Boletín nº 24.- 31/07/2006


NOTICIAS

Las empresas familiares se oponen a la «imposición» por ley de la cuota femenina (+)

La deuda de las familias subirá hasta el 142% de su renta en 2007 (+)

La CE pide a España que no discrimine fiscalmente los dividendos (+)

El 63% de los gerentes de pymes no conoce la nueva Contabilidad Internacional (+)

CE propone prorrogar hasta 2010 el IVA reducido para peluquerías y servicios de albañilería en España (+)

Elevado seguimiento de la huega de los técnicos de Hacienda (+)

El IPC armonizado se mantiene en e l 4% en julio (+)

El 82,6% de los trabajadores tiene ya cláusula de revisión salarial en su convenio, según CC.OO. (+)

Los españoles dedican más de cuatro meses de trabajo al pago de impuestos (+)

La ley concursal incumple todas las expectativas a los dos años de su aprobación (+)


ARTÍCULOS

Preguntas habituales de las empresas de promoción inmobiliaria. (+)

Tributación en el IRPF por la venta de un terreno agrícola en curso de urbanización (+)


COMENTARIOS

La creciente polarización social (+)

Ajustes del impuesto sobre el patrimonio (+)


JURISPRUDENCIA

Tribunal Constinucional. Devolución de ingresos indebidos en el impuesto indirecto canario (+)


CONSULTAS TRIBUTARIAS

Consulta vinculante. Préstamo entre sociedades vinculadas. Devengo y retención en intereses (+)


NOVEDADES LEGISLATIVAS

REAL DECRETO 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (+)

Resolución de 11 de julio de 2006, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se delega la competencia de instrucción del procedimiento de responsabilidad patrimonial. (+)

RESOLUCIÓN de 12 de julio de 2006, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se crea el Registro Telemático de la Agencia Española de Protección de Datos. (+)

RESOLUCIÓN de 21 julio de 2006, de la Subsecretaría, por que se dispone la publicación del Acuerdo suscrito entre el Ejército del Aire y la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de encomienda de determinadas actividades en el ámbito de las operaciones de vigilancia aduanera. (+)


 

Versión en pdf para imprimir


RCR Proyectos de Software
e-mail rcr@rcr.es


Noticias

LAS EMPRESAS FAMILIARES SE OPONEN A LA "IMPOSICIÓN" POR LEY DE LA CUOTA FEMENINA
La Razón 24/07/06
La Ley de Igualdad propuesta por el Gobierno, que se tramita en la actualidad en el Congreso de los Diputados, cuenta con otra oposición más. Las empresas familiares rechazan de plano la «imposición» de cuotas en los consejos de administración. El Instituto de la Empresa Familiar (IEF) muestra su desacuerdo en el último número de su revista corporativa, en la que, sin embargo, aplaude las intenciones de la nueva normativa.
Continuar

LA DEUDA DE LAS FAMILIAS SUBIRÁ EL 142% DE SU RENTA EN 2007
ABC 25/07/06
El endeudamiento de las familias españolas podría elevarse hasta el 142% de su renta disponbible en 2007. Así lo vaticina un estudio realizado por Caixa Catalunya, en el que se expone que el nivel de deuda de los españoles ha crecido a un ritmo vertiginoso desde 1998 y «seguirá aumentando en los dos próximos años».
Continuar

LOS INGRESOS POR EL IMPUESTO DE SOCIEDADES SE DISPARAN UN 21% EN EL PRIMER SEMESTRE
Cinco Días 26/07/06
El vicepresidente económico, Pedro Solbes, presentó ayer por separado a la patronal CEOE y a los sindicatos Comisiones Obreras y UGT las líneas generales de los Presupuestos del Estado para 2007, en los que el Gobierno respetará todos los compromisos sociales contraídos en los últimos meses. Las centrales demandaron liderazgo político a Solbes para frenar la escalada de gasto de comunidades y ayuntamientos.
Continuar

LA CE PIDE A ESPAÑA QUE NO DISCRIMINE FISCALMENTE LOS DIVIDENDOS
Finanzas.com 26/07/2006
La Comisión Europea pidió hoy a España que acabe con la discriminación fiscal a los dividendos pagados a empresas extranjeras (dividendos salientes), que en la actualidad están sujetos a un gravamen más elevado que el se aplica a los dividendos que reciben las compañías del país (dividendos nacionales).
Continuar

LOS AUTÓNOMOS TENDRÁN UN SEGURO DE PARO PÚBLICO Y OBLIGATORIO
Norte de Castilla 26/07/06
Los autónomos tendrán un seguro de desempleo público, obligatorio y contributivo de acuerdo con las negociaciones mantenidas entre el Ministerio de Trabajo y organizaciones representativas de los ocupados por cuenta propia, según afirmó el presidente de la Federación Nacional de Autónomos (ATA), Lorenzo Amor. «El Gobierno sabe lo que ha negociado y no conozco a ningún autónomo que no esté dispuesto a pagar más para recibir mejor protección», añadió. De esta manera, ATA salió al paso del plan expuesto por responsables del Ministerio el pasado lunes, cuando condicionaron una cobertura especial para los autónomos, en caso de cese involuntario de la actividad profesional, a la decisión de los propios trabajadores.
Continuar

EL 63% DE LOS GERENTES DE PYMES NO CONOCE LA NUEVA CONTABILIDAD INTERNACIONAL
Finanzaz 20/07/
06

El 63,3% de los gerentes de pymes declaran no conocer o conocer muy poco las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) y el 72,6% dice desconocer la reforma prevista en España para la adaptación del Plan Contable español, según un estudio elaborado por el Consejo General de Colegios de Economistas de España.
Continuar

LA CE PROPONE PRORROGAR HASTA 2010 EL IVA REDUCIDO PARA PELUQUERÍAS Y SERVICIOS DE ALBAÑILERIA EN ESPAÑA
Interbusca 27/07/06
La Comisión Europea propuso hoy formalmente prorrogar hasta el año 2010 el tipo de IVA reducido para los servicios que requieren una gran cantidad de mano de obra y que España seguirá aplicando para peluquerías y servicios de albañilería (un 7% en lugar del 16%).
Continuar

EL DÉFICIT COMERCIAL DE ESPAÑA AUMENTÓ UN 19.6% HASTA MAYO
El Mundo 27/07/06
El déficit comercial de España se situó en 35.527,7 millones de euros en los cinco primeros meses del año, lo que supone un incremento del 19,6% respecto al mismo periodo del año anterior. Según el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, este dato prolonga el "perfil de desaceleración" que mostró este indicador a lo largo de 2005.
Continuar

LOS CLIENTES DE ING RETIRARON EN MAYO 1.200 MILLONES, TRAS EL ESCÁNDALO DE LOS SELLOS
La Razón 27/07/06
La intervención judicial de Afinsa y Fórum Filatélico el pasado 9 de mayo pasó factura a ING Direct, que vivió el peor mes de su historia. Los clientes del banco retiraron de la entidad en dicho mes 1.200 millones de euros, casi el 10% de la cartera total, de acuerdo con los balances publicados ayer por la Asociación Española de Banca (AEB). Los depósitos de clientes pasaron de abril a mayo de 13.819 millones de euros a 12.613 millones, como consecuencia del pánico creado entre los ciudadanos en todas aquellas inversiones cuya remuneración estaba por encima de la media del mercado. Un gran número de ahorradores empezó a recelar de los intereses que pagaba la banca on-line por los depósitos y optaron por desviar sus ahorros hacia los sistemas tradicionales. Esta circunstancia se unió a algunos rumores que surgieron en el mercado financiero acerca de la viabilidad de la entidad financiera en España, lo que se tradujo, según Efe, en la pérdida de la mitad del dinero captado en los doce meses anteriores.
Continuar

IMPORTANTE INCREMENTO DE LA RECAUDACIÓN TRIBUTARIA
Todos los medios económicos se hacen eco de la informacion suministrada por el Secretario de Esatado de Hacienda y Presupuestos, Carlos Ocaña sobre la evolución favorable de la recaudación de ingresos fiscales tanto indirectos (ligados al consumo) como de los directos. En especial es de destacar la recaudación del Impuesto de sociedades con un espectacular incremento del 21,3% . Ello se debe fundamentaslmente al buen momento de los resultados empresariales.

AGOTAMIENTO DE LOS YACIMIENTOS DE PETRÓLEO
Las reservas de petróleo al mínimo: segun un estudio realizado por la Fundación de cajas de Ahorro, queda petróleo para los próximos 40 años. Además las reservas principales se situan en Irán, Irak y Oriente Medio  con la incent¡dumbre politica que allí se vive actuamente no es fácil pronunciarse sobre la disponibilidad y el precio de dicho recurso natural: es hora de las fuentes alternativas de energia y abrir de nuevo el devato sobre la energía nuclear.

ELEVADO SEGUIMIENTO DE LA HUELGA DE LOS TÉCNICOS DE HACIENDA
Exitoso seguimiento de la huelga convocada para el día 20 de Julio del 2006 por los Técnicos  de la AEAT y del Ministerio de Economía y Hacienda en reclamación de lo que consideran justas reivindicaciones que se resumen del modo siguiente: mayores competencias en orden a la resolución de los expedientes que trabajan, es decir, reconocimiento legal de las funciones que en realidad realizan a diario. Creación de un cuerpo superior técnico (que no Inspectores de Finanzas), donde se reconozca precisamente dichas competencias, y por último mayores retribuciones en orden al reconocimiento  legal efectuado. Según el propio sindicado el seguimiento fue secundado en determinadas provincias al 100% en las diferentes  áreas de la AEAT y del Ministerio. En los próximos días se esperan  acercamientos entre el Sindicato GESTHA, la Dirección de la AEAT y el Ministerio y los representantes de APIFE (Sindicato que representa a los inspectores de Finanzas y a a los Interventores, ambos pertenecientes al grupo A de la Administración).

EL IPC ARMONIZADO SE MANTIENE EN EL 4% EN JULIO
Expansión 28/07/06
El Índice de Precios al Consumo (IPC) armonizado español se mantuvo en julio en el 4%, según ha publicado hoy el Instituto Nacional de Estadística (INE).
Este indicador, que sirve a la Oficina Estadística Europea (Eurostat) para incorporarlo al cálculo del índice de inflación en la Unión Europea, proporciona un avance de cómo evolucionaron los precios en España durante el mes de julio.
El INE ha recordado que la información que proporciona el indicador adelantado es únicamente orientativa, por lo que no tiene que coincidir necesariamente con el dato definitivo de la inflación de julio que se publicará el 11 de agosto.

TRABAJO RECUERDA ANTE LOS ACCIDENTES POR GOLPES DE CALOR QUE LA LEY EXIGE PREVENIR TODOS LOS RIESGOS
Europa Press 27/07/06
El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales recordó hoy, ante los accidentes laborales provocados por golpes de calor, algunos de ellos con resultado de muerte, que la legislación laboral vigente exige prevenir todos los riesgos, incluidos los relacionados con las condiciones ambientales.
El Departamento dirigido por Jesús Caldera recordó también que el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT), tiene elaboradas una serie de guías técnicas que contemplan más extensamente el problema de la regulación térmica en los centros de trabajo, tanto cerrados como al aire libre.
Continuar

EL 82.6% DE LOS TRABAJADORES TIENE YA CLÁUSULA DE REVISIÓN SALARIAL EN SU CONVENIO, SEGÚN CC.OO
Finanzas 27/07/06
Más de ocho de cada diez trabajadores amparados por la negociación colectiva, en concreto el 82,6%, cuenta ya con cláusula de revisión salarial en su convenio colectivo, siendo en el 70% de los casos de carácter retroactivo, según un informe realizado por CC.OO. en el ecuador de la negociación colectiva de 2006.
Continuar

LOS ESPAÑOLES DEDICAN MÁS DE CUATRO MESES DE TRABAJO AL PAGO DE IMPUESTOS
Expansión 31/07/06
Madrugón tras madrugón. Hasta sumar un total de 129 días, medidos a golpe de despertador, para llegar a contentar a Hacienda. Y es que todas esas jornadas laborales son las que destina un trabajador español medio para cumplir con sus obligaciones tributarias. O lo que es lo mismo, que hasta el 9 de mayo, un trabajador tipo realmente destina su labor únicamente al pago de impuestos. Sólo a partir del 10 de mayo empieza a generar ingresos que, libres ya de gravamen tributario, van a parar a su bolsillo.
Continuar

LA LEY CONCURSAL INCUMPLE TODAS LAS EXPECTATIVAS A LOS DOS AÑOS DE SU APROBACIÓN
La Verdad 31/07/06
La Ley Concursal, casi dos años después de su entrada en vigor, no ha cumplido las expectativas marcadas por este Gobierno y el anterior, que veían este texto como una apuesta decidida por la viabilidad de las empresas. La falta de recursos económicos hizo que se pusiera en marcha con menos juzgados de los que hubieran sido necesarios, a fin de evitar los temidos atascos de la justicia. Si a esto se une que la mayoría de estos procedimientos (que se abren cuando una sociedad está en situación de insolvencia) acaban con la liquidación de la empresa, resulta evidente que su atractivo inicial se ha reducido.
Continuar

Artículos

Preguntas habituales de las empresas de promoción inmobiliaria.

    1.Cual es el criterio legal para imputar a resultados en la cuenta de pérdidas y ganancias los importes percibidos por la venta de inmuebles en construcción.
    2.En los anticipos de los clientes para compra o reservar un piso hay que repercutir el IVA correspondiente.
    3.Qué gastos pueden activarse en la obra en curso.
    4.Es deducible una provisión para atender las deficiencias de la construcción.
    5.La emisión de una certificación de obra supone el devengo de la entrega de la obra realizada.

    1. Imputación de ingresos: según el Plan General de Contabilidad Orden 28 de Diciembre de 1994 la norma de valoración 18 establece: “Las ventas de inmuebles estarán constituidas por el importe de los contratos, sea cualquiera la fecha de los mismos, que corresponden a inmuebles que estén en condiciones de entrega material a los clientes durante el ejercicio. Para el caso de venta de inmuebles en fase de construcción se entenderá que aquéllos están en condiciones de entrega material a los clientes cuando se encuentren sustancialmente terminados, es decir, cuando los coste previstos pendientes de terminación de obra no sean significativos en relación con el importe de la obra, al margen de los de garantía y conservación hasta la entrega. Se entiende que no son significativos los costes pendientes de terminación de obra, cuando al menos se ha incorporado el 80% de los costes de la construcción sin tener en cuenta el valor del terreno en que se construye la obra. La empresa en base al objetivo de imagen fiel que deben conseguir las cuentas anuales podrá emplear el porcentaje del 80% o un porcentaje superior, circunstancias que deberá explicitarse en la memoria, además señalar que elegido un porcentaje se mantendrá, de acuerdo con el principio de uniformidad, para todas las obras que realice la empresa.

    Así pues la norma contable no es imperativa en el porcentaje siempre cuando sea al menos el 80%, no obstante, la norma si que establece que deben registrar como ingreso las ventas no en el caso de que las construcciones estén totalmente terminadas sino “sustancialmente“ de forma que la mera suspensión en la ejecución de ciertos gastos para finalizar la obra no conlleve un tratamiento contable que perjudique el objetivo de imagen fiel que deben perseguir las cuentas anuales.

    2. Anticipo de clientes en el IVA: así las cantidades recibidas de los clientes se reconocerán como anticipos de clientes, teniendo en cuenta además que a dicho anticipo hay que repercutir el IVA correspondiente: ( Ar. 75.2 LIVA) “No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, en las operaciones sujetas a gravamen que originen pagos anticipados anteriores a la realización del hecho imponible el impuesto se devengará en el momento del cobro total o parcial del precio por los importes efectivamente percibidos”, cuota que será al 7% si son viviendas o al 16% si no lo són.
Dichos anticipos se darán de baja con abono a la cuenta de Ingresos por venta de inmuebles en el ejercicio en el que el inmueble esté sustancialmente terminado. En la práctica los ingresos se reconocen a la firma de las escrituras de venta. En dicho período impositivo se habrá abonado la cuenta de obras en curso con cargo a “Obras Terminadas”.

    3. Gastos obra en curso: uno de los problemas que plantean las empresas Promotoras Inmobiliarias es fundamentalmente en no recoger con rigurosidad los costes de la obra en curso; en dicho coste además del valor del solar adquirido y sus impuestos (cuando la adquisición del solar está sujeta a Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales ITP) y gastos de notaría y registro es necesario recoger todos los relacionados con el estudio del terreno (topografía, arquitecto, mediciones,…) así como todos los relacionados con la propia construcción: derribo y explanamiento del terreno hasta el último gasto de la fase de construcción. Es fundamental para ello que en contabilidad se recogen con una cuenta específica por obra cada uno de los costes de la obra: Costes de materiales, costes de ejecución, costes técnicos. Así a finales del ejercicio si la construcción sigue en curso será relativamente sencillo regularizar existencias, de otro modo, en caso de no regularizar correctamente los costes de la obra en curso, corremos el riesgo de imputar a resultados gastos que no son deducibles en ese ejercicio y podría llevarnos a un cierto riesgo fiscal.
Así es muy común no activar como gasto de la obra en curso el ITP pagado al adquirir el terreno a un particular.

    4. Provisión para deficiencias: en la medida en que la provisión se dote para hacer frente a las reparaciones de tales deficiencias (deficiencias que pueden surgir una vez terminada y entregada la obra) esta dotación será fiscalmente deducible. Otra cosa es el importe de la deducción para lo cual habrá que estar al caso concreto y a las cuantías del coste de la obra vendida y el importe de la dotación contable.

    5. Certificaciones de obra: de acuerdo con el artículo 75 de la LIVA que establece el devengo del IVA en las entregas de bienes y prestaciones de servicios (teniendo en cuenta en el caso hipotético que comentamos la construcción se lleva a cabo por otra empresa distinta a la promotora inmobiliaria y que la que efectúa la construcción aporta la totalidad de los materiales) en este caso la mera emisión de una certificación de obra no supone por sí misma, la transmisión de la obra, por lo que no se devengará el IVA salvo en el supuesto de que se produzca el pago de la certificación ya que este constituye un pago anticipado que devenga el IVA según el art. 75.2 LIVA. No obstante si la emisión de la certificación implica, de acuerdo con las condiciones pactadas, la transmisión del poder de disposición de la totalidad o parte de la obra, se produciría el devengo de la entrega en el momento en que se emita la certificación.

Tributación en el IRPF por la venta de un terreno agrícola en curso de urbanización

    El aspecto fundamental de esta operación considerada como ganancia o pérdida patrimonial es determinar si procede o no la aplicación del régimen transitorio , es decir, si es posible la aplicación de los coeficientes reductores a la ganancia de patrimonio determinada por el precio de venta (minorado por los gastos) menos el precio de compra (actualizado) menos los gastos. La aplicación de los coeficientes reductores sólo es posible si el elemento patrimonial que se transmite NO ESTÁ AFECTO A ACTIVIDADES ECONOMICAS.

    Para poder aplicar el régimen transitorio en la venta de una finca rústica en proceso de urbanización, es necesario que la misma no esté afecta a actividades económicas. Para ello no basta una mera manifestación del contribuyente (de que no está afecta) , este hecho deberá ser objeto de prueba en caso de comprobación tributaria. Para ello es necesario haber desafectado el elemento patrimonial objeto de transmisión al menos TRES AÑOS antes de su transmisión. Como medio de prueba, cualquiera de los admitidos a derecho y siendo subjetivamente valorado por la Administración.


REGIMEN TRANSITORIO.

    Este régimen transitorio únicamente afecta a las alteraciones patrimoniales que cumplan los siguientes requisitos:
    a. Que se produzca respecto a bienes patrimoniales no afectos a actividades económicas. Por bienes patrimoniales no afectos según la disposición transitoria 10ª del TRLIRPF (anterior disposición transitoria 5ª LIRPF 1998) en su redacción dada por la Ley 55/1999, debemos entender los elementos patrimoniales desafectados de las actividades económicas siempre que hayan transcurrido más de tres años desde que la misma tuvo lugar.

   b. Que den como resultado una ganancia patrimonial, no aplicándose este régimen a los supuestos de disminuciones patrimoniales.

    Este régimen transitorio se aplica sólo a los elementos patrimoniales adquiridos antes del 31 de Diciembre de 1994. Pero se tiene en cuenta a los efectos de la aplicación del mismo únicamente el período de tiempo transcurrido hasta el 31 de Diciembre de 1996.

    El sistema transitorio se basa en la aplicación de  los siguientes coeficientes reductores :

    - 11,11% Para inmuebles, derechos que recaigan sobre los mismos o valores del art. 108 de la Ley 24/1988 de Mercado de valores, excepto las acciones y participaciones representativas del capital social o del patrimonio de las sociedades o fondos de inversión colectiva.
    - 25% respecto a acciones admitidas a negociación en mercados secundarios oficiales, excepto las acciones, representativas de las sociedades de inversión mobiliaria e inmobiliaria.
    - 14,28 % los restantes elementos.

    Así estos porcentajes la exención en su tributación se produce cuando hayan permanecido al menos 10, 5   y 8 años respectivamente, en el patrimonio del contribuyente antes del 31 de diciembre de 1996.

    Tener en cuenta que los dos primeros años de permanencia en el patrimonio del contribuyente no se tienen en cuenta. Los siguientes años hasta 31-12-1996 se toman redondeándose por exceso. Las mismas reglas se aplican a las mejoras realizadas en el elemento patrimonial.

   Calculada la ganancia patrimonial en los términos que establece la LIRPF, la ganancia patrimonial una vez reducida tributará en la Parte especial de la BI al tipo fijo del 15%. (Ojo tener en cuenta que el tipo fijo a partir de la aprobación de la nueva LIRPF el 1 de enero del 2007 el tipo será del 18%).
Si no es posible la aplicación de los coeficientes reductores por estar el elemento patrimonial transmitido afecto a actividades económicas, llevará consigo que la transmisión esté sujeta pero exenta en IVA al ser considerado como terreno agrícola, ademas con las posibilidad de renunciar a la exención de IVA si se cumplen los requisitos que establece el Reglamento de IVA.

   Señalar por otra parte lo dispuesto y ya publicado en la resolución del TEAC de 13/10/2005  al disponer como doctrina que hasta que no se hayan iniciado materialmente las obras de urbanización la entrega de un terreno en curso de urbanización no tiene carácter empresarial debiendo quedar sujeta al ITP.  

Novedades Legislativas

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA (BOE n. 176 de 25/7/2006)
REAL DECRETO 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
PDF (32 págs. - 899 KB.)

COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES (BOE n. 176 de 25/7/2006)
CIRCULAR 2/2006, de 27 de junio, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre información de las instituciones de inversión colectiva extranjeras inscritas en los Registros de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
PDF (4 págs. - 109 KB.)

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA (BOE 178 de 27/7/2006)
Resolución de 11 de julio de 2006, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se delega la competencia de instrucción del procedimiento de responsabilidad patrimonial.
PDF (1 págs. - 41 KB.)

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES (BOE 178 de 27/7/2006)
Resolución de 13 de julio de 2006, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del Acuerdo referente al período de prueba y a premios de jubilación o similares que se incorporen al III Acuerdo Laboral de ámbito estatal del sector de hostelería
PDF (4 págs. - 185 KB.) .

Resolución de 13 de julio de 2006, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del IV Acuerdo Sectorial Estatal de Formación Continua en el sector de comercio.
PDF (8 págs. - 292 KB.)

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA (BOE n. 179 de 28/7/2006)
RESOLUCIÓN de 18 de julio de 2006, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se modifica la de 28 de diciembre de 2000, por la que se aprueba la adaptación del Plan General de Contabilidad Pública a aquellos organismos públicos cuyo presupuesto de gastos tiene carácter estimativo.
PDF (35 págs. - 1643 KB.)

AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS (BOE n. 181 de 31/7/2006)
RESOLUCIÓN de 12 de julio de 2006, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se crea el Registro Telemático de la Agencia Española de Protección de Datos.
PDF (3 págs. - 81 KB.)

Resolución de 12 de julio de 2006, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se aprueban los formularios electrónicos a través de los que deberán efectuarse las solicitudes de inscripción de ficheros en el Registro General de Protección de Datos, así como los formatos y requerimientos a los que deben ajustarse las notificaciones remitidas en soporte informático o telemático.
PDF (62 págs. - 10331 KB.)

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA (BOE 181 de 31/7/2006)
RESOLUCIÓN de 21 julio de 2006, de la Subsecretaría, por que se dispone la publicación del Acuerdo suscrito entre el Ejército del Aire y la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de encomienda de determinadas actividades en el ámbito de las operaciones de vigilancia aduanera.
PDF (2 págs. - 93 KB.)


Consultas tributarias

CONSULTA VINCULANTE

FECHA-SALIDA 21/04/2006 (V0794-06)

NORMATIVA TRLIS RDLeg 4/2004 art. 19

DESCRIPCION-HECHOS
    La entidad consultante está considerando la posibilidad de realizar un préstamo dinerario a otra sociedad vinculada, para lo cual formalizará el correspondiente contrato de préstamo a 5 años, al final de los cuales se devolverá el principal prestado más los intereses generados hasta la fecha, al tipo de interés legal del dinero.

CUESTION-PLANTEADA   
    Teniendo en cuenta que el pago de intereses se realizará al final del plazo del préstamo, si la sociedad vinculada debe imputar algún gasto fiscal en los periodos intermedios.
En el caso de los intereses, en que momento debe procederse a la retención, en el momento del devengo anual o bien al final cuando se procede a su pago.

CONTESTACION (resumen)
    La entidad consultante efectúa un préstamo a una entidad vinculada para lo cual formalizara el correspondiente contrato de préstamo a 5 años al final de los cuales se devolverá el principal prestado mas lo interese generados hasta la fecha, al tipo legal del dinero.
    Imputación de gastos:  Según el TRLIS art. 10.3  y art. 19 1 y3  el criterio de imputación es el criterio del devengo - independientemente de cuando resulten exigibles- . Así se entenderán devengados en función de la deuda viva  en cada ejercicio y serán deducidos siempre y cuando se hayan cargado en la cuenta de Perdidas y Ganancias.
    En cuanto a la obligación de retener e ingresar a cuenta del I. sociedades sobre los intereses derivados por la concesión del préstamo la obligación de retener e ingresar  surgirá en el momento de la exigibilidad de los intereses , que según lo pactado sera el momento del vencimiento del préstamo. 
Ver documento

Jurisprudencia

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Sala Segunda. Sentencia 194/2006, de 19 de junio de 2006.
Recurso de amparo 6182-2004. Promovido por el Gobierno de Canarias frente a la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias que estimó la demanda del Real Club Náutico de Gran Canaria sobre devolución de ingresos indebidos del impuesto general indirecto canario de 1993 a 1998. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva sin indefensión y a un proceso con garantías: derechos fundamentales de los entes públicos; Sentencia no fundada en Derecho porque inaplica una ley estatal vigente tributaria sin plantear cuestión prejudicial de Derecho comunitario europeo (STC 58/2004).
PDF (5 págs. - 149 KB.)


Comentarios

Ajustes del Impuesto sobre el Patrimonio
El Mundo 23/07/06
   Los cambios fiscales que están debatiendo las Cortes afectarán primordialmente, desde el 1 de enero de 2007, al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y, en menor medida, al Impuesto sobre Sociedades. También, por razones de coherencia y coordinación con ambos tributos, van a ser objeto de modificación legal algunos aspectos del Impuesto sobre la Renta de No Residentes, al que asimismo se pretende acercar de manera más estrecha al ordenamiento europeo. En el Impuesto sobre el Patrimonio, por el contrario, los cambios se van a constreñir exclusivamente a una pequeña serie de ajustes técnicos. Esto es lo que dice la exposición de motivos del Proyecto de Ley de reforma fiscal. Como el rendimiento de dicho tributo está cedido en su integridad a las Comunidades Autónomas, la eventualidad de una modificación sustantiva de sus disposiciones requerirá de una iniciativa concertada de los diversos poderes regionales. Sin embargo, alguna de las variaciones propuestas traspasa la frontera de la técnica jurídico-fiscal y supone una auténtica modificación de fondo perfectamente medible en unidades monetarias, en un potencial pago superior de este impuesto para determinadas personas.
Continuar

La creciente polarización social
Día a día.net 26/07/06

    El debate territorial que está teniendo lugar en España a raíz de la aprobación por varias comunidades autónomas de sus Estatutos está inhibiendo otro debate que debiera ocurrir en nuestro país sobre la creciente polarización social que apenas está teniendo visibilidad mediática y política. Durante estos últimos años estamos experimentando un gran crecimiento de las rentas del capital y un estancamiento (cuando no declive) de las rentas del trabajo.

    Según un reciente estudio realizado por el catedrático de Economía Juan Torres, el beneficio neto de las compañías no financieras españolas aumentó en el año 2005 nada menos que el 26,2%, y el de los grandes que cotizan en Bolsa y que se incluyen en el Ibex 35 fue de un enorme 44%. Dentro de ellas, las empresas energéticas Endesa, Iberdrola, Unión Fenosa e Hidrocantábrico fueron las que ampliaron más sus beneficios durante aquel año. Otro grupo empresarial que alcanzó también beneficios exorbitantes fue la banca. Según la Asociación Española de la Banca, los beneficios de la banca alcanzaron un crecimiento promedio del 58,82% respecto al año 2004, beneficios que fueron semejantes a los obtenidos por las cinco empresas de construcción más importantes en el país. La lista de empresas con beneficios exorbitantes es enorme. Antena 3 incrementó sus beneficios el 100%; Iberia, el 96%; el Grupo Santander, el 72,5%; Telefónica, el 40%; el BBVA, el 30%; Repsol, el 29,2%, y así un largo etcétera. Como consecuencia, las rentas del capital se están incrementando con millones y millones de euros. Sólo las compañías energéticas citadas anteriormente ingresaron 5.582 millones de euros más en el año 2005 que en el año 2004; las constructoras, 2.183 millones de euros más que en el año anterior; las empresas del Ibex 35, 37.500 millones de más, y la lista podría continuar más y más.
Continuar


Calendario
Agosto 2006
L
M
X
J
V
S
D
1
2
3
4
5
6
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
22
23
24
25
26
27
28
29
30
31

7- IMPUESTOS ESPECIALES

21 - IMPUESTOS ESPECIALES


Se podrán presentar durante todo el mes de agosto las declaraciones correspondientes al mes de julio de Renta, Sociedades, IVA e Impuesto sobre las Primas de Seguros, cuyo plazo de presentación concluye el 20 de septiembre.



Este boletín se le envía debido a que se dio de alta voluntariamente en el servicio.
Si NO desea continuar recibiendo este boletín, responda poniendo en el asunto BAJA.

 


Copyright © RCR Proyectos de Software
Reservados todos los derechos.

Noticias Novedades Legislativas Documentos Comentarios Consultas Tributarias Jurisprudencia Calendario