¿Los gastos previos a la posible adquisición de un inmovilizado deben activarse o llevarse directamente al resultado del ejercicio?

Mateo Amando López, Departamento Contable-Fiscal de SuperContable.com - 11/02/2022


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Ante la adquisición o producción de un inmovilizado es común tener cierta desconfianza sobre qué hacer con los gastos accesorios o paralelos relacionados con tal activo, dudando entre si deben llevarse directamente a la cuenta de resultados o si por el contrario deben aumentar el valor de adquisición o el coste de producción del inmovilizado en cuestión. Una duda que se acentúa conforme más difusa es la relación entre el propio gasto y el inmovilizado.

En este sentido se nos plantea cómo registrar los gastos previos a la adquisición de un inmovilizado necesarios para conocer si se va a realizar tal adquisición, como pueden ser los gastos de prospección, peritaje o por pruebas de funcionamiento, con el fin de saber si el inmovilizado que se va a adquirir cumple las necesidades de la empresa o es mejor desechar su adquisición.

La lectura de la Resolución de 1 de marzo de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se dictan normas de registro y valoración del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias no es muy esclarecedora en este supuesto, dejando pues a la interpretación del propio contable según la naturaleza del gasto que se decante por una u otra opción.

Primera. Valoración inicial.

[...]

6. Formarán parte del precio de adquisición o del coste de producción del inmovilizado, los gastos en los que se incurra con ocasión de las pruebas que se realicen para conseguir que el activo se encuentre en condiciones de funcionamiento y pueda participar de forma plena en el proceso productivo.

7. En particular formarán parte del precio de adquisición o del coste de producción de un bien del inmovilizado material, los costes por desmantelamiento o retiro y los costes de rehabilitación en los términos previstos en el apartado siguiente de esta norma.

8. Por el contrario, los gastos y los ingresos relacionados con las actividades accesorias que pudieran realizarse con el inmovilizado, antes o durante el periodo de fabricación o construcción, se reconocerán en la cuenta de pérdidas y ganancias de acuerdo con su naturaleza siempre que no sean imprescindibles para poner el activo en condiciones de funcionamiento.

[...]

Como se puede ver el punto ocho nos lleva a incluirlo como un gasto más del ejercicio, mientras que el punto seis nos puede dar pie a considerar el gasto como un mayor precio de adquisición si lo entendemos necesario para la puesta en funcionamiento del inmovilizado, hecho a tener en cuenta ya que sin el mismo no se habría llegado a su adquisición.

Por tanto, ante la innegable consexión entre el gasto previo y la propia adquisición del bien, no podemos dejar de lado el resultado final de la operación, de tal forma que el gasto realizado deberá incluirse en el ejercicio directamente en la cuenta de pérdidas y ganancias cuando no sea previsible la adquisición del inmovilizado mientras que debería activarse en caso de que sí se adquiera durante el ejercicio o si al finalizar el mismo se pueden apreciar indicios que permitan considerar probable su adquisición.

Así, el registro contable de los gastos previos a la adquisición del inmovilizado vendría dado de la siguiente forma:

  • Por los gastos previos a la adquisición del terreno:

Registro Contable - Libro Diario Debe Haber
(62-) Gastos previos a la adquisición
XXX
a (410) Empresa que realiza el trabajo XXX

Si tras los resultados se decide que no se va a adquirir el inmovilizado ya hemos terminado, pero si por el contrario se decide comprar deberíamos activar el gasto.

  • Al realizar la compra o al final del ejercicio si esta es más que probable:

Registro Contable - Libro Diario Debe Haber
(21-) Inmovilizado material XXX
a (731) Trabajos para el inmovilizado material (por el mismo importe del gasto) XXX

Como indicábamos, este asiento debería realizarse como muy tarde el último día del mismo ejercicio. En el caso de no haber adquirido el inmovilizado aun pero estar seguro de que sí se va a producir su compra podemos utilizar la cuenta de Inmovilizado material en curso (23-) y con la adquisición abonarla con cargo a la cuenta de inmovilizado correspondiente.

El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) llega a una conclusión similar en su consulta 3 del BOICAC Nº 99/2014, sobre el tratamiento contable de los gastos de estudio y exploración de recursos mineros.

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