Modelo de demanda ejecutiva sin abogado y procurador

NOTA: Hemos incluido un modelo de demanda que no exige la intervención de Abogado y Procurador. En consecuencia, dicho modelo, tal y como señala el art. 539.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sólo podrá ser utilizado para solicitar la ejecución de aquellas resoluciones judiciales recaídas en Juicio Verbal o en Proceso Monitorio y cuya cuantía no exceda de 2.000 euros; por ser estos los únicos procesos en los que la LEC exime a las partes de utilizar a los mencionados profesionales. Para ejecutar cualquier otra resolución o título ejecutivo sí será obligatoria la intervención de Abogado y Procurador..

Juzgado de Primera Instancia Nº...... de.......................

Ejecución Título Judicial.

Autos Nº........./...........

AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº..... DE..............

D./Dª......................., mayor de edad, de estado civil........................, de profesión......................,(indicar si se actúa en nombre de una persona jurídica), vecino/a de........................, con domicilio a efectos de notificaciones en......................, calle............................. y nº.................. , ante el Juzgado comparezco y, como más procedente sea en Derecho, DIGO:

Que mediante el presente escrito, y de conformidad con lo establecido en el Art. 549 de la LEC, vengo a formular DEMANDA DE EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES contra D./Dª.........................................., mayor de edad, de estado civil......................., de profesión .................. , vecino/a de.............................. , con domicilio en......................... , en calidad de deudor según el titulo ejecutivo que luego se dirá y en reclamación de la cantidad de......................................EUROS (.............. Eur.) de principal e intereses devengados hasta la fecha, más los intereses que puedan devengarse durante la ejecución y las costas del presente procedimiento, demanda que interpongo en base a lo previsto en el art. 517 de la L.E.C y en los siguientes

HECHOS

PRIMERO. Que a fecha ............ de.................. de.......... fue dictada Sentencia (o Auto) en los Autos Nº ........../............... de Juicio de Verbal Civil (o Proceso Monitorio) al margen referenciados; y que fue notificada a esta parte a fecha ............ de............. de.............; y por la que se condenaba al demandado a abonar a esta parte las cantidad de................... EUROS (Siempre debe ser esta cantidad inferior a 2.000 euros, porque sino sí será preceptiva la intervención de Abogado y Procurador), más los intereses correspondientes.

De documento nº 1 se acompaña testimonio de la citada resolución judicial.

SEGUNDO. Sin embargo, a fecha de la presente, el demandado no ha cumplido todavía la resolución judicial de anterior mención ni ha procedido tampoco a hacer efectiva a esta parte la cantidad antes referida.

TERCERO. Como consecuencia de ello, el demandado, D./Dª..................................... se halla en adeudarme la cantidad de......................... EUROS (............Eur.) de principal e intereses vencidos a la fecha de esta demanda, deuda esta que se halla vencida y es líquida y exigible.

CUARTO. Agotados infructuosamente los esfuerzos para obtener el cobro de las cantidades adeudadas por el demandado, no ha quedado otra alternativa a esta parte que acudir al amparo judicial mediante la interposición de la presente demanda ejecutiva con base al titulo que lleva aparejada ejecución; y que en cumplimiento de lo previsto en el art. 550 de la L.E.C. ha quedado aportado junto a la presente demanda.

A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I.- DE LA COMPETENCIA: Es competente el Juzgado al que nos dirigimos habida cuenta de que el título que se ejecuta es la Sentencia (o el Auto) recaída en el Juicio Verbal Civil (o Proceso Monitorio) Nº......./.........., que correspondió por turno de reparto al Juzgado de Primera Instancia al que nos dirigimos; y de conformidad con lo establecido en el Art. 545.1 de la LEC, que citamos literalmente: "Si el título ejecutivo consistiera en resoluciones judiciales, resoluciones dictadas por Secretarios Judiciales a las que esta Ley reconozca carácter de título ejecutivo o transacciones y acuerdos judicialmente homologados o aprobados, será competente para dictar el auto que contenga la orden general de ejecución y despacho de la misma el Tribunal que conoció del asunto en primera instancia o en el que se homologó o aprobó la transacción o acuerdo."

II.- DE LA LEGITIMACIÓN ACTIVA: La legitimación activa resulta a favor de la parte actora de conformidad con lo previsto en el art. 538 de la L.E.C. y por aparecer como acreedor en el título ejecutivo que concede a la parte actora en concordancia con el artículo 1.740 del Código Civil, la acción para reclamar la cantidad de dinero líquida que resulta de dicho título.

III.- DE LA LEGITIMACIÓN PASIVA: Asimismo, resulta del art. 538. 2. 1º de la L.E.C. y por aparecer el demandado como deudor en el mismo título que se ejecuta.

IV.- DE LA REPRESENTACIÓN Y DEFENSA: No resulta preceptiva la intervención de Abogado y Procurador, de conformidad con lo señalado en el Art. 539.1 de la LEC, ya que la Resolución que se ejecuta es la recaída en un proceso judicial en el que no resulta preceptiva la intervención de Abogado y Procurador, por ser su cuantía inferior a 2.000 euros.

V.- ACCIÓN EJERCITADA Y PROCEDIMIENTO: La acción ejercitada con la presente demanda es la acción ejecutiva dineraria contra el deudor obligado a entrega una cantidad líquida, acción prevista en el artículo 517 de la Ley de Enjuiciamiento Civil en relación con el art. 571 del mismo cuerpo legal.

En cuanto a su carácter ejecutivo y del titulo que lleva aparejada ejecución, son de aplicación el artículo 517. 2. 1º de la Ley de Enjuiciamiento Civil (o 517.2. 9º de la LEC, si se trata de un Auto) y en cuanto al juicio ejecutivo, por cuyo trámite se interesa la sustanciación de la presente demanda, se regula en los artículos 549.2 y siguientes de la L.E.C., con las especialidades previstas para la ejecución dineraria en los arts. 571 y siguientes.

VI.- DE LOS INTERESES Y DE LAS COSTAS: Respecto de los intereses y costas resulta de aplicación el artículo 575 de la L.E.C., en cuanto establece que la cantidad reclamada se verá incrementada por la que se prevea para hacer frente a los intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y a las costas de ésta; cantidad que no podrá superar el 30 por 100 de la que se reclame en la demanda ejecutiva, sin perjuicio de la posterior liquidación.

En cuanto a las costas generadas por el proceso, resultan de aplicación los artículos 539 y 583 de la LEC y correrán a cargo del ejecutado sin necesidad de expresa imposición; y aun cuando pagare antes de que sea despachada ejecución.

En su virtud,

AL JUZGADO SUPLICO: Que teniendo por presentado este escrito, documentos acompañados y copia de todo ello, se sirva tener por interpuesta DEMANDA DE EJECUCIÓN DE TÍTULOS JUDICIALES contra D/Dª.............................., anteriormente identificado y, en sus méritos, se sirva dictar Auto despachando ejecución contra bienes del demandado y en cantidad suficiente para cubrir la suma de................................. EUROS (............Eur.) de principal e intereses vencidos a fecha de esta demanda, más intereses y las costas del proceso, a cuyo efecto por ahora, en forma ponderada y sin perjuicio de su posterior liquidación, se fija la cantidad de ......................EUROS (..........Eur.), cantidad que no supera el 30 % de la que se reclama en la demanda ejecutiva -art. 575 L.E.C.-; y se proceda al embargo sobre bienes del ejecutado en cantidad bastante para cubrir las cantidades reclamadas y, previos los trámites legales oportunos, se proceda a su realización para con su producto dar entero y cumplido pago a esta parte de cuanto se acredita por principal, intereses, gastos y costas, las cuales serán a cargo del demandado.

OTROSÍ DIGO: Que desconociendo esta parte los bienes del ejecutado que pudieran ser susceptibles de ejecución, esta parte interesa se proceda a la adopción de las medidas de localización e investigación que se contemplan en el art. 590 de la L.E.C.

AL JUZGADO SUPLICO: Que teniendo por hechas las anteriores manifestaciones, acuerde de conformidad.

En..............., a.........de.................de.......

Fdo......................................

(El/la Acreedor).

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