Obligaciones y Comunicaciones a realizar en Abril ante la AEAT y Otros.

Publicado: 29/03/2019

Boletín nº 13 - Año 2019


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Comenzamos este "comentario-recordatorio" para nuestros lectores en relación a las formalidades que deben tener en cuenta durante el mes de Abril, con el que sin duda será el protagonista durante éste y los siguientes meses: el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; con fecha 2 de Abril de 2019 comienza la "Campaña de Renta del Ejercicio 2018", permitiéndose a partir de esta misma fecha la presentación por Internet y por vía telefónica de las declaraciones de Renta 2018 y Patrimonio 2018.

Las obligaciones trimestrales con la Administración tributaria (AEAT) suelen ser conocidas por todos los obligados a las mismas, si bien creemos adecuadas recogerlas en el cuadro informativo presentado a continuación. Ahora bien, si resulta significativo destacar para este primer trimestre del ejercicio 2019, la ampliación del plazo publicada en el Boletín Oficial del Estado para las autoliquidaciones presentadas donde se utilice como medio de pago la domiciliación bancaria.

Así, podemos resumir en el presente cuadro informativo:

HASTA EL 22 DE ABRIL
RENTA Y SOCIEDADES
Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas. Marzo 2019. Grandes empresas: Modelos: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230.
Primer trimestre 2019 Modelos: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 136, 210, 216.
Pagos fraccionados Renta Primer trimestre 2019 Estimación directa: 130
Estimación objetiva: 131
Pagos fraccionados sociedades y establecimientos permanentes de no residentes Ejercicio en curso Régimen general: 202
Régimen de consolidación fiscal (grupos fiscales): 222
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (IVA)
  • Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias:
  • Operaciones asimiladas a las importaciones:
  • Autoliquidación:
  • Declaración-liquidación no periódica:
  • Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias:
  • Servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y electrónicos en el IVA. 
  • Operaciones asimiladas a las importaciones:
  • Solicitud de devolución Recargo de Equivalencia y sujetos pasivos ocasionales:
  • Reintegro de compensaciones en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca:
IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS Modelo 430
IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN
  • Grandes empresas:
  • Enero 2019. Modelos 553, 554, 555, 556 557, 558.
  • Grandes empresas:
  • Enero 2019. Modelos 561, 562, 563.
  • Impuestos especiales de fabricación (Tabacos, Hidrocarburos)
  • Enero 2019. Modelos 548, 566, 581.
  • Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de hidrocarburos y tabaco
  • Enero 2019. Modelos 570, 580.
  • Impuestos especiales (primeras materias entregadas, abonos, productos del artículo 108 ter y entregas a detallistas del gasóleo).
  • 1er T - 2019: Modelo 521, 522, 547.
  • Actividades V1, V2, V7, F1:
  • 1er T - 2019: Modelo 553.
  • Solicitudes de devolución:
  • 1er T - 2019: Modelos 506, 507, 508, 524, 572.
  • Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados:
  • Modelo 510.
IMPUESTO ESPECIAL SOBRE LA ELECTRICIDAD
  • Grandes empresas::
  • Excepto grandes empresas:
  • Autoliquidación Anual:
  • Marzo 2019. Modelo 560
  • 1er T - 2019: Modelo 560
  • Año 2018: Modelo 560
IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES
  • Pago Fraccionado:
  • Autoliquidación Anual:
  • 1er T - 2019: Modelo 585
  • Año 2018: Modelo 589
IMPUESTO ESPECIAL SOBRE EL CARBÓN 1er T - 2019: Modelo 595
HASTA EL 30 DE ABRIL
Declaración Informativa Trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos Modelo 179

Impuesto sobre el Valor Añadido

  • Autoliquidación
  • Grupo de entidades, modelo individual
  • Grupo de entidades, modelo agregado

Marzo 2019:

Cuentas y operaciones cuyos titulares no han facilitado el NIF a las entidades de crédito Modelo 195

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES.

Al respecto de este tributo, no debemos olvidar la presentación de:

Modelo 210.- Modelo general de Autoliquidación de no residentes sin establecimiento permanente. Resultado a ingresar del 1 a 20 de abril, julio, octubre y enero.

Modelo 216.- Documento/Declaración de ingreso de retenciones e ingresos a cuenta de rentas de no residentes obtenidas sin establecimiento permanente. Habrá de ser presentado entre el 1 y el 20 de enero, abril, julio y octubre. Para grandes empresas, la periodificación es mensual.

LEGALIZACIÓN DE LIBROS.

Recuerde que...

Si el ejercicio coincide con el año natural (cierra a 31 de Diciembre) el último día para legalizar será el 30 de abril del año siguiente.

Como resulta conocido por nuestros lectores, desde 29 de septiembre de 2013 NO será posible la legalización de libros en soporte papel o en soporte electrónico de cualquier tipo no presentados por vía telemática.

El plazo para la legalización de libros es de cuatro meses tras el cierre del ejercicio social. Si la sociedad tuviera un ejercicio económico no coincidente con el año natural, habiendo cerrado su ejercicio, por ejemplo, el 30 de Septiembre de año 2015, el 31 de Enero del año 2016 será la fecha límite para legalizar telemáticamente los libros.

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