquitectos
de prestigio como Frank Lloyd Wright ya pusieron sus ideas al servicio
de la mejora de la productividad en entornos laborales. Más recientemente,
Norman Foster y otras figuras de renombre se suman a esta tendencia.
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