Cómo actuar ante una situación de desequilibrio patrimonial.

Publicado: 17/02/2020

Boletín nº 07 - Año 2020


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Uno de los aspectos que debemos tener en cuenta en el balance de la empresa es la situación en la que se encuentra el patrimonio neto de la sociedad. Cuando este se encuentre en una situación de desequilibrio patrimonial, de acuerdo a lo que se establece en la Ley de Sociedades de Capital, se deberán adoptar decisiones cuya finalidad sea restablecer el equilibrio patrimonial o se deberá disolver la sociedad.

Recuerde que...

La Ley de Sociedades de Capital dicta que aquella empresa cuyo patrimonio neto tenga un valor inferior a la mitad del capital social, será objeto de disolución.

En primer lugar, debemos tratar qué se entiende por Patrimonio Neto. Según el Plan General de Contabilidad, el Patrimonio Neto se define de la siguiente manera:

“Constituye la parte residual de los activos de la empresa, una vez reducidos sus pasivos. Incluye las aportaciones realizadas, ya sea en el momento de la constitución o en otros posteriores, por sus socios o propietarios, que no tengan la consideración de pasivos, así como los resultados que se hayan acumulado y otras variaciones que le afecten”

La empresa incurrirá en una situación de desequilibrio patrimonial cuando esta va acumulando pérdidas durante varios ejercicios y el patrimonio neto disminuye por debajo de la cifra del capital social.

Establece la Ley de Sociedades de Capital en su artículo 363.1.e). que la sociedad deberá disolverse cuando “Por pérdidas que dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social, a no ser que este se aumente o se reduzca en la medida suficiente, y siempre que no sea procedente solicitar la declaración de concurso”.

Culpable

Esta situación va a tener unas consecuencias de gran importancia ya que en el caso de que se llegase a tal desequilibrio, será el órgano de administración el que deberá responder con su patrimonio personal de las deudas que haya generado la sociedad desde ese momento.

Esto viene expresado en en el artículo 367 de la Ley de Sociedades de Capital, por el cual se establece la responsabilidad solidaria de los administradores:

1. Responderán solidariamente de las obligaciones sociales posteriores al acaecimiento de la causa legal de disolución los administradores que incumplan la obligación de convocar en el plazo de dos meses la junta general para que adopte el acuerdo de disolución…

2. En estos casos las obligaciones sociales reclamadas se presumirán de fecha posterior al acaecimiento de la causa legal de disolución de la sociedad, salvo que los administradores acrediten que son de fecha anterior.

No obstante, existen 5 medidas que nos van a permitir restablecer la situación de equilibrio patrimonial y, consecuentemente, evitar la disolución de la sociedad.

  • 1. Aumento del Capital Social.
  • 2. Reducción de capital para compensar pérdidas.
  • 3. Reducción y aumento de capital simultáneos (Operación llamada “acordeón”).
  • 4. Préstamo participativo (considerado como patrimonio contable a efectos de la causa de disolución por pérdidas).
  • 5. Aportación de los socios para la compensación de pérdidas.

1. Aumento de Capital Social.

Esta medida consiste en la elevación de la cifra de capital social que se realizará por una inversión directa de los socios, ya sea esta por la creación de nuevas acciones o participaciones o por el aumento del valor nominal de las ya existentes.

EJEMPLO DE AUMENTO DE CAPITAL PARA EQUILIBRAR EL PATRIMONIO

1. La empresa SuperContable S.L presenta las siguientes cuentas en su balance, el cual presenta una situación de desequilibrio patrimonial:

  • P. Neto: 2.850 = Capital (7.500) + Reservas (1.850) - Resultados ej. anteriores (6.500)
  • El porcentaje de Patrimonio Neto con respecto al capital de esta empresa (2.850/7.500) presenta un nivel de 38%.

SOLUCIÓN

AMPLIACIÓN DE CAPITAL:

Los socios de la empresa, para evitar la disolución de la sociedad han decidido formalizar una ampliación de capital por un importe de 3.000 Euros para revertir la situación de desequilibrio patrimonial.

  • P. Neto: 5.850 = Capital (10.500) + Reservas (1.850) - Resutados ej. anteriores (6.500)

Por tanto el porcentaje de Patrimonio Neto con respecto al capital pasa a ser de 56% (5.850/10.500)

2. Reducción de capital social por pérdidas.

Esta medida consiste en reducir el capital de la empresa, siempre y cuando tenga capital suficiente para ello, por el mismo valor por el que están contabilizadas las pérdidas, produciéndose un efecto de compensación que permite que el porcentaje de patrimonio neto con respecto al capital aumente. Esta es una mera operación contable que no afecta al patrimonio neto de la entidad.

EJEMPLO DE REDUCCIÓN DE CAPITAL PARA EQUILIBRAR EL PATRIMONIO

2. La empresa SuperContable S.L ha presentado las siguientes cuentas en su balance, el cual muestra una situación de desequilibrio patrimonial:

  • P. Neto: 5.000 = Capital (10.500) + Reservas (3.000) - Resultados ej. anteriores (8.500)
  • El porcentaje de Patrimonio Neto con respecto al capital de esta empresa (5.000/10.500) presenta un nivel de 48%.

SOLUCIÓN

REDUCCIÓN DE CAPITAL:

Los socios de la empresa, con el fin de evitar la disolución de la sociedad han decidido compensar las pérdidas de ejercicios anteriores mediante una reducción del capital social.

  • P. Neto: 5.000 = Capital (2.000) + Reservas (3.000)

Por tanto el porcentaje de Patrimonio Neto con respecto al capital pasa a ser de 100% (5.000/5.000)

3. Reducción y aumento de capital simultáneos (operación acordeón).

Consiste en reducir el capital para compensar las pérdidas, pudiendo quedarse este por debajo del mínimo legal e incluso a cero, e inmediatamente después realizarse una ampliación de capital hasta al menos la cifra legal mínima. La intención es absorber las pérdidas con la reducción y aumentarlo con nuevas aportaciones, reconstruyéndose con estas el patrimonio.

EJEMPLO DE REDUCCIÓN Y AUMENTO DE CAPITAL DE MANERA SIMULTÁNEA

3. La empresa RCRCR presentó para el ejercicio anterior el siguiente balance, en situación de desequilibrio patrimonial, el cual se tiene intención de corregir para evitar la disolución de la sociedad.

  • P. Neto: 2.170 = Capital (21.900) + Reservas (6.770) - Resultado ej. anteriores (26.500)
  • El porcentaje de Patrimonio Neto de la empresa es excesivamente bajo ya que este representa el 9.9% del capital (2.170/21.900)

SOLUCIÓN

OPERACIÓN "ACORDEÓN":

La sociedad decide realizar una disminución de capital para compensar pérdidas por valor de 21.900 euros e inmediatamente realizar un aumento de 5.000 euros.

  • P. Neto: 7.170 = Capital (5.000) + Reservas (6.770) - Resutado ej. anteriores (4.600)

De esta manera vamos a incrementar el valor del Patrimonio Neto hasta 7.170 euros, lo que va a representar el 143% del capital solucionando así el desequilibrio inicial y evitando la disolución de la empresa.

4. Préstamo participativo.

Se corresponde con un instrumento financiero el cual es una fórmula intermedia entre capital social y préstamo a largo plazo. Una de sus características principales es que se considerarán patrimonio neto a los efectos de reducción de capital y liquidación de sociedades previstas en la legislación mercantil. En la contabilidad, habrá que darle el mismo tratamiento que le daríamos a un préstamo ordinario, por tanto se encuadraría en el pasivo del balance. No obstante, se tendrán en cuenta a la hora de calcular el patrimonio contable a efectos de la reducción de capital.

5. Aportación de los socios para la compensación de pérdidas.

Esta medida consiste en una aportación de capital que realizan los socios o los accionistas de la sociedad de manera voluntaria y a fondo perdido con la finalidad de reforzar el patrimonio neto de la empresa. Esta opción tiene la ventaja de que no requiere de inscripción en el Registro Mercantil, solo tendrá que acordarse y aprobarse en la Junta de Accionistas. Esta se distingue de la efectuada por aumento de capital porque no se emiten ni crean acciones ni aumenta el valor nominal de las existentes.

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