|
LAS
EMPRESAS FAMILIARES SE OPONEN A LA "IMPOSICIÓN" POR LEY
DE LA CUOTA FEMENINA
La Razón 24/07/06
La Ley de Igualdad propuesta por el Gobierno, que se tramita en la actualidad
en el Congreso de los Diputados, cuenta con otra oposición más.
Las empresas familiares rechazan de plano la «imposición»
de cuotas en los consejos de administración. El Instituto de la
Empresa Familiar (IEF) muestra su desacuerdo en el último número
de su revista corporativa, en la que, sin embargo, aplaude las intenciones
de la nueva normativa.
Continuar
LA
DEUDA DE LAS FAMILIAS SUBIRÁ EL 142% DE SU RENTA EN 2007
ABC 25/07/06
El endeudamiento de las familias españolas podría elevarse
hasta el 142% de su renta disponbible en 2007. Así lo vaticina
un estudio realizado por Caixa Catalunya, en el que se expone que el nivel
de deuda de los españoles ha crecido a un ritmo vertiginoso desde
1998 y «seguirá aumentando en los dos próximos años».
Continuar
LOS INGRESOS POR
EL IMPUESTO DE SOCIEDADES SE DISPARAN UN 21% EN EL PRIMER SEMESTRE
Cinco Días 26/07/06
El vicepresidente económico, Pedro Solbes, presentó ayer
por separado a la patronal CEOE y a los sindicatos Comisiones Obreras
y UGT las líneas generales de los Presupuestos del Estado para
2007, en los que el Gobierno respetará todos los compromisos sociales
contraídos en los últimos meses. Las centrales demandaron
liderazgo político a Solbes para frenar la escalada de gasto de
comunidades y ayuntamientos.
Continuar
LA
CE PIDE A ESPAÑA QUE NO DISCRIMINE FISCALMENTE LOS DIVIDENDOS
Finanzas.com 26/07/2006
La Comisión Europea pidió hoy a España que acabe
con la discriminación fiscal a los dividendos pagados a empresas
extranjeras (dividendos salientes), que en la actualidad están
sujetos a un gravamen más elevado que el se aplica a los dividendos
que reciben las compañías del país (dividendos nacionales).
Continuar
LOS AUTÓNOMOS
TENDRÁN UN SEGURO DE PARO PÚBLICO Y OBLIGATORIO
Norte de Castilla 26/07/06
Los autónomos tendrán un seguro de desempleo público,
obligatorio y contributivo de acuerdo con las negociaciones mantenidas
entre el Ministerio de Trabajo y organizaciones representativas de los
ocupados por cuenta propia, según afirmó el presidente de
la Federación Nacional de Autónomos (ATA), Lorenzo Amor.
«El Gobierno sabe lo que ha negociado y no conozco a ningún
autónomo que no esté dispuesto a pagar más para recibir
mejor protección», añadió. De esta manera,
ATA salió al paso del plan expuesto por responsables del Ministerio
el pasado lunes, cuando condicionaron una cobertura especial para los
autónomos, en caso de cese involuntario de la actividad profesional,
a la decisión de los propios trabajadores.
Continuar
EL
63% DE LOS GERENTES DE PYMES NO CONOCE LA NUEVA CONTABILIDAD INTERNACIONAL
Finanzaz 20/07/06
El 63,3% de los gerentes de pymes declaran no conocer o conocer muy poco
las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC) y el 72,6% dice desconocer
la reforma prevista en España para la adaptación del Plan
Contable español, según un estudio elaborado por el Consejo
General de Colegios de Economistas de España.
Continuar
LA CE PROPONE PRORROGAR HASTA
2010 EL IVA REDUCIDO PARA PELUQUERÍAS Y SERVICIOS DE ALBAÑILERIA
EN ESPAÑA
Interbusca 27/07/06
La Comisión Europea propuso hoy formalmente prorrogar hasta el
año 2010 el tipo de IVA reducido para los servicios que requieren
una gran cantidad de mano de obra y que España seguirá aplicando
para peluquerías y servicios de albañilería (un 7%
en lugar del 16%).
Continuar
EL DÉFICIT COMERCIAL DE ESPAÑA
AUMENTÓ UN 19.6% HASTA MAYO
El Mundo 27/07/06
El déficit comercial de España se situó en 35.527,7
millones de euros en los cinco primeros meses del año, lo que supone
un incremento del 19,6% respecto al mismo periodo del año anterior.
Según el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, este dato
prolonga el "perfil de desaceleración" que mostró
este indicador a lo largo de 2005.
Continuar
LOS CLIENTES DE
ING RETIRARON EN MAYO 1.200 MILLONES, TRAS EL ESCÁNDALO DE LOS
SELLOS
La Razón 27/07/06
La intervención judicial de Afinsa y Fórum Filatélico
el pasado 9 de mayo pasó factura a ING Direct, que vivió
el peor mes de su historia. Los clientes del banco retiraron de la entidad
en dicho mes 1.200 millones de euros, casi el 10% de la cartera total,
de acuerdo con los balances publicados ayer por la Asociación Española
de Banca (AEB). Los depósitos de clientes pasaron de abril a mayo
de 13.819 millones de euros a 12.613 millones, como consecuencia del pánico
creado entre los ciudadanos en todas aquellas inversiones cuya remuneración
estaba por encima de la media del mercado. Un gran número de ahorradores
empezó a recelar de los intereses que pagaba la banca on-line por
los depósitos y optaron por desviar sus ahorros hacia los sistemas
tradicionales. Esta circunstancia se unió a algunos rumores que
surgieron en el mercado financiero acerca de la viabilidad de la entidad
financiera en España, lo que se tradujo, según Efe, en la
pérdida de la mitad del dinero captado en los doce meses anteriores.
Continuar
IMPORTANTE INCREMENTO
DE LA RECAUDACIÓN TRIBUTARIA
Todos los medios económicos se hacen
eco de la informacion suministrada por el Secretario de Esatado de Hacienda
y Presupuestos, Carlos Ocaña sobre la evolución favorable
de la recaudación de ingresos fiscales tanto indirectos (ligados
al consumo) como de los directos. En especial es de destacar la recaudación
del Impuesto de sociedades con un espectacular incremento del 21,3% .
Ello se debe fundamentaslmente al buen momento de los resultados empresariales.
AGOTAMIENTO DE LOS YACIMIENTOS DE PETRÓLEO
Las reservas de petróleo al
mínimo: segun un estudio realizado por la Fundación de cajas
de Ahorro, queda petróleo para los próximos 40 años.
Además las reservas principales se situan en Irán, Irak
y Oriente Medio con la incent¡dumbre politica que allí
se vive actuamente no es fácil pronunciarse sobre la disponibilidad
y el precio de dicho recurso natural: es hora de las fuentes alternativas
de energia y abrir de nuevo el devato sobre la energía nuclear.
ELEVADO
SEGUIMIENTO DE LA HUELGA DE LOS TÉCNICOS DE HACIENDA
Exitoso seguimiento de la huelga convocada para el día 20 de Julio
del 2006 por los Técnicos de la AEAT y del Ministerio de
Economía y Hacienda en reclamación de lo que consideran
justas reivindicaciones que se resumen del modo siguiente: mayores competencias
en orden a la resolución de los expedientes que trabajan, es decir,
reconocimiento legal de las funciones que en realidad realizan a diario.
Creación de un cuerpo superior técnico (que no Inspectores
de Finanzas), donde se reconozca precisamente dichas competencias, y por
último mayores retribuciones en orden al reconocimiento legal
efectuado. Según el propio sindicado el seguimiento fue secundado
en determinadas provincias al 100% en las diferentes áreas
de la AEAT y del Ministerio. En los próximos días se esperan
acercamientos entre el Sindicato GESTHA, la Dirección de la AEAT
y el Ministerio y los representantes de APIFE (Sindicato que representa
a los inspectores de Finanzas y a a los Interventores, ambos pertenecientes
al grupo A de la Administración).
EL
IPC ARMONIZADO SE MANTIENE EN EL 4% EN JULIO
Expansión 28/07/06
El Índice de Precios al Consumo (IPC) armonizado español
se mantuvo en julio en el 4%, según ha publicado hoy el Instituto
Nacional de Estadística (INE).
Este indicador, que sirve a la Oficina Estadística Europea (Eurostat)
para incorporarlo al cálculo del índice de inflación
en la Unión Europea, proporciona un avance de cómo evolucionaron
los precios en España durante el mes de julio.
El INE ha recordado que la información que proporciona el indicador
adelantado es únicamente orientativa, por lo que no tiene que coincidir
necesariamente con el dato definitivo de la inflación de julio
que se publicará el 11 de agosto.
TRABAJO RECUERDA ANTE
LOS ACCIDENTES POR GOLPES DE CALOR QUE LA LEY EXIGE PREVENIR TODOS LOS
RIESGOS
Europa Press 27/07/06
El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales recordó hoy, ante los
accidentes laborales provocados por golpes de calor, algunos de ellos
con resultado de muerte, que la legislación laboral vigente exige
prevenir todos los riesgos, incluidos los relacionados con las condiciones
ambientales.
El Departamento dirigido por Jesús Caldera recordó también
que el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT),
tiene elaboradas una serie de guías técnicas que contemplan
más extensamente el problema de la regulación térmica
en los centros de trabajo, tanto cerrados como al aire libre.
Continuar
EL
82.6% DE LOS TRABAJADORES TIENE YA CLÁUSULA DE REVISIÓN
SALARIAL EN SU CONVENIO, SEGÚN CC.OO
Finanzas 27/07/06
Más de ocho de cada diez trabajadores amparados por la negociación
colectiva, en concreto el 82,6%, cuenta ya con cláusula de revisión
salarial en su convenio colectivo, siendo en el 70% de los casos de carácter
retroactivo, según un informe realizado por CC.OO. en el ecuador
de la negociación colectiva de 2006.
Continuar
LOS
ESPAÑOLES DEDICAN MÁS DE CUATRO MESES DE TRABAJO AL PAGO
DE IMPUESTOS
Expansión 31/07/06
Madrugón tras madrugón. Hasta sumar un total de 129 días,
medidos a golpe de despertador, para llegar a contentar a Hacienda. Y
es que todas esas jornadas laborales son las que destina un trabajador
español medio para cumplir con sus obligaciones tributarias. O
lo que es lo mismo, que hasta el 9 de mayo, un trabajador tipo realmente
destina su labor únicamente al pago de impuestos. Sólo a
partir del 10 de mayo empieza a generar ingresos que, libres ya de gravamen
tributario, van a parar a su bolsillo.
Continuar
LA
LEY CONCURSAL INCUMPLE TODAS LAS EXPECTATIVAS A LOS DOS AÑOS DE
SU APROBACIÓN
La Verdad 31/07/06
La Ley Concursal, casi dos años después de su entrada en
vigor, no ha cumplido las expectativas marcadas por este Gobierno y el
anterior, que veían este texto como una apuesta decidida por la
viabilidad de las empresas. La falta de recursos económicos hizo
que se pusiera en marcha con menos juzgados de los que hubieran sido necesarios,
a fin de evitar los temidos atascos de la justicia. Si a esto se une que
la mayoría de estos procedimientos (que se abren cuando una sociedad
está en situación de insolvencia) acaban con la liquidación
de la empresa, resulta evidente que su atractivo inicial se ha reducido.
Continuar
|
|
Preguntas
habituales de las empresas de promoción inmobiliaria.
1.Cual es el criterio
legal para imputar a resultados en la cuenta de pérdidas y ganancias
los importes percibidos por la venta de inmuebles en construcción.
2.En los anticipos de los clientes para compra o reservar
un piso hay que repercutir el IVA correspondiente.
3.Qué gastos pueden activarse en la obra en
curso.
4.Es deducible una provisión para atender las
deficiencias de la construcción.
5.La emisión de una certificación de
obra supone el devengo de la entrega de la obra realizada.
1. Imputación
de ingresos: según el Plan General de Contabilidad Orden 28 de
Diciembre de 1994 la norma de valoración 18 establece: Las
ventas de inmuebles estarán constituidas por el importe de los
contratos, sea cualquiera la fecha de los mismos, que corresponden a inmuebles
que estén en condiciones de entrega material a los clientes durante
el ejercicio. Para el caso de venta de inmuebles en fase de construcción
se entenderá que aquéllos están en condiciones de
entrega material a los clientes cuando se encuentren sustancialmente terminados,
es decir, cuando los coste previstos pendientes de terminación
de obra no sean significativos en relación con el importe de la
obra, al margen de los de garantía y conservación hasta
la entrega. Se entiende que no son significativos los costes pendientes
de terminación de obra, cuando al menos se ha incorporado el 80%
de los costes de la construcción sin tener en cuenta el valor del
terreno en que se construye la obra. La empresa en base al objetivo de
imagen fiel que deben conseguir las cuentas anuales podrá emplear
el porcentaje del 80% o un porcentaje superior, circunstancias que deberá
explicitarse en la memoria, además señalar que elegido un
porcentaje se mantendrá, de acuerdo con el principio de uniformidad,
para todas las obras que realice la empresa.
Así pues la norma contable no es imperativa
en el porcentaje siempre cuando sea al menos el 80%, no obstante, la norma
si que establece que deben registrar como ingreso las ventas no en el
caso de que las construcciones estén totalmente terminadas sino
sustancialmente de forma que la mera suspensión en
la ejecución de ciertos gastos para finalizar la obra no conlleve
un tratamiento contable que perjudique el objetivo de imagen fiel que
deben perseguir las cuentas anuales.
2. Anticipo de clientes
en el IVA: así las cantidades recibidas de los clientes se reconocerán
como anticipos de clientes, teniendo en cuenta además que a dicho
anticipo hay que repercutir el IVA correspondiente: ( Ar. 75.2 LIVA) No
obstante lo dispuesto en el apartado anterior, en las operaciones sujetas
a gravamen que originen pagos anticipados anteriores a la realización
del hecho imponible el impuesto se devengará en el momento del
cobro total o parcial del precio por los importes efectivamente percibidos,
cuota que será al 7% si son viviendas o al 16% si no lo són.
Dichos anticipos se darán de baja con abono a la cuenta de Ingresos
por venta de inmuebles en el ejercicio en el que el inmueble esté
sustancialmente terminado. En la práctica los ingresos se reconocen
a la firma de las escrituras de venta. En dicho período impositivo
se habrá abonado la cuenta de obras en curso con cargo a Obras
Terminadas.
3. Gastos obra en curso: uno de los problemas que plantean
las empresas Promotoras Inmobiliarias es fundamentalmente en no recoger
con rigurosidad los costes de la obra en curso; en dicho coste además
del valor del solar adquirido y sus impuestos (cuando la adquisición
del solar está sujeta a Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales
ITP) y gastos de notaría y registro es necesario recoger todos
los relacionados con el estudio del terreno (topografía, arquitecto,
mediciones,
) así como todos los relacionados con la propia
construcción: derribo y explanamiento del terreno hasta el último
gasto de la fase de construcción. Es fundamental para ello que
en contabilidad se recogen con una cuenta específica por obra cada
uno de los costes de la obra: Costes de materiales, costes de ejecución,
costes técnicos. Así a finales del ejercicio si la construcción
sigue en curso será relativamente sencillo regularizar existencias,
de otro modo, en caso de no regularizar correctamente los costes de la
obra en curso, corremos el riesgo de imputar a resultados gastos que no
son deducibles en ese ejercicio y podría llevarnos a un cierto
riesgo fiscal.
Así es muy común no activar como gasto de la obra en curso
el ITP pagado al adquirir el terreno a un particular.
4. Provisión
para deficiencias: en la medida en que la provisión se dote para
hacer frente a las reparaciones de tales deficiencias (deficiencias que
pueden surgir una vez terminada y entregada la obra) esta dotación
será fiscalmente deducible. Otra cosa es el importe de la deducción
para lo cual habrá que estar al caso concreto y a las cuantías
del coste de la obra vendida y el importe de la dotación contable.
5. Certificaciones de
obra: de acuerdo con el artículo 75 de la LIVA que establece el
devengo del IVA en las entregas de bienes y prestaciones de servicios
(teniendo en cuenta en el caso hipotético que comentamos la construcción
se lleva a cabo por otra empresa distinta a la promotora inmobiliaria
y que la que efectúa la construcción aporta la totalidad
de los materiales) en este caso la mera emisión de una certificación
de obra no supone por sí misma, la transmisión de la obra,
por lo que no se devengará el IVA salvo en el supuesto de que se
produzca el pago de la certificación ya que este constituye un
pago anticipado que devenga el IVA según el art. 75.2 LIVA. No
obstante si la emisión de la certificación implica, de acuerdo
con las condiciones pactadas, la transmisión del poder de disposición
de la totalidad o parte de la obra, se produciría el devengo de
la entrega en el momento en que se emita la certificación.
Tributación
en el IRPF por la venta de un terreno agrícola en curso de urbanización
El aspecto fundamental
de esta operación considerada como ganancia o pérdida patrimonial
es determinar si procede o no la aplicación del régimen
transitorio , es decir, si es posible la aplicación de los coeficientes
reductores a la ganancia de patrimonio determinada por el precio de venta
(minorado por los gastos) menos el precio de compra (actualizado) menos
los gastos. La aplicación de los coeficientes reductores sólo
es posible si el elemento patrimonial que se transmite NO ESTÁ
AFECTO A ACTIVIDADES ECONOMICAS.
Para poder aplicar el régimen transitorio en
la venta de una finca rústica en proceso de urbanización,
es necesario que la misma no esté afecta a actividades económicas.
Para ello no basta una mera manifestación del contribuyente (de
que no está afecta) , este hecho deberá ser objeto de prueba
en caso de comprobación tributaria. Para ello es necesario haber
desafectado el elemento patrimonial objeto de transmisión al menos
TRES AÑOS antes de su transmisión. Como medio de prueba,
cualquiera de los admitidos a derecho y siendo subjetivamente valorado
por la Administración.
REGIMEN TRANSITORIO.
Este régimen transitorio únicamente afecta
a las alteraciones patrimoniales que cumplan los siguientes requisitos:
a. Que se produzca respecto a bienes patrimoniales
no afectos a actividades económicas. Por bienes patrimoniales no
afectos según la disposición transitoria 10ª del TRLIRPF
(anterior disposición transitoria 5ª LIRPF 1998) en su redacción
dada por la Ley 55/1999, debemos entender los elementos patrimoniales
desafectados de las actividades económicas siempre que hayan transcurrido
más de tres años desde que la misma tuvo lugar.
b. Que den como resultado una ganancia patrimonial,
no aplicándose este régimen a los supuestos de disminuciones
patrimoniales.
Este régimen transitorio se aplica sólo
a los elementos patrimoniales adquiridos antes del 31 de Diciembre de
1994. Pero se tiene en cuenta a los efectos de la aplicación del
mismo únicamente el período de tiempo transcurrido hasta
el 31 de Diciembre de 1996.
El sistema transitorio se basa en la aplicación
de los siguientes coeficientes reductores :
- 11,11% Para inmuebles, derechos que recaigan
sobre los mismos o valores del art. 108 de la Ley 24/1988 de Mercado de
valores, excepto las acciones y participaciones representativas del capital
social o del patrimonio de las sociedades o fondos de inversión
colectiva.
- 25% respecto a acciones admitidas a negociación
en mercados secundarios oficiales, excepto las acciones, representativas
de las sociedades de inversión mobiliaria e inmobiliaria.
- 14,28 % los restantes elementos.
Así estos porcentajes
la exención en su tributación se produce cuando hayan permanecido
al menos 10, 5 y 8 años respectivamente, en el patrimonio
del contribuyente antes del 31 de diciembre de 1996.
Tener en cuenta que los dos primeros años de
permanencia en el patrimonio del contribuyente no se tienen en cuenta.
Los siguientes años hasta 31-12-1996 se toman redondeándose
por exceso. Las mismas reglas se aplican a las mejoras realizadas en el
elemento patrimonial.
Calculada la ganancia patrimonial en los términos
que establece la LIRPF, la ganancia patrimonial una vez reducida tributará
en la Parte especial de la BI al tipo fijo del 15%. (Ojo tener en cuenta
que el tipo fijo a partir de la aprobación de la nueva LIRPF el
1 de enero del 2007 el tipo será del 18%).
Si no es posible la aplicación de los coeficientes reductores por
estar el elemento patrimonial transmitido afecto a actividades económicas,
llevará consigo que la transmisión esté sujeta pero
exenta en IVA al ser considerado como terreno agrícola, ademas con
las posibilidad de renunciar a la exención de IVA si se cumplen
los requisitos que establece el Reglamento de IVA.
Señalar por otra parte lo dispuesto y ya publicado
en la resolución del TEAC de 13/10/2005 al disponer como
doctrina que hasta que no se hayan iniciado materialmente las obras de
urbanización la entrega de un terreno en curso de urbanización
no tiene carácter empresarial debiendo quedar sujeta al ITP.
|
|
MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y HACIENDA (BOE n. 176 de 25/7/2006)
REAL DECRETO 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
PDF
(32 págs. - 899 KB.)
COMISIÓN
NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES (BOE n. 176 de 25/7/2006)
CIRCULAR 2/2006, de 27 de junio, de la Comisión Nacional del Mercado
de Valores, sobre información de las instituciones de inversión
colectiva extranjeras inscritas en los Registros de la Comisión
Nacional del Mercado de Valores.
PDF
(4 págs. - 109 KB.)
MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y HACIENDA (BOE 178 de 27/7/2006)
Resolución de 11 de julio de 2006, de la Dirección General
de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que
se delega la competencia de instrucción del procedimiento
de responsabilidad patrimonial.
PDF
(1 págs. - 41 KB.)
MINISTERIO DE
TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES (BOE 178 de 27/7/2006)
Resolución de 13
de julio de 2006, de la Dirección General de Trabajo, por la que
se dispone la inscripción en el registro y publicación del
Acuerdo referente al período de prueba y a premios de jubilación
o similares que se incorporen al III Acuerdo Laboral de ámbito
estatal del sector de hostelería
PDF
(4 págs. - 185 KB.) .
Resolución de 13 de julio de 2006, de la Dirección General
de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro
y publicación del IV Acuerdo Sectorial Estatal de Formación
Continua en el sector de comercio.
PDF
(8 págs. - 292 KB.)
MINISTERIO DE
ECONOMÍA Y HACIENDA (BOE n. 179 de 28/7/2006)
RESOLUCIÓN de 18 de julio de 2006, de la Intervención General
de la Administración del Estado, por la que se modifica la de 28
de diciembre de 2000, por la que se aprueba la adaptación
del Plan General de Contabilidad Pública a aquellos organismos
públicos cuyo presupuesto de gastos tiene carácter estimativo.
PDF
(35 págs. - 1643 KB.)
AGENCIA
ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS (BOE n. 181 de 31/7/2006)
RESOLUCIÓN de 12 de julio de 2006, de la Agencia Española
de Protección de Datos, por la que se crea el Registro Telemático
de la Agencia Española de Protección de Datos.
PDF
(3 págs. - 81 KB.)
Resolución de 12 de julio de 2006, de la Agencia Española
de Protección de Datos, por la que se aprueban los formularios
electrónicos a través de los que deberán efectuarse
las solicitudes de inscripción de ficheros en el Registro General
de Protección de Datos, así como los formatos y requerimientos
a los que deben ajustarse las notificaciones remitidas en soporte informático
o telemático.
PDF
(62 págs. - 10331 KB.)
MINISTERIO
DE LA PRESIDENCIA (BOE 181 de 31/7/2006)
RESOLUCIÓN de 21 julio de 2006, de la Subsecretaría, por
que se dispone la publicación del Acuerdo suscrito entre el Ejército
del Aire y la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de
encomienda de determinadas actividades en el ámbito de las operaciones
de vigilancia aduanera.
PDF
(2 págs. - 93 KB.)
|
|
Ajustes
del Impuesto sobre el Patrimonio
El Mundo 23/07/06
Los cambios fiscales que están debatiendo las
Cortes afectarán primordialmente, desde el 1 de enero de 2007,
al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y, en menor
medida, al Impuesto sobre Sociedades. También, por razones de coherencia
y coordinación con ambos tributos, van a ser objeto de modificación
legal algunos aspectos del Impuesto sobre la Renta de No Residentes, al
que asimismo se pretende acercar de manera más estrecha al ordenamiento
europeo. En el Impuesto sobre el Patrimonio, por el contrario, los cambios
se van a constreñir exclusivamente a una pequeña serie de
ajustes técnicos. Esto es lo que dice la exposición de motivos
del Proyecto de Ley de reforma fiscal. Como el rendimiento de dicho tributo
está cedido en su integridad a las Comunidades Autónomas,
la eventualidad de una modificación sustantiva de sus disposiciones
requerirá de una iniciativa concertada de los diversos poderes
regionales. Sin embargo, alguna de las variaciones propuestas traspasa
la frontera de la técnica jurídico-fiscal y supone una auténtica
modificación de fondo perfectamente medible en unidades monetarias,
en un potencial pago superior de este impuesto para determinadas personas.
Continuar
La
creciente polarización social
Día a día.net 26/07/06
El debate territorial
que está teniendo lugar en España a raíz de la aprobación
por varias comunidades autónomas de sus Estatutos está inhibiendo
otro debate que debiera ocurrir en nuestro país sobre la creciente
polarización social que apenas está teniendo visibilidad
mediática y política. Durante estos últimos años
estamos experimentando un gran crecimiento de las rentas del capital y
un estancamiento (cuando no declive) de las rentas del trabajo.
Según un reciente
estudio realizado por el catedrático de Economía Juan Torres,
el beneficio neto de las compañías no financieras españolas
aumentó en el año 2005 nada menos que el 26,2%, y el de
los grandes que cotizan en Bolsa y que se incluyen en el Ibex 35 fue de
un enorme 44%. Dentro de ellas, las empresas energéticas Endesa,
Iberdrola, Unión Fenosa e Hidrocantábrico fueron las que
ampliaron más sus beneficios durante aquel año. Otro grupo
empresarial que alcanzó también beneficios exorbitantes
fue la banca. Según la Asociación Española de la
Banca, los beneficios de la banca alcanzaron un crecimiento promedio del
58,82% respecto al año 2004, beneficios que fueron semejantes a
los obtenidos por las cinco empresas de construcción más
importantes en el país. La lista de empresas con beneficios exorbitantes
es enorme. Antena 3 incrementó sus beneficios el 100%; Iberia,
el 96%; el Grupo Santander, el 72,5%; Telefónica, el 40%; el BBVA,
el 30%; Repsol, el 29,2%, y así un largo etcétera. Como
consecuencia, las rentas del capital se están incrementando con
millones y millones de euros. Sólo las compañías
energéticas citadas anteriormente ingresaron 5.582 millones de
euros más en el año 2005 que en el año 2004; las
constructoras, 2.183 millones de euros más que en el año
anterior; las empresas del Ibex 35, 37.500 millones de más, y la
lista podría continuar más y más.
Continuar
|