Boletín nº 14.- 02/05/2006

NOTICIAS


Hacienda planea la mejora fiscal de las amortizaciones. (+)

Un usuario medio" puede llegar a pagar "hasta 171 euros al año en comisiones aplicadas por su banco (+)

Hacienda exigirá a los compradores de vivienda sobre plano, el NIF del promotor.
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Las cuotas mensuales de las hipotecas podrían subir hasta un 30% si los tipos de interés alcanzan los niveles máximos (+)

Hacienda y la Seguridad Social recuperarán sus privilegios a la hora de cobrar los créditos en los procedimientos concursales
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El Consejo Social veta la paridad en los órganos rectores de las empresas (+)

El Círculo cuestiona la reforma fiscal (+)

Los inspectores cobrarán según el fraude detectado (+)

Inmobiliarias, via de escape para el dinero negro (+)

El Gobierno rebajará el coste del empleo creado por mujeres (+)

Los trabajadores de los nuevos socios europeos ya pueden venir a España (+)



ARTÍCULOS


LEY 6/2006, de 24 de abril, de modificación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), para la clarificación del concepto de vehículo destinado al transporte de personas con minusvalía contenido en la misma ley. (+)

LEY 7/2006, de 24 de abril, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre. (+)

Dos grupos de declarantes. dos tipos de rentas. dos tipos de vida. (+)


Creado un servicio de asesoramiento permanente para agricultores y ganaderos (+)

COMENTARIOS


Joseph Stiglitz: “El proteccionismo nace por la debilidad del mercado laboral” (+)

La empresa familiar, mejor sin nueras ni yernos (+)

Los juicios por discriminación saldrán más caros a las empresas (+)

Más inseguridad en el trabajo es el precio para mantener el estilo europeo, según el FMI (+)
NOVEDADES LEGISLATIVAS

Real Decreto 397/2006, de 31 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1270/1997, de 24 de julio, por el que se regula la Oficina Española de Patentes y Marcas. (+)

Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo. (+)

LEY 6/2006, de 24 de abril, de modificación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), para la clarificación del concepto de vehículo destinado al transporte de personas con minusvalía contenido en la misma ley. (+)

LEY 7/2006, de 24 de abril, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas,aprobado por el Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre. (+)

Corrección de errores en la Resolución de 11 de abril de 2006, de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, sobre el Libro de Visitas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (+)


 

 

 




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Noticias

EL FMI PREVÉ QUE ESPAÑA CRECERÁ UN 3.3% EN 2006 Y ALERTA SOBRE EL PRECIO DE LA VIVIENDA
El Economista 19/04/06
El Fondo Monetario Internacional (FMI) ha advertido que los precios de la vivienda en España han sobrepasado los fundamentos estimados durante el año pasado. El organismo prevé un incremento del Producto Interior Bruto (PIB) mundial del 4,9 por ciento.

UN USUARIO MEDIO PAGA HASTA 171 EUROS ANUALES EN COMISIONES APLICADAS POR SU BANCO EN SU CUENTA
FACUA 20/04/06
La Federación de Consumidores en Acción (FACUA) ha denunciado hoy que "un usuario medio" puede llegar a pagar "hasta 171 euros al año en comisiones aplicadas por su banco" y que sólo "una de cada diez entidades bancarias" no aplican estas tarifas "sin exigir al usuario que contrate productos o domicilie la nómina". Las entidades del informe que cobran más comisiones a este usuario son Banco Herrero, con 170,90 euros; Banesto, 148,86 euros, y Santander Central Hispano, 143,03 euros, según las tarifas máximas facilitadas al Banco de España. Según Facua, únicamente tres de las entidades encuestadas no aplican comisiones de mantenimiento, administración, ingreso de cheques, transferencias ni envío de correspondencia sin exigir al usuario vinculación alguna.se trata de Bancaja, ActivoBank e Ing Direct, aunque estas dos últimas no permiten la domiciliación de recibos (lo hacen sólo si el usuario domicilia su nómina).
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LAS CUOTAS MENSUALES DE HIPOTECAS SUBIRÍAN UN 30% SI LOS TIPOS LLEGAN A MÁXIMOS
Expansión 20/04/06
Las cuotas mensuales de las hipotecas podrían subir hasta un 30% si los tipos de interés alcanzan los niveles máximos que se han visto en la Unión Monetaria, situados en el 4,75% en el caso de los tipos oficiales y en el 6,39% en el de los hipotecarios.
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HACIENDA PLANEA LA MEJORA FISCAL DE LAS AMORTIZACIONES
Expansión 21/04/06
El Gobierno quiere mejorar el trato fiscal que reciben determinados sectores en las amortizaciones de sus bienes, y se ha puesto manos a la obra en la creación de grupos de trabajo que, de acuerdo con las empresas afectadas, avancen en la elaboración de la reforma.
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HACIENDA EXIGIRÁ A LOS COMPRADORES DE VIVIENDA SOBRE PLANO EL NIF DEL PROMOTOR

El País 21/04/06
El presidente del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), Valentí Pich, afirmó ayer que en la campaña de renta de este año los contribuyentes que quieran practicar una deducción por adquisición de vivienda habitual, deberán consignar el NIF del promotor o del constructor en su declaración.
Mas información

LOS AUTÓNOMOS AFILIADOS A LA SEGURIDAD SOCIAL SUPERAN LA BARRERA DE LOS TRES MILLONES
Ministerio de Trabajo y Asustos Sociales 23/04/06
El Régimen Especial de Autónomos de la Seguridad Social superó esta semana los tres millones de afiliados al alcanzar la cifra de 3.004.122 trabajadores afiliados el día 19 de este mes. Esta cifra indica que en los últimos doce meses el número de autónomos en alta en el sistema ha aumentado en 102.783 afiliados en relación a marzo de 2005, mes que registró una media de 2.901.339 autónomos en alta. Este aumento equivale, en términos porcentuales, a un incremento del 3,54% en este período.

El Régimen Especial de Autónomos es el segundo más importante del Sistema de la Seguridad Social en número de afiliados, tras el Régimen General de trabajadores por cuenta ajena que ya superó en la última semana del pasado marzo los catorce millones de afiliados. Estos dos regímenes representan el 92,17% del total de afiliados al sistema que el día 19 de abril alcanzó la cifra total de 18.553.556 ocupados. El Régimen Especial de Trabajadores Autónomos llegó a los dos millones en marzo de 1986.

En lo que va de año, la media de afiliados en el conjunto del Sistema de la Seguridad Social se ha situado en 18.316.079 ocupados, cifra que supera en 411.827 afiliados la media registrada el año anterior (17.904.252 afiliados).

HACIENDA Y LA SEGURIDAD SOCIAL RECUPERARÁN SUS PRIVILEGIOS

La Gaceta de los Negocios 24/14/06
Hacienda y la Seguridad Social recuperarán sus privilegios a la hora de cobrar los créditos en los procedimientos concursales, algo que va a perjudicar a las pequeñas y medianas empresas. La Ley de prelación de créditos contradice la última jurisprudencia de los tribunales

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CALDERA HABLA DE UNA REFORMA LABORAL INSUFICIENTE QUE NECESITARÁ AMPLIACIONES.
La Razón 25/04/06
El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Jesús Caldera, anunció ayer que la reforma laboral que el Gobierno está a punto de firmar con los agentes sociales «no será de mínimos», aunque, por sí sola, «no será suficiente», ya que es sólo un paso más que habrá que ir ampliando con «sucesivas reformas». Caldera puntualizó que el texto se firmará antes de que finalice el mes de mayo y se centrará en corregir la excesiva temporalidad del mercado de trabajo, del 33,7%, según los datos de la última Encuesta de Población Activa elaborada por el Instituto Nacional de Estadística
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LA RECAUDACIÓN TRIBUTARIA MANTIENE EL VIGOR DURANTE EL PRIMER TRIMESTRE DEL AÑO
Cinco Días 26/04/06
Los ingresos no financieros del Estado acumulados en el primer trimestre de 2006 alcanzaron los 44.379 millones de euros, impulsados, tanto por la pujanza de los impuestos directos como la de los indirectos. En el caso del IRPF, los ingresos están creciendo a un ritmo del 10,3% (las retenciones salariales al 9,3%), según avanzó ayer el secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos, Carlos Ocaña, 'lo que prueba la buena marcha del mercado de trabajo'.
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EL COMERCIO DENUNCIA EL ALZA DE LAS TASAS LOCALES TRAS LA SUPRESIÓN DEL IAE
Expansión 26/04/06
Según la patronal de los establecimientos más pequeños, la Confederación Española de Comercio (CEC), los municipios han disparado el importe de las tasas locales hasta hacer saltar la voz de alarma en el sector. El secretario general de la CEC, Miguel Ángel Fraile, denunció ayer lo que denominó “presión fiscal paralela” de los entes locales, especialmente tras la desaparición en 2003 del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) para las empresas que facturan menos de un millón de euros.
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EL CONSEJO SOCIAL VETA LA PARIDAD EN LOS ÓRGANOS RECTORES DE LAS EMPRESAS

Consejo Económico y Social
El Consejo Económico y Social rechazó ayer la obligación de alcanzar una composición paritaria en los Consejos de Administración de las empresas que establece el anteproyecto de Ley de Igualdad, tras prosperar una enmienda presentada por la CEOE.
El Pleno de este órgano consultivo (CES) acordó por 24 votos a favor y 23 en contra la inclusión de esta propuesta de la patronal al dictamen de la iniciativa legislativa ayer aprobada. Al término del Pleno, la CEOE también anunció un voto particular al dictamen, fundamentalmente porque se opone a la imposición de pactar dentro de la negociación colectiva las medidas y planes en favor de la igualdad.
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EL CÍRCULO DE EMPRESARIOS CUESTIONA LA REFORMA FISCAL
Cinco Días 28/04/06
Las reformas previstas del IRPF y el impuesto de sociedades no mejorarán la competitividad de la economía española. Esa es, al menos, la opinión del Círculo de Empresarios, que presentó ayer un informe sobre la relación entre marco fiscal y productividad. Sus autores centran sus críticas en que las futuras regulaciones 'no favorecerán la acumulación de ahorro ni la inversión productiva'. En esta línea contraproducente irían medidas como suprimir las deducciones por inversión de plusvalías (iniciativa que el Gobierno ahora se replantea parcialmente), elevación de la fiscalidad de algunos tipos de ahorro, o limitar las deducciones por aportación a planes de pensiones privados.
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LOS INSPECTORES COBRARÁN SEGÚN EL FRAUDE DETECTADO
Expansión 28/04/06
Un mecanismo implantado en la Agencia Tributaria eleva la paga por productividad de los inspectores que detectan determinadas cantidades preestablecidas de deuda. Si no alcanzan la cifra deben hacer más inspecciones.
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INMOBILIARIAS, VÍA DE ESCAPE PARA BLANQUEAR DINERO NEGRO
El Correo Gallego, 24-04-06
Es un secreto a voces. El uso de dinero negro en la compraventa de vivienda se ha convertido en una práctica tan habitual que casi nadie se molesta en ocultarla. Un reciente estudio de la revista Consumer-Eroski así lo demuestra. Los técnicos de la publicación visitaron haciéndose pasar por clientes 318 inmobiliarias de 18 ciudades españolas (entre ellas La Coruña)

En seis de cada diez agencias consultadas aceptaron mediar sin poner ningún tipo de problema en operaciones en las que se ocultaba a Hacienda parte del importe de la venta. En muchos casos este requisito era imprescindible para poder comprar la vivienda.

Los beneficiarios de este tipo de operaciones son los vendedores y no las agencias. La mecánica suele ser la siguiente. La escritura del inmueble no se realiza por el valor total de la compraventa y de este modo sólo tienen que pagar los impuestos correspondientes al dinero declarado. El comprador en principio también ahorra, ya que cuando adquiere la vivienda debe pagar el 7% del precio de IVA y cuanto menor es el precio menos desembolsa. Sin embargo, José María Mollinedo, vicepresidente de Gestha (sindicato de técnicos de Hacienda), advierte de que la jugada a menudo no compensa. Mollinedo explica que el dinero que la Agencia Tributaria devuelve por deducciones suele ser mayor. “Las cuentas no le salen al comprador y esto no se lo explica la promotora”, asegura.

Gestha denuncia que, en muchos casos, la parte que hay que ofrecer en negro alcanza la mitad del valor real del inmueble. “La mayor parte del fraude se da en vivienda nueva, ya que es la que más se vende”, afirma Mollinedo, quien precisa que es la vivienda usada, sin embargo, donde la trampa es más fácil.

Los pisos de protección oficial son otros de los más afectados por el tránsito de dinero negro. Según el informe de Consumer-Eroski, en todas las inmobiliarias que los ofrecían (sólo un 10%) el precio era igual que el de las viviendas libres. La diferencia, por tanto, había que desembolsarla en negro.

EL EURIBOR VUELVE A SUBIR Y SE SITÚA EN EL 3,22%, UN NIVEL QUE NO TOCABA DESDE OCTUBRE DE 2002
El Pais 28/04/06
El principal indicador utilizado en España para fijar el tipo de interés de las hipotecas subió más de una décima en abril, por séptimo mes consecutivo, y se elevó al 3,221%, con lo que alcanzó el nivel más alto desde octubre de 2002, según datos del mercado que deberá confirmar el Banco de España a mediados de mes.

Sólo en abril, este indicador ha subido más de una décima. De esta manera, los titulares de una hipoteca que tengan la revisión anual en las próximas semanas verán que la cuota se ha incrementado casi un punto en el último año.

Por ejemplo, los que posean una hipoteca de 120.000 euros a veinte años verán cómo se encarece más de 56,63 euros, lo que en el conjunto del año supone un ascenso de 679,56 euros, más de una cuota completa de la hipoteca.

BOLIVIA DA UN ULTIMÁTUM A REPSOL TRAS NACIONALIZAR SUS YACIMIENTOS
Cinco Días02/05/06

El presidente de Bolivia, Evo Morales, anunció ayer la nacionalización de los hidrocarburos mediante un decreto que obliga a las multinacionales que operan en el país, entre las que se encuentra Repsol YPF, a entregar toda su producción al Estado. Las empresas tienen 180 días para adaptarse a la nueva situación.
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EL GOBIERNO REBAJARÁ EL COSTE DEL EMPLEO CREADO POR MUJERES
Expansión 02/05/06
El Ejecutivo incluye en su plan de reformas el apoyo a la creación de empresas por colectivos de difícil inserción en el mercado laboral. Las medidas se suman, en el caso de las mujeres, a las recogidas en la ley de igualdad.

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LOS TRABAJADORES DE LOS NUEVOS SOCIOS EUROPEOS YA PUEDEN VENIR A ESPAÑA
Crónica Social 02/05/06
Los ciudadanos de los nuevos socios europeos podrán venir a España a trabajar si así lo desean. Este lunes, 1 de mayo, Día del Trabajo, se cumplen dos años de la entrada de los citados países en la UE y concluye la moratoria que impedía la libre entrada en España de sus trabajadores, tal y como lo anunció Zapatero en la III Cumbre Hispano-polaca. El resto de antiguos miembros pueden mantener las restricciones de entrada hasta 2011

Cuando se aceptó la entrada en la UE de diez nuevos estados se aprobó esta moratoria ante el peligro que para la estabilidad de los trabajadores nacionales podría suponer la llegada masiva de mano de obra proveniente de estos países. Sin embargo, el Gobierno considera que pasados dos años desde la ampliación ya no existe ese peligro, por lo que se levanta la moratoria y se comienza a aplicar el Derecho Comunitario a todos los socios.

Cuando se produjo la ampliación, el 1 de mayo de 2004, se dejó ya fuera de esta restricción a los trabajadores de Chipre y Malta, mientras que sí afectaba a los ciudadanos de Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Letonia, Lituania, Hungría, Polonia y la República Checa. Los Quince acordaron la posibilidad de que cada Estado pudiese imponer estas moratorias hasta el año 2011.

Según los últimos datos del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en España cotizan a la Seguridad Social más de 1,7 millones de inmigrantes, de los que 28.967 provienen de estos ocho países a los que se les levanta la restricción.

Disposiciones transitorias de los Quince a los nuevos socios. (Descargar PDF).

Artículos

LEY 6/2006, de 24 de abril, de modificación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), para la clarificación del concepto de vehículo destinado al transporte de personas con minusvalía contenido en la misma ley.

Se publica en el BOE de 25 de Abril la Ley 6/2006 de modificación del IVA a efectos de determinar la definición que debe considerarse de “vehículos de minusválidos” y determinar los casos en los que se aplica el tipo reducido.

La necesidad de la modificación surge por la publicación del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en donde se define los vehículos para personas con movilidad reducida como aquellos cuya tara no sea superior a 350 kilogramos y construidos especialmente, y no adaptados, para el uso de personas con alguna disfunción o minusvalía.

La aplicación del tipo superreducido del IVA a estos supuestos llevaba a interpretaciones erróneas.

Por ello la presente Ley modifica los artículos 91.Dos.1.4.º y 91.Dos.2 para aplicar el tipo superreducido a todas las operaciones de entregas, adquisiciones intracomunitarias o importaciones, servicios de reparación o adaptación de vehículos para personas con movilidad reducida, con objeto de incluir todos los vehículos destinados al transporte de estas personas, con independencia de quién sea el conductor, siempre que sirva como medio de transporte habitual para personas minusválidas.

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LEY 7/2006, de 24 de abril, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre.

La Cuarta Directiva europea se ha visto modificada, en cuanto a las cuentas anuales y consolidadas de determinadas formas de sociedades, bancos y otras entidades financieras y empresas de seguros, por el artículo 1.20) de la Directiva 2003/51/CE, incorporando un nuevo artículo, el 53 bis, con la finalidad de aumentar la transparencia financiera de las sociedades “cotizadas”

Al amparo de estas circunstancias, y para transponer correctamente la Directiva 2003/51/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2003, y de que las empresas españolas cuenten con unas normas contables técnicamente preparadas para permitir la comparabilidad de su información económico-financiera con la de las empresas de los restantes Estados miembros de la Unión Europea, procede modificar el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre.

La modificación que se propone alcanza exclusivamente a los artículos 181 y 190 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, en cuya virtud se transpusieron los artículos 11 y 27 de la Cuarta Directiva. Los artículos 202, 218 y 203 del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas que versan sobre las materias reguladas en los artículos 46 (informe de gestión), 47 (publicidad) y 51 (auditoría), respectivamente, no precisan ser modificados, dado que la dispensa que en ellos se prevé se regula por remisión a los citados artículos 181 y 190.

Artículo único. Modificación del texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.

El texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, se modifica en los siguientes términos:

Uno. Se añade un apartado 4 al artículo 181, con la siguiente redacción:

«4. Las sociedades cuyos valores estén admitidos a negociación en un mercado regulado de cualquier Estado miembro de la Unión Europea no podrán formular balance abreviado.»

Dos. Se añade un apartado 4 al artículo 190, con la siguiente redacción:

«4. Las sociedades cuyos valores estén admitidos a negociación en un mercado regulado de cualquier Estado miembro de la Unión Europea no podrán formular cuenta de pérdidas y ganancias abreviada.»

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Corrección de errores en la Resolución de 11 de abril de 2006, de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, sobre el Libro de Visitas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Advertido error por omisión de la segunda página del anexo de la Resolución de 11 de abril de 2006, de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, sobre el Libro de Visitas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, publicada en el Boletín Oficial del Estado número 93, de 19 de abril, se publica a continuación el anexo completo de la citada resolución.

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REAL DECRETO 419/2006 de 7 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 2485/1998, de 13 de noviembre, relativo a la regulación del régimen de franquicia y el registro de franquiciadores.


Esta reforma tiene por objeto potenciar el Registro de Franquiciadores como instrumentos de información cualificada y veraz del régimen de franquicia, así como aclarar la calificación de las empresas franquiciadoras. De este modo las personas interesadas en invertir en un proyecto empresarial podrán obtener una información razonable para decidir si invierten o no en dicho proyecto.

Así, el registro de franquiciadores, que hasta ahora tenía un función básicamente censal, ampliará su contenido con nuevos datos, convirtiéndolo en una guía para reconocer a las empresas que cumplen con los requisitos para ser consideradas franquiciadoras frente a otras que no los cumplen.

De acuerdo con estas premisas, el contrato de franquicia, algunos de cuyos extremos se destacan en la modificación introducida por el presente real decreto, se caracteriza por ceder a un tercero la explotación de un modelo empresarial de éxito y que se basa en:

- Cesión de uso de una marca, o imagen corporativa u otros derechos de propiedad industrial o intelectual o, en su caso, de una presentación uniforme de los locales o medios de transporte objeto del contrato; pudiéndose comprobar documentalmente la inscripción de estos derechos.

- Aportación de una serie de conocimientos técnicos o saber hacer, que no son sino un conjunto de conocimientos prácticos no patentados, derivados de la experiencia del franquiciador y verificados por éste, que son secretos, substanciales e identificados, entendiendo por ello que no sean generalmente conocidos o fácilmente accesibles y que incluyen una información importante y suficientemente completa para la gestión de la actividad empresarial.

La modificación contemplada en esta norma también recoge otros extremos de interés como:

- La concreción del concepto de franquiciado principal.
- La diferenciación dentro del Registro de franquiciadores de una categoría especial para las redes ya consolidadas.
- La mejora de los procesos de actualización de datos.
- La mejora de la información a suministrar por las empresas inscritas en el Registro.
- En la elaboración de esta disposición han sido consultadas las comunidades autónomas y oídos los sectores afectados.

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Dos grupos de declarantes. dos tipos de rentas. dos tipos de vida.

Según datos de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria respecto a las rentas declaradas en el IRPF ejercicio 2003/2004, los trabajadores por cuenta ajena declaran una media de ingresos de 17.624 € anuales casi el doble de la cantidad declarada por los autónomos y profesionales, que declaran una media de 9.177 €.

Rentas medias declaradas por sectores:
Primer grupo:Trabajadores por cuenta ajena.................................................17.624 €
Segundo grupo: Autónomos y profesionales....................................................9.177 €

Dentro de este segundo grupo podemos distinguir:

Declarantes de actividades económicas:
-Estimación directa....................................11.978 €
-Estimación objetiva (módulos)..................... 6.527 €
-Agricultores............................................. 3.193 € 

Estos datos ponen de manifiesto un hecho que era de sobra conocido. La tribulación efectiva recae realmente en aquellos que trabajan por cuenta ajena, es decir quien percibe sus rentas por una nomina, al estar sujetas  a retención y sin posibilidad de ocultar al fisco ningún ingreso. Sin embargo empresarios y profesionales (autónomos todos ellos)  en IRPF (abogados, arquitectos, bares, restaurantes,...) declaran unas rentas medias muy inferiores a las rentas declaradas por los trabajadores por cuenta ajena. Estos datos son fiel reflejo de una economía sumergida, de la existencia de dinero negro, de rentas no declaradas, pues no resulta creíble que un profesional o un restaurante, por ejemplo, pueda obtener menos ingresos que un funcionario. Es precisamente aquí donde hay mucho trabajo por hacer. La administración debería dedicar esos recursos humanos y materiales de que dispone a través de la Agencia Tributaria para luchar y conseguir aflorar esas rentas que de otra forma son utilizadas por ese segundo grupo de declarantes en una mejor y mayor calidad de vida de la que disfrutan los declarantes del primer grupo.

Número de referencia catastral. Adiós a las rentas inmobiliarias no declaradas.

Hacienda podrá sancionar a los contribuyentes que no incluyan en la declaración de IRPF del ejercicio 2005, cuyo período de declaración se ha iniciado con los borradores , el  número de referencia catastral de su inmuebles, tanto si es en régimen de alquiler como si es de su propiedad.

Con ello se pretende sacar a la luz la cantidad de viviendas en régimen de alquiler  cuyas rentas o alquileres   no son objeto de declaración en el IRPF como rendimientos de capital inmobiliario. El cruce de información entre el inquilino que incluye en su declaración de IRPF el número de referencia catastral de su vivienda alquilada y la declaración de su propietario como vivienda a disposición de su titular, dará lugar a la realización por parte de los órganos de Gestión Tributaria o en su caso de Inspección de Tributos de numerosas liquidaciones tributarias y sus correspondientes expedientes sancionadores.

Asimismo, hay obligación, aquellos que tienen derecho a practicar deducción por compra de vivienda sobre plano, a hacer constar en la declaración el número de identificación fiscal del promotor al cual han entregado cantidades a cuenta con derecho a deducir.

Creado un servicio de asesoramiento permanente para agricultores y ganaderos
La Moncloa.es 28/04/06

En el año 2006 está previsto que se asesoren unos 50.000 agricultores y ganaderos, con una inversión cercana a los 50 millones de euros, cofinanciados por la Unión Europea 250.000 agricultores y ganaderos, con una inversión de 75 millones de euros, se beneficiarán cuando el sistema esté en pleno funcionamiento en el año 2007

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regulan el establecimiento, las condiciones y el reconocimiento de las entidades que prestarán servicios de asesoramiento a las explotaciones agrarias. Para ello se establece un régimen de ayudas que se concederán tanto para la creación o adecuación de las entidades de asesoramiento, como para los agricultores que utilicen esos servicios. Está prevista una inversión total para este primer año de aplicación del sistema (FEOGA+Nacional) de cincuenta millones de euros, de los que 9,6 millones corresponderán a los Presupuestos Generales del Estado. Para 2007, cuando el sistema esté en pleno funcionamiento, se beneficiarán 250.000 agricultores y ganaderos, con una inversión total de 75 millones de euros.

Estas entidades asesoras deberán llevar a cabo el diagnóstico de la situación y propuesta de mejoras en las explotaciones en materias relacionadas con la salud pública, sanidad animal y vegetal, bienestar de los animales, buenas condiciones agrarias y medioambientales, y, en el caso de los agricultores jóvenes, las materias relacionadas con el inicio de la actividad. A estos efectos de asesoramiento, los agentes económicos y sociales, cooperativas y organizaciones profesionales agrarias pueden jugar un papel determinante en su desarrollo.

Privacidad de acceso

Si bien todos los agricultores podrán acceder, de forma voluntaria, a los servicios de asesoramiento, la nueva normativa estipula que tendrán prioridad los agricultores que reciban más de quince mil euros anuales en concepto de pagos directos, los titulares de explotaciones calificadas como prioritarias, así como los que tengan la condición de agricultor joven o mujer, los que hayan asumido compromisos agroambientales y los que participen en programas de calidad de los alimentos.

Las entidades de servicios de asesoramiento deberán solicitar su reconocimiento al órgano competente de la Comunidad Autónoma en la que tengan previsto ejercer su actividad; pero, si su actuación se desarrolla en varias Comunidades, el reconocimiento corresponderá a la Dirección General de Desarrollo Rural del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Entre otros requisitos a estas entidades se les exige disponer de personal cualificado, con formación en materia de asesoramiento, y acreditar experiencia y fiabilidad en este tema.

El texto aprobado contempla también la creación en el Ministerio, de un Registro Nacional de entidades con servicios de asesoramiento, en el que deberán inscribirse tanto los servicios reconocidos por el Ministerio de Agricultura, como los reconocidos o designados por los órganos competentes de las Comunidades Autónomas.

Régimen de ayudas

El Real Decreto recoge, igualmente, el régimen de ayudas que se podrán conceder, tanto para la creación o adecuación de las entidades privadas de asesoramiento, como para los agricultores que utilicen estos servicios. También se prevé una ayuda incrementada a la primera instalación de agricultores jóvenes cuando éstos recurran o se comprometan a recurrir a los servicios de asesoramiento.

Las ayudas para la creación o adecuación de servicios de asesoramiento consistirán en una ayuda a la inversión en bienes inventariables de hasta el 50 por 100 de la inversión realizada en los cinco primeros años de funcionamiento; y ayudas a la creación de puestos de trabajo mediante contratos nuevos suscritos con demandantes de primer empleo o desempleados durante, al menos, los seis meses anteriores, que no superarán el 60 por 100 de los costes salariales.

Las ayudas a los agricultores por la utilización de los servicios de asesoramiento están destinadas a sufragar los gastos incurridos por la consulta a estos servicios cuando los informes o dictámenes tengan por objeto evaluar el rendimiento y viabilidad de la explotación y determinar el cumplimento, y, en su caso, proponer mejoras relativas a la aplicación de la condicionalidad.

Importes

El importe de la ayuda a los agricultores será de hasta mil euros en el caso de explotaciones prioritarias y de hasta ochocientos euros en el resto. Se establecen incrementos en el caso de explotaciones situadas en zonas desfavorecidas, zonas Natura 2000, agricultores jóvenes, mujeres, explotaciones que han asumido compromisos agroambientales o participen en programas de calidad de los alimentos. La ayuda está limitada a un 80 por 100 del gasto facturado y no podrá superar los 1.500 euros por explotación, con una frecuencia de, como máximo, tres años.

Para la coordinación del sistema de asesoramiento en España, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación se reunirá periódicamente con representantes de las Comunidades Autónomas y entidades que presten el servicio de asesoramiento, con el fin de evaluar y analizar su funcionamiento.

Para este primer año de aplicación del sistema de asesoramiento en España 2006, se prevé un acceso de 50.000 agricultores y la creación de cien oficinas en todo el territorio nacional.

PDF (2 págs. - 64 KB.)

Novedades Legislativas
MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS (BOE n. 96 de 22/4/2006)
Real Decreto 397/2006, de 31 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1270/1997, de 24 de julio, por el que se regula la Oficina Española de Patentes y Marcas.

PDF (2 págs. - 56 KB.)

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES (BOE 96 de 22/4/2006)
Resolución de 5 de abril de 2006, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de la revisión salarial correspondiente a 2005, y los salarios de 2006 del Convenio Colectivo Interprovincial de Minoristas de Droguerías, Herboristerías, Ortopedias y Perfumerías.
PDF (2 págs. - 104 KB.)

BANCO DE ESPAÑA (BOE 96 de 22/4/2006)

Resolución de 18 de abril de 2005, del Banco de España, por la que mensualmente se hacen públicos los índices de referencia
PDF (1 págs. - 31 KB.)

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA (BOE n. 97 de 24/4/2006)
Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo.

PDF (25 págs. - 719 KB.)

JEFATURA DEL ESTADO (BOE n. 98 de 25/4/2006)
LEY 6/2006, de 24 de abril, de modificación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), para la clarificación del concepto de vehículo destinado al transporte de personas con minusvalía contenido en la misma ley.
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LEY 7/2006, de 24 de abril, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre.
PDF (2 págs. - 62 KB.)

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA (BOE n. 99 de 26/4/2006)
Orden EHA/1199/2006, de 25 de abril, por la que se desarrollan las disposiciones del Reglamento de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, reguladora de las instituciones de inversión colectiva, relativas a las instituciones de inversión colectiva de inversión libre y las instituciones de inversión colectiva de instituciones de inversión colectiva de inversión libre y por la que se habilita a la Comisión Nacional del Mercado de Valores para dictar diversas disposiciones.
PDF (3 págs. - 83 KB.)

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES (BOE n. 99 de 26/4/2006)

Corrección de errores en la Resolución de 11 de abril de 2006, de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, sobre el Libro de Visitas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

PDF (3 págs. - 75 KB.)


MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO (BOE n. 100 de 27/4/2006)
Real Decreto 419/2006 de 7 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 2485/1998, de 13 de noviembre, relativo a la regulación del régimen de franquicia y el registro de franquiciadores.
PDF (4 págs. - 104 KB.)

MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES (BOE 100 de 27/4/2006)

Resolución de 11 de abril de 2006, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del Convenio colectivo de Grandes Almacenes.
PDF (22 págs. - 965 KB.)


MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO (BOE 101 de 28/4/2006)
Resolución de 10 de abril de 2006, de la Dirección General de Desarrollo Industrial, por la que se publica la relación de normas europeas que han sido ratificadas durante el mes de marzo de 2006, como normas españolas.
PDF (7 págs. - 223 KB.)

Resolución de 10 de abril de 2006, de la Dirección General de Desarrollo Industrial, por la que se publica la relación de normas UNE anuladas durante el mes de marzo de 2006.
PDF (3 págs. - 108 KB.)

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA (BOE n. 102 de 29/4/2006)
Resolución de 27 de abril de 2006, del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del Área del Monopolio.
PDF (3 págs. - 88 KB.)

MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO (BOE n. 102 de 29/4/2006)

Real Decreto 418/2006, de 7 de abril, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos y Peritos de Telecomunicación.
PDF (16 págs. - 481 KB.)

Resolución de 26 de abril de 2006, de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se hacen públicos los nuevos precios máximos de venta de gas natural para uso como materia prima.
Más... PDF (1 págs. - 32 KB.)

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN (BOE n. 102 de 29/4/2006)
Real Decreto 520/2006, de 28 de abril, por el que se regulan las entidades que presten servicio de asesoramiento a las explotaciones agrarias y la concesión de ayudas a su creación, adaptación y utilización.
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MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA (BOE n. 103 de 1/5/2006)

Resolución de 10 de abril de 2006, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se recogen las instrucciones para la formalización del Documento Único Administrativo.
PDF (2 págs. - 69 KB.)

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN (BOE n. 104 de 2/5/2006)
CONVENIO establecido sobre la base del artículo K.3 del Tratado de la Unión Europea, relativo a la utilización de la tecnología de la información a efectos aduaneros, hecho en Bruselas el 26 de julio de 1995.
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Comentarios

Joseph Stiglitz: “El proteccionismo nace por la debilidad del mercado laboral”
Expansión 20/04/06
Hay un cierto retorno al proteccionismo de la economía en el mundo, algo que está vinculado a los pobres comportamientos de los mercados laborales. A los trabajadores se les dice que la globalización les hará más ricos y que para competir deben rebajar su salario y su grado de protección. Al final, los trabajadores concluyen que, si éste es el modo de hacerse ricos, resulta una forma muy particular.
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La empresa familiar, mejor sin nueras ni yernos

Cinco Dïas 21/04/06
'Hasta los años 80, en España era muy común que las empresas familiares fuesen heredadas por los hijos varones. Las hijas se mantenían al margen del negocio, pero era frecuente que los yernos trabajasen en la compañía', señala Manuel Pavón, socio responsable de Consultoría de Empresa Familiar de Garrigues. Actualmente, explica, la tendencia es la contraria. 'La tendencia actual apunta a que la familia política no trabaje en el negocio, aunque hay honrosas excepciones. De hecho, en las empresas familiares donde trabajan familiares políticos éstos suelen ostentar el liderazgo del negocio o de alguna parte del negocio, porque la familia sólo escoge a un familiar político si éste está muy preparado'. Las estadísticas que maneja Garrigues respecto a sus clientes hablan por sí solas: sólo el 8% de familiares que trabajan en empresas familiares son políticos. Cuando se habla de participación accionarial, los porcentajes son ínfimos.
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Los juicios por discriminación saldrán más caros a las empresas
Cinco Días 27/04/06
Entre las consecuencias que ese endurecimiento de las condenas puede tener para las empresas figura también la posibilidad de enfrentarse a demandas estratégicas, un término con el que se hace alusión a las demandas falsas, presentadas con fines vengativos o interesados. Un fenómeno que, según algunos expertos en derecho laboral, se está produciendo en España en el campo de las demandas por acoso laboral. 'Estamos viendo casos de empleados que plantean demandas estratégicas por acoso; es un fenómeno que está floreciendo de forma preocupante. Desde nuestro punto de vista, la entrada en vigor de la ley va a dar lugar a una conflictividad muy complicada, porque estamos hablando de demandas con un peso económico importante', señalan los expertos del bufete.
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Más inseguridad en el trabajo es el precio para mantener el estilo europeo, según el FMI
Rebelión. Andy Robinson 21-04-2006
El debate sobre las políticas de empleo arrecia a caballo de la confrontación del modelo liberal de tradición anglosajona y el sistema proteccionista del Estado del bienestar. El FMI anima a Europa a revisar su política para crear riqueza.
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Presión fiscal
La Gaceta de los Negocios
Los informes sobre presión fiscal, que recogen los grandes impuestos (IRPF, Sociedades o IVA) y las cotizaciones sociales, indican que la presión fiscal soportada en España es un 35,4% del PIB. Para la mayoría de los ciudadanos que tienen que pagar impuestos (principalmente las rentas procedentes del trabajo y de aquellos negocios que tienen difícil escapar a Hacienda) su contribución supera incluso los seis meses de ingresos, lo que supone la mitad de su tiempo y esfuerzo.

En 2005, el tipo efectivo medio soportado por las empresas en España se situó en el 36,1% (el más elevado de la UE) a mucha distancia del 23,7% que sería la media de la UE y no digamos del de Irlanda (14,7%), citada como ejemplo por este Gobierno, incluso desde la oposición.
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